Conflicto laboral (Continuación)

El empeño del Gobierno de Zapatero por utilizar fórmulas jurídicas excepcionales de forma prolongada comienza a preocupar. Al menos a quienes defendemos una aproximación liberal kelseniana a los problemas políticos y seguimos pensado que el poder debe estar siempre limitado y reglado, controlado escrupulosamente por la legalidad que emana del legislativo de la nación. Por eso, son cada vez más las voces que expresan su malestar ante una deriva arbitraria que degrada la vigencia institucional de los principios formales nacidos de la deliberación legal para potenciar aquello que Carl Schmitt definía como la "decisión pura, que no razona, ni discute, ni se justifica".…  Seguir leyendo »

En las últimas semanas la Asociación de Fiscales ha colgado en su página web sendos comunicados en relación a dos temas de máxima actualidad. El primero, en respuesta a la repercusión mediática de los cables diplomáticos filtrados y difundidos globalmente por Wikileaks que informaban al Departamento de Estado estadounidense sobre supuestas relaciones extraprocesales del embajador en Madrid con el fiscal general del Estado y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional. El segundo, se centraba en la presencia del fiscal general del Estado en el Consejo de Ministros del pasado día 4 en el que se declaró el Estado de Alarma, «para oír su parecer jurídico», según declaraciones del ministro de Justicia.…  Seguir leyendo »

[Nota: según informa El Mundo en su edición del 19/12/10, Rubalcaba ordenó al CNI pinchar los móviles de los controladores]

La Ley Orgánica 2/2002, reguladora del Control Previo del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), permite que un magistrado del Tribunal Supremo, a petición del director del CNI, autorice la entrada y registro en domicilios así como la intervención de cualquier tipo de comunicación, sea telefónica, postal, telegráfica u otra cualquiera, como podrían ser las mantenidas por e-mail o SMS.

En el caso de los controladores aéreos, concurren determinadas circunstancias jurídicas que -para el caso de que sus domicilios estén siendo visitados, sus teléfonos escuchados, sus SMS o correos leídos y sus movimientos personales seguidos en el marco de una investigación del CNI, y aún pudiendo eventualmente estar afectados los intereses señalados- impedirían la aplicación de la Ley 2/2002.…  Seguir leyendo »

El sometimiento de los trabajadores del mar o del aire a una legislación represora específica, concomitante con la militar (son palabras de Quintano Ripollés), fue uno de los logros del franquismo.

Se dictaron para ello las Leyes Penales especiales de Marina Mercante (1955) y Navegación Aérea (1964), ambas directamente inspiradas en el Codice della Navigazione italiano de 1942, de fuerte impronta fascista.

En ambos casos, se concebía a la empresa marítima o aérea como una estructura jerárquica de producción al servicio de la nación, en la que los derechos de los trabajadores estaban subordinados al bien colectivo, concretado a través de las órdenes del jefe o superior.…  Seguir leyendo »

El Gobierno Zapatero había incorporado a su currículum el dudoso éxito de ser el primer Gobierno democrático español en decretar el estado de alarma. Podía pensarse que este era un empeño más propio de Fraga o de Aznar. Pues no, ha sido Zapatero el que ha desbrozado el camino de las medidas de excepción. El presidente ha decidido ir todavía más lejos: con la prórroga se propone convertir la excepción en normalidad. Y utilizarla como lo que nunca puede ser: un instrumento preventivo. Dos pasos más propios de la cultura política autoritaria que de la democrática.

Las constituciones reservan la legislación de excepción para circunstancias muy extremas, desde catástrofes naturales hasta amenazas muy graves para la seguridad.…  Seguir leyendo »

Si algo resulta en verdad preocupante de todo este turbio asunto del estado de alarma que han aprobado (y se disponen a prorrogar) el Gobierno y el Congreso para los controladores aéreos es la falta de reacción por parte de la sociedad civil. Qué digo falta de reacción, ni siquiera la más mínima preocupación o signo de inquietud ante un hecho que, aunque solo fuera por lo extraordinario y anómalo, debiera disparar las campanas de alarma en cualquier sociedad democrática adulta.

