Cadena perpetua (Continuación)

Hace más de diez años que vengo defendiendo en los medios de comunicación, y allá donde he podido, esta figura penal. Incluso antes de que nadie la llamara de esta forma. Mucho antes de que mi partido la asumiera como propia. En solitario y en compañía de ilustres juristas. Una de las primeras veces que publiqué sobre ella, proponiendo el nombre que hoy ostenta, fue a raíz de la excarcelación del canalla de De Juana Chaos. Desde entonces, muchos han sido los casos de criminales que, desgraciadamente, han venido a ratificar uno de los hechos que con más fuerza reclaman penas de esta naturaleza: la incapacidad de ciertos delincuentes para reinsertarse.…  Seguir leyendo »

Contra la prisión permanente

Leí el verano pasado Historia de dos ciudades,la singular novela histórica que Dickens dedicó a la Revolución Francesa. La visión que ofrece de la Revolución es claramente negativa. Su descripción de la vida cotidiana en las calles de París bajo el Terror es espeluznante. Especialmente atroz es el personaje de Thérèse Defarge, tabernera y líder revolucionaria, que decide de la vida y la muerte de los ciudadanos que tienen la desgracia de toparse con ella. Sin embargo, Dickens es igualmente duro con el Antiguo Régimen. La sed de sangre de la propia Defarge se explica, al final de la novela, por el hecho de que es la única superviviente de una familia de campesinos exterminada por un capricho criminal de los marqueses de St.…  Seguir leyendo »

La reforma del Código Penal

Frente al Derecho penal del Antiguo Régimen, la filosofía penal de la Ilustración -que no agota el Derecho penal democrático, pero sí que constituye, o debería constituir, el límite mínimo de éste- distingue entre Derecho, por una parte, y moral y religión, por otra, y niega que sea legítimo atribuir la condición de delito a lo que no pasa de ser un mero pecado. Y así puede leerse en el Tratado, publicado en 1764, de ese gigante, universalmente reconocido, que fue Cesare Beccaria, lo siguiente: «Hablo sólo de los delitos que provienen de la naturaleza humana y del pacto social, no de los pecados, cuyas penas, aun las temporales, deben arreglarse con otros principios que los de una filosofía limitada».…  Seguir leyendo »

La impetuosa subida de impuestos a las grandes fortunas en una economía globalizada, el sostenimiento de los sindicatos por las solas cuotas de sus afiliados o el sistema electoral de proporcionalidad estricta son algunas ideas cuya posible dulzura inicial tiende a diluirse en mayor o menor medida en el café caliente de una deliberación sosegada. Creo que a este grupo pertenece también la cadena perpetua en cuanto pena de prisión que se impone a los condenados por los delitos más graves y que no permite su liberación ni antes de un determinado momento (25, 28, 30 o 35 años en la propuesta que acaba de aprobar en el Parlamento), ni en cualquier caso si se considera que el penado puede cometer nuevos delitos (si no existe "un pronóstico favorable de reinserción social").…  Seguir leyendo »

La prisión permanente revisable

El valor de la Constitución y el de los tratados internacionales que observa España no radica principalmente en su formulación teórica, sino en su desarrollo práctico, que es para lo que fueron concebidos, y especialmente en su capacidad para adecuarse al cambio social. Pero en ocasiones ocurre que, incluso con la mejor intención, una lectura cuasi abstracta de la letra, desprovista de cualquier consideración sobre la realidad, termina por equivocar el espíritu del marco normativo. Se trata de un problema clásico, que fue observado en su día por Tocqueville. En contraste con La democracia en América, advertía, refiriéndose a su Francia natal, que «por encima de la sociedad real poco a poco se construía una sociedad imaginaria, en la que todo parecía simple y coordinado, uniforme, justo y racional», aun cuando la realidad rara vez presenta esos atributos.…  Seguir leyendo »

Prisión permanente revisable

La reciente aprobación por el Congreso de los Diputados (aún pendiente del trámite parlamentario del Senado) de la reforma del Código Penal, en cuanto incluye la figura de la «prisión permanente revisable», ha recrudecido la vieja polémica sobre esta pena, que se separa de la «cadena perpetua» precisamente porque puede dejar de ser perpetua, accediendo el condenado a la libertad en alguna de las sucesivas y periódicas revisiones que la Ley ordena realizar al Tribunal sentenciador; sistema que, con variantes de tiempo mínimo, está vigente en los más importantes países de la Unión Europea.

