Derecho a un proceso con dilaciones interesadas
A la vista de la respuesta obtenida por el Presidente de la Generalidad, señor Torra, del Tribunal Supremo, quizás lo más adecuado sea empezar esta tribuna reproduciendo la ironía que despliega el Alto Tribunal casi al final de la sentencia que conocimos ayer, en la que, para responder a cierto reproche procesal, se pregunta si el acusado no está haciendo uso de una «especie de anómalo y exótico derecho a un proceso con ciertas dilaciones». Porque, la sentencia no es sino una larga respuesta a las excusas por un delito cometido con publicidad y soberbia.
El recurso argumentó que la sentencia que había condenado a Torra por desobediencia estaba plagada de todo tipo de defectos: entre otros, parcialidad de vocales de la Junta Electoral Central, del magistrado que instruyó, de algunos de los que juzgaron, infracción del derecho a la libertad de expresión, de falta de motivación, proporcionalidad o previsibilidad, del principio non bis in idem, de la presunción de inocencia.… Seguir leyendo »