A lo que parece, y según lo explicaba un diputado vasco para justificar su voto favorable a la prórroga del estado de alarma, el único interés a tener en cuenta es el general de los ciudadanos a desplazarse sin incomodidad en navidades, el derecho de todos a viajar y disfrutar de sus vacaciones.…  Seguir leyendo »

No creo que pueda ponerse en duda la rapidez y eficacia con que actuó el Gobierno de la nación en las horas que siguieron al colapso de la navegación aérea provocado por los controladores el día 3 de este mes. Se discute por algunos, en cambio, la corrección jurídica de las medidas adoptadas para hacer frente a la situación creada por el colapso. La discusión tiene sumo interés porque, habiendo sido la primera vez que sufre nuestra sociedad una agresión de tal naturaleza, también es la primera vez que se ha declarado uno de los estados de emergencia previstos en el artículo 116 de la Constitución Española (CE), lo que implica la inevitable novedad de los problemas que arrastra dicha declaración.…  Seguir leyendo »

«No hay nada más difícil que presentar lo existente como inexistente», escribió con conocimiento de causa el libretista Hugo von Hofmannsthal en su A modo de introducción de la ópera Der Rosenkavalier, que estrenó junto a Richard Strauss en Dresde. Dentro de 45 días hará 100 años.

¿A quién puede extrañarle que aquel que a mediados de los 90 se licenció con más contumacia que acierto, con más estómago que ciencia, en la repudiable disciplina de borrar el reguero de sangre del crimen de Estado y el rastro de miguitas de oro del saqueo del erario, pretenda doctorarse hoy en la mucho más sencilla actividad inversa de hacer aflorar impostadamente su propio prestigio?…  Seguir leyendo »

Vivimos sobre un volcán, pero damos  la impresión de ser tan felices que no se sabe si disimulamos nuestro miedo o sencillamente hacemos lo que nos piden. Lo digo bruscamente: no me creo este juego de trileros entre unos controladores, sobrados y corruptos, y un gobierno, de incompetencia tan reiterada, que cada vez que se pronuncia intuyes que mienten. Un chiste macabro.

Los aeropuertos se parecen cada vez más a los supermercados. Un diseño frío e incómodo. O consumes o te aburres. Eres un cliente en tránsito, al que van a extorsionar desde la misma puerta de entrada. Te humillarán, y si eres mujer, doblemente; quizá por eso creen compensarla ofreciéndole más tiendas, más oportunidades para olvidar el mal rato que le han hecho pasar unos individuos que bordean la legalidad y sobrepasan la decencia.…  Seguir leyendo »

Mediante Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, el Gobierno ha declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional, disponiendo el art. 3 de la citada norma que «todos los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA pasan a tener, durante la vigencia del estado de alarma, la consideración de personal militar a los efectos de lo previsto en el art.10.1 de la citada Ley Orgánica [Ley Orgánica 4/1981, de los estados de alarma, excepción y sitio (LEAES)] y, en consecuencia, quedan sometidos a las órdenes directas de las autoridades [militares] designadas en el presente Real Decreto, y a las leyes penales y disciplinarias militares, de conformidad con lo dispuesto en el art.…  Seguir leyendo »

La comparecencia del presidente del Gobierno ayer en el Congreso para explicar la primera declaración del estado de alarma en democracia deja pocas dudas sobre lo justificada que estaba la medida para restablecer el transporte aéreo, como ha reconocido el líder de la oposición. Pero una cosa es que se produzca uno de los presupuestos habilitantes que establece la Ley Orgánica 4/1981, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio (LOEAES) y otra que todos los artículos del Real Decreto 1673/2010, tengan cobertura jurídica. Dejo para otro momento analizar si es correcta la delegación de la autoridad del Gobierno en el jefe del Estado Mayor, que no parece permitir la LOAES -solo autoriza la intervención de la autoridad militar en el caso del estado de sitio- para detenerme en la militarización de los controladores.…  Seguir leyendo »

El pasado lunes día 6 se celebró el día de la Constitución, nuestra fiesta nacional. Para conmemorarla, vamos a comentar dos coincidencias de muy distinto carácter: el 200. º aniversario del inicio de las Cortes de Cádiz que aprobaron la primera Constitución española y la respuesta rápida y efectiva que supuso la declaración del estado de alarma el sábado pasado. Ambos hechos, tan distintos, muestran el papel decisivo de las constituciones en el progreso y bienestar experimentado por la sociedad española en los últimos doscientos años.

En efecto, el 24 de septiembre de 1810 se reunieron por primera vez en la historia de España, con el fin de elaborar una Constitución, representantes de sus diversos territorios elegidos de forma aceptablemente democrática dadas las circunstancias del momento, es decir, la ocupación francesa por parte de Napoleón y la guerra civil que denominamos guerra de la Independencia.…  Seguir leyendo »

El artículo 116 de la Constitución Española (CE) conoce tres clases de estados de emergencia: el de alarma, el de excepción y el de sitio, que se declaran en función de la distinta gravedad generada por la concurrencia de «circunstancias extraordinarias [que] hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes» [art.1º.1 Ley Orgánica 4/1981, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio (LEAES)], estados en los que, mientras se prolonguen en el tiempo, se puede incluso suspender la vigencia de los derechos y libertades constitