Ética para sus señorías

“Jueces tanto quiere decir como hombres buenos que son puestos para mandar y hacer el Derecho". Las Partidas (P.II, T.4) Nunca he sido devoto de los breviarios morales, pues siempre me parecieron domésticos recetarios para determinadas alergias, como nunca, tampoco, he conseguido llegar a creer demasiado en los catálogos de virtudes profesionales y eso que a lo largo de la historia han proliferado, según los oficios. Sin ir más lejos, ahí están las guías deontológicas de partidos políticos, empresas o colectivos profesionales; verbigracia, el periodismo. Yo mismo, hace ahora seis años, en homenaje a una magistrada de cuerpo entero, ensayé un decálogo del buen juez que, para mi sorpresa y satisfacción, no fue mal recibido por el respetable.

Este breve prólogo viene a cuento de un cuadernillo titulado Principios de Ética Judicial que ha elaborado una comisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) compuesta por representantes de asociaciones judiciales y de jueces no asociados y en la que han colaborado profesores de universidad y otra gente de la judicatura. Como María Peral informaba el pasado 17 de noviembre, se trata de un prontuario de ética judicial que se produce en un contexto iniciado en el año 2001 con los Principios de Bangalore, en el marco de Naciones Unidas, a los que siguieron el Dictamen Consultivo de los Jueces Europeos del Consejo de Europa del año 2002 y la Resolución sobre la Ética Judicial del Pleno de la Corte Europea de Derechos Humanos, de junio de 2008.

El documento del CGPJ contiene 35 reglas que describen los comportamientos de sus señorías en relación a la independencia e integridad y, a tenor del preámbulo, se trata de pautas que “aspiran a recoger los valores (…) compartidos por la judicatura (…), se proponen fortalecer la confianza de la ciudadanía en la justicia”, dejando claro que “nada tienen que ver con el régimen disciplinario (…), pues no son una norma jurídica y no pueden imponerse, sino que han de ser objeto de asunción individual y voluntaria” por cada miembro de la carrera judicial.

Después de leer las bienintencionadas recomendaciones del CGPJ, por cierto, contenidas en nueve folios que han tardado dos años en redactarse, me pregunto si el compendio en cuestión constituye el patrón de cómo queremos que sean nuestros jueces. Vaya por delante y lo he escrito no pocas veces, tantas como ocasiones se me han presentado, que el de juez es el oficio más hermoso y a la vez el más difícil de todos los que el ser humano puede ejercer, pues no es fácil reunir juntas la prudencia, el equilibrio, el saber y hasta la clemencia si llega el caso y las circunstancias lo demandan. Esto que digo me parece irrefutable, mas también confieso que a estas alturas de mi vida no estoy del todo seguro de cuáles son o deben ser las exactas cualidades de un juez.

En su Ética a Nicómaco, que es el primer tratado de ética que conoce la humanidad y sigue siendo el paradigma de todos los manuales de deontología profesional, Aristóteles afirma que la ética consiste en que en el ejercicio de su profesión u oficio, la persona ha de buscar el bien. “Si el producto es bueno y noble, será justo”, nos dice, y al igual que Platón y Sócrates, sostiene que la virtud lleva a la felicidad. Esa es la clave de la ética aristotélica: la finalidad del acto humano. De ahí su insistencia en que para ejercer cualquier oficio hay que tener la suficiente preparación.

Es un hecho casi con categoría de probado que aquél a quien, desde pequeño, se le ha enseñado a distinguir entre el bien y el mal, no en el sentido de una religión determinada sino en el filosófico, le es mucho más fácil ejercer su oficio dentro de los límites de esa misma ética. El bien instruido dispone de un extraordinario punto de partida y el que no, que medite estas palabras de Hesiodo: “Bueno es el hombre que escucha cuando bien le aconsejan; mucho mejor, el que conoce las cosas de por sí”.

El magistrado Rafael de Mendizabal Allende, en mi opinión uno de los mejores juristas españoles contemporáneos, en su discurso de recepción como miembro de la Academia de Jurisprudencia y Legislación y que tituló Códice con un juez sedente, escribe que llegado el momento de analizar los rasgos característicos del buen juez es conveniente separar las virtudes, que son hábitos de obrar, y las cualidades o caracteres, naturales o adquiridos, que distinguen a las personas, al tiempo que sostiene que las primeras son más interesantes que las segundas, aun cuando unas y otras estén entrelazadas. “No basta con ser bueno; hay que saberlo ser y de ahí que la inteligencia –una cualidad– haga posible la virtud”, nos advierte, a lo que cabría añadir que lo importante no es tener muchas virtudes y cualidades sino saber compensarlas con los defectos, pues sin estos no seríamos humanos.

