Estado de derecho, votación y democracia

Estado de derecho, votación y democracia. Estos tres factores interrelacionados definen el único sistema político de convivencia civilizado de los ciudadanos. Pero hay que precisar que el orden de factores es imprescindible para no alterar el producto final y asegurar la democracia. El primer factor que es prioritario por dar origen y garantizar la validez de todo el desarrollo del sistema democrático, incluido el valor del voto, es la existencia previa del Estado de Derecho representado por el ordenamiento jurídico constitucional.

Este imprescindible orden de los factores es lo que han alterado los dirigentes catalanes independentistas, basando toda su estrategia política en la prioridad del derecho a decidir y el voto como valores por si mismos supremos de la democracia, lo que invalida todo el proceso independentista ya que es el orden jurídico constitucional quien garantiza la existencia y el desarrollo con validez democrática del voto de los ciudadanos en un Estado democrático. Así se establece en el ordenamiento jurídico español basado en la Constitución, lo que coincide con los requisitos de todo Estado democrático definido por el Consejo de Europa. Por lo que desde la Comisión de Venecia órgano del Consejo en el ámbito constitucional se ha considerado que el referéndum catalán no cumple los requisitos democráticos del respeto a la Constitución española. Consecuentemente la votación en si misma no es el factor que define la democracia, y además toda votación que se desarrolle en contra del ordenamiento jurídico constitucional es automáticamente antidemocrática. Estas son consideraciones elementales de la definición de democracia que da pudor explicarlas, pero que es imprescindible clarificar para no confundir y manipular a los ciudadanos como ha ocurrido en Cataluña.

Las votaciones independentistas del 1 de octubre y los actos anteriores y posteriores de independencia vulnerando el ordenamiento jurídico constitucional y además expresamente prohibidos por el Tribunal Constitucional son por definición nulos y antidemocráticos, y suponen un grave quebrantamiento del sistema democrático que estos días se ha comparado con la gravedad del Golpe de Estado del 23F, en el momento en que también se estaba produciendo una votación, con la gran diferencia de que la votación interrumpida por las armas era una democrática protegida por el ordenamiento jurídico constitucional para la elección de Presidente del Gobierno, por lo que la acción de los golpistas fue evidentemente antidemocrática. Los diputados allí presentes éramos conscientes del valor trascendental de la votación democrática y del peligro para nuestras vidas y las consecuencias igualmente peligrosas para todos los españoles, por el contrario el 1 de octubre se trataba de una votación antidemocrática por ser anticonstitucional pero que produce efectos golpistas semejantes al 23F que puede llevar al enfrentamiento grave entre los propios catalanes, extendiéndose al resto de España con la vuelta a la lucha fratricida que denunció el magisterio de Antonio Machado, al que también se pretendió excluir de Cataluña desde el Ayuntamiento de Sabadell, lo que indica el disparate sin límites del nacionalismo aldeanista y dio lugar a una protesta de la Fundación Antonio Machado.

Donde sí han existido similitudes entre el 23F y las votaciones independentistas en Cataluña es en la actuación relevante de la Monarquía constitucional española, con la actuación decisiva del Rey Juan Carlos la noche del 23F para desbaratar el golpe de Estado y su compromiso con la democracia, y el trascendental mensaje televisado del Rey Felipe VI, como Jefe del Estado en defensa del orden constitucional frente al independentismo catalán y la defensa de la convivencia compartida de entre todos los españoles.

En la situación actual después del 1 de octubre y ante las posibles declaraciones de independencia los partidos políticos deberían aprender la lección del post-23F en que reforzaron su unidad para evitar los objetivos golpistas y en todo caso es imprescindible declarar la nulidad de todo el proceso independentista aplicando los diversos artículos de nuestra Constitución, quedando clara la responsabilidad jurídica y sus consecuencias de los responsables políticos y también policiales en su caso como ocurrió en el 23F, ya que quedó claro que la obediencia debida no justifica actos ilegales. Por otra parte sería un fraude democrático que después de los graves acontecimientos en Cataluña los partidos políticos no reforzasen su defensa de la Constitución y que por el contrario por intereses partidistas estableciesen en las próximas semanas a través de diversas fórmulas una connivencia con los antidemocráticos independentistas que podrían conseguir así por otras vías los objetivos políticos del 1 de octubre. Cataluña goza desde la transición política democrática de una amplia autonomía y gestión propia institucional, con sus propias peculiaridades que deben seguir desarrollándose en el marco común constitucional español con el resto de España lo que no justifica ningún golpe de Estado independentista.

Es en la Constitución española una de las más completas y progresistas de Europa y donde todavía no se ha desarrollado el 40% de sus contenidos, donde debe encontrarse los puntos de referencia para su actualización a través prioritariamente del procedimiento legislativo correspondiente que no lleva consigo necesariamente su modificación. Los nuevos tiempos exigen previamente la puesta al día de los agentes políticos principalmente los partidos políticos ante los nuevos retos democráticos a través de la urgente reforma constitucional de los mismos para evitar el aumento de su desprestigio y deterioro actual. Retos democráticos que deben ser compartidos por los diversos sectores económicos, sociales, educativos etc y principalmente en la denominada sociedad de la información por los medios de comunicación y el periodismo con la especial responsabilidad de los medios audiovisuales públicos concretamente de la RTVE para garantizar una información veraz y plural de los ciudadanos indispensable para la democracia, lo que salvo excepciones no ha existido en el proceso independentistas catalán.

Es importante recordar en estos momentos de conflicto la diferencia entre independencia y neutralidad de los medios de comunicación y el periodismo. Como se señala en el Código Europeo de Deontología del periodismo del Consejo de Europa, salvaguardando siempre la veracidad de la información: "En lo referente a la defensa de los valores democráticos nadie debe ser neutral. En la sociedad se dan a veces situaciones de tensión y de conflictos. En estas circunstancias los medios de comunicación tienen la obligación moral de la defensa de los valores de la democracia, favoreciendo la confianza entre las diferentes comunidades y las regiones en conflicto". En definitiva es desde el Estado de Derecho representado por la Constitución como la base sólida de la pirámide jurídica que integra ordenadamente las múltiples y diversas normas jurídicas como nos enseña Kelsen desde donde se deben plantear todos los nuevos retos sin ambigüedades y equidistancias como una garantía de que las soluciones serán democráticas.

Manuel Núñez Encabo es catedrático de Derecho y el diputado que estaba votando en el momento de la entrada de los golpistas el 23F.

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