No entraré en el debate político sobre la conveniencia y oportunidad de la reforma legislativa, donde hay posturas ideológicas enfrentadas, pero sí creo que son convenientes algunas reflexiones jurídicas desde la perspectiva de lo que suele llamarse «el hombre de la calle».…  Seguir leyendo »

Una cosa es que una norma penal sea constitucional y otra muy otra es que además sea buena: que sus previsiones y su aplicación vayan a tener más efectos positivos que negativos y que en ese sentido vayan a mejorar el mundo. Sin embargo, el debate prelegislativo sobre la introducción en nuestro Derecho de la cadena perpetua no solo se ha centrado en su tolerabilidad para nuestros valores básicos de convivencia, sino que tiende a identificar la respuesta positiva a esta cuestión con su justicia: si la nueva pena es constitucional, es buena. Y ahí termina la reflexión; donde normalmente debería comenzar.…  Seguir leyendo »

El pasado día 6 de noviembre, al tiempo que elegían al Presidente de los Estados Unidos, los ciudadanos del Estado de California votaron también una iniciativa legislativa que proponía la abolición de la pena de muerte. Aunque la iniciativa ha sido rechazada, los partidarios de la abolición tienen el consuelo de haber rozado la victoria. El número de votos a favor de la abolición ha sido del 47%. Cuando en 1977 se les propuso una iniciativa similar los votos a favor sumaron sólo un 29%. La historia moral de la humanidad avanza. Aunque hay que reconocer que lo hace muy lentamente.…  Seguir leyendo »

Dos cuestiones surgen sobre la cadena perpetua: su oportunidad y su posible acomodo a nuestra Constitución. Lo primero es una opción política en la que no debo entrar. Las dudas que surgen son su compatibilidad con la prohibición constitucional de someter al penado a tratos inhumanos y degradantes (artículo 15 CE) y, en segundo lugar, su compatibilidad con el fin de resocialización de la pena privativa de libertad que establece el artículo 25 CE. Los países cercanos a España (Francia, Gran Bretaña, Italia, etcétera) contemplan la cadena perpetua y se considera compatible con las correspondientes Constituciones que participan de valores comunes y cuyos derechos penales nacionales están informados por los mismos principios básicos.…  Seguir leyendo »

En los debates sobre el programa con que se presentará el Partido Popular a las próximas elecciones generales ha sido propuesta la inclusión en el Código Penal de la cadena perpetua. No sé si finalmente la propuesta figurará en el programa, pero, sea cual sea la decisión que se adopte, creo necesario hacer una reflexión sobre lo que sería un gravísimo retroceso en nuestro ordenamiento jurídico.

Basta recordar que la cadena perpetua, aun habiendo subsistido formalmente en el Código Penal de 1870, desapareció en la práctica penitenciaria con aquel texto, puesto que se establecía que los condenados a penas perpetuas serían indultados a los 30 años de cumplimiento de la condena, a no ser que por circunstancias graves el Gobierno no los considerase dignos del indulto, facultad esta última apenas utilizada por los Gobiernos de la época.…  Seguir leyendo »

Cada vez que se comete un crimen horrendo nos volvemos a preguntar qué hacer para impedir su repetición, si la disuasión del delito es toda la posible, si no habrá penas más duras que nos preserven de tan estúpida crueldad. Deseamos incluso borrarla del pasado. Si no su daño, ya irreversible, sí al menos su injusticia, castigando a su autor con una severidad paralela a la del delito.

Sin embargo, no somos ni dioses ni delincuentes. Ni podemos eliminar el delito con la pena, pues no hay alquimia que reste el injusto del pasado con la justa imposición de un mal, ni podemos prevenir el crimen de cualquier manera.…  Seguir leyendo »

Como si no tuviéramos ya bastantes disputas, los españoles nos hemos enzarzado en otra sobre la cadena perpetua, con el ardor que solemos poner en ellas, tal vez porque toda controversia termina siendo religiosa entre nosotros, no importa si los que intervienen lo sean o no. Ello significa intercambiar dogmas, no argumentos, y la casi imposibilidad de acuerdo.

Para empezar, hay que decir en ésta, que las penas judiciales no tienen una sola función, tienen varias: el castigo del delito -de ahí su nombre de «pena»-, el resarcimiento de la víctima -aunque sea sólo moral-, la defensa de la sociedad, -apartando de ella al infractor por un periodo de tiempo acorde con la falta- y, a ser posible, la rehabilitación del condenado.…  Seguir leyendo »

Las reacciones tras las muertes violentas de la joven Marta del Castillo y la niña Mari Luz constituyen dos ejemplos de utilización sensacionalista por parte de determinados medios de comunicación y también de uso con fines populistas por diversos actores políticos. En el primer caso, como ya ocurrió con ocasión del asesinato de las niñas de Alcàsser, con clara vulneración de las más elementales normas deontológicas del periodismo, entre ellas, el deber de desempeñar sus obligaciones con métodos dignos, que excluyen los procedimientos ilícitos (principio 14 del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España, FAPE). En el segundo, con el aprovechamiento de esta situaciones dolorosas para movilizar a la sociedad en demanda de la incorporación en el Código Penal de la cadena perpetua para determinados delitos y de la pena accesoria de trabajos forzados.…  Seguir leyendo »

Hay dos aspectos del debate que me parecen inapelables: el primero, que no puede hacerse en caliente, a ritmo del grito de la calle; y el segundo, que no puede deberse a una adscripción populista, fruto de la necesidad de los partidos por agradar en las encuestas. Es decir, si tenemos que hablar del endurecimiento de las penas o, eventualmente, de la cadena perpetua, no debemos hacerlo movidos por las cámaras de televisión permanentemente apostadas en la puerta de la casa de una niña asesinada. Sobre todo porque un debate de tanto calado para la salud de una sociedad exige prudencia y responsabilidad.…  Seguir leyendo »

Actualmente, tenemos el Código Penal (CP) más represivo de la Europa occidental. Entre esos países europeos, España ocupaba en 2003 el primer puesto en lo que se refiere a personas privadas judicialmente de libertad (138 por cada 100.000 habitantes), frente a, por ejemplo, las 98 de Alemania, las 93 de Francia, las 89 de Bélgica, las 68 de Suecia y Suiza o las 59 de Noruega, que figura en el último lugar, habiéndose casi cuadruplicado la población penitenciaria en nuestro país en el período de tiempo 1984-2004, pasando de 38 a 139 por cada 100.000 personas. Nuestro vergonzoso liderazgo se ha seguido manteniendo en los últimos años, ya que todas las reformas posteriores del CP se han promulgado, sin excepción, para crear nuevos delitos y, consiguientemente, nuevas penas, o para incrementar las ya existentes, y todo ello, a pesar de que, según los datos proporcionados por el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, España es uno de los países de Europa con menor tasa de criminalidad violenta: 2,5 delitos violentos por 1.000 habitantes en 2007, muy por debajo de, por ejemplo, la de Francia (5,1), Bélgica (9,6) o Suecia (10,8).…  Seguir leyendo »

Dos sucesos acaecidos últimamente han puesto en duda la confianza de la sociedad española en su sistema legal y judicial en torno a la prevención, tratamiento y castigo de cierto tipo de delitos. Uno es la puesta en libertad del indeseable Iñaki de Juana Chaos, y el otro, el asesinato de la niña Mari Luz a manos de un no menos indeseable que, por un error del sistema, no estaba cumpliendo la pena que le había sido impuesta. Al margen de ese lamentabilísimo error y las personas concretas que los cometen, en ambos casos se da la especialidad que hace a los delincuentes muy peligrosos y, además, merecedores de bajos, por no decir nulos, pronósticos de reinserción y reeducación.…  Seguir leyendo »

En los últimos tiempos se escuchan opiniones doctrinales que propugnan el establecimiento de la cadena perpetua en nuestro ordenamiento jurídico, como una solución al incremento de ciertas modalidades muy graves de delincuencia, como una forma de hacer frente a determinadas variantes especialmente brutales de atentado contra los derechos de las personas. Estas opiniones surgen a causa de la indignación que conductas constitutivas de delitos gravísimos ha producido en amplias capas de la sociedad. La maldad humana parece no tener límites, y la falta de respeto por los derechos básicos de los más indefensos parece no encontrar valladar alguno, ni en la ley, ni en la Administración de Justicia ni en las Fuerzas de Seguridad.…  Seguir leyendo »

Para que nadie se llame a engaño permítanme decir al comienzo de estas líneas que apoyo firmemente la petición del padre de la inocente niña Mari Luz, muerta a manos de un miserable pederasta, para que en nuestro Código Penal se recoja adecuadamente el endurecimiento de la pena que pueda corresponderle a quienes abusan, torturan o asesinan a las niñas. Debo manifestar, igualmente, que mi testimonio puede ser enjuiciado con todos los pronunciamientos, tanto favorables como desestimatorios, por el hecho de que yo también soy gitano, como el padre de Mari Luz y que mi solidaridad con esta familia tiene lazos ancestrales que van más allá de la tragedia que están atravesando.…  Seguir leyendo »

Con motivo de la justificada indignación y repugnancia que ha producido la excarcelación de De Juana Chaos (sin duda legal, aunque no por ello deje de causarnos a muchos íntima desazón), ha vuelto a discutirse sobre la conveniencia de recurrir a la cadena perpetua en caso de delitos especialmente atroces o de delincuentes declaradamente remisos a cualquier forma de enmienda. Es uno de esos debates intrínsecamente reaccionarios en el sentido literal del término (siempre expresan una 'reacción' visceral y atávica ante un suceso del presente), similar al felizmente olvidado de la pena de muerte (esperemos que los cariños olímpicos con Pekín no nos contagien ninguna nostalgia del verdugo, allí tan activo).…  Seguir leyendo »