Siendo estudiante en la Universidad de Salamanca, al catedrático de Derecho Procesal le oí repetir varias veces ese dicho inglés según el cual “un juez debe ser un caballero y si además sabe Derecho, mejor”. Luego, recién ingresado en la carrera judicial, leí algunos textos que hablaban de las bondades judiciales y daban consejos a los alevines de juez. Recuerdo, por ejemplo, los del padre Juan de Mariana que exhortaban al juez “ser honesto en la vida, recto en la justicia, sufrido en las injurias, medido en las palabras, justificado en lo que mande, piadoso en lo que ejecute; con ciencia para mirar los pleitos, tener buena educación ante todo, atender a los litigantes con buenos modos; no hacer gestos que molesten, ni dormirse en los juicios (...)” y que viene a ser lo mismo, pero en términos más tajantes y en dirección opuesta, que un gran magistrado ya ido de este mundo dijo con enorme cinismo a un joven que apenas llevaba seis meses en la judicatura: “Tiene usted todas las cualidades de mal juez: es usted vanidoso, ambicioso, hipócrita, egoísta, voluble”.

Según los últimos datos obtenidos del escalafón de la carrera judicial, en España hay 5.840 jueces y magistrados que son los que, día a día, imparten, o procurar hacerlo, un justicia recta e imparcial. Salvo otros funcionarios judiciales no menos dignos de ser tenidos en cuenta, nadie como ellos saben que una justicia independiente conduce a aumentar la fe de los ciudadanos en el buen orden y concierto de los tribunales y que de poco sirven que se les den normas o consejos para el desarrollo de su quehacer, como tampoco valen para nada las credenciales de jueces progresistas, conservadores u otras especies de la fauna y flora judicial.

Nadie es más que nadie para decir a nadie que se comporte con arreglo a pautas dictadas y ningún juez ignora que los afanes catequísticos son absurdos para la saludable y sosegada función de juzgar al prójimo. Todo está escrito. Lo importante es leer sin telarañas en los ojos y pensando que la ética del juez es una estrella de trayectoria muy conocida y nada cambiante. Según el verso de Antonio Machado, “el juez ha de ser un hombre, en el mejor sentido de la palabra, bueno”. Sin embargo, no se trata de exigir la perfección y, mucho menos, la santidad. Es más, un juez santo sería muy peligroso y mal visto por los ciudadanos, pues al fin y al cabo, sus beatíficas señorías harían una justicia deshumanizada. “Ojo con los jueces puritanos”, nos advertía Gregorio Marañón.

Los americanos que casi siempre son pioneros en el arte de innovar y, por qué no decirlo, también en el de exagerar, a finales del siglo pasado aprobaron en el Congreso un código de ética donde, entre otros particulares, se contemplaba la manera de relacionarse con los lobbystas que inundaban como hormigas el Capitolio, en Washington. Pues bien, en ese texto se prohibía a los senadores aceptar un perrito caliente y una taza de café sentados en la mesa de una cafetería, si bien se les permitía aceptar ambas cosas de pie en la barra. Aparentemente, consideraban que la barra era sinónimo de prisa, mientras que en la mesa se tenía todo el tiempo del mundo para hablar y negociar y, además, que era precisamente por debajo de la mesa por donde los sobres con comisiones podían circular alegremente. Cito este supuesto que, evidentemente, tiene mucho de anécdota, porque me parece que un manual de ética judicial que contemple todas las situaciones que pueden presentarse en la profesión de juez no es posible, como tampoco lo es para los médicos el Juramento de Hipócrates, el primero de los códigos éticos.

En fin. Declaro que no estoy plenamente convencido de que esta modesta tesis que acabo de exponer sea la correcta. Tengo grandes dudas. Quizá es que todavía esté por descubrir la fórmula del mejor juez. Sin embargo, de momento, pienso que podría serlo aquél de mentalidad flexible, que rechaza ser intimidado por el poder y que cuenta con una razonable capacidad para entender las contradicciones de la ley y para separar lo permanente de lo transitorio.

Esto es lo que el magnífico juez americano Max Lerner, que fue miembro del Tribunal Supremo, llamaba “apasionado temperamento judicial” y que bastantes buenos jueces españoles tienen. Concretamente aquellos que no necesitan de apóstoles de la ética y menos del CGPJ, esa instituciónn que con frecuencia no es más que la caja de resonancia de los mil tópicos que cada mañana retumban por el ancho mundo de nuestra querida y doliente Justicia.

El juez es un hombre en medio de los demás hombres para administrar una justicia a medida de los hombres. Parafraseando a Nietzsche, creo que únicamente se necesitan jueces. Nada más pero nada menos que sólo jueces. Doy por hecho que quien me haya leído, entenderá lo que digo.

Javier Gómez de Liaño es abogado y consejero de EL ESPAÑOL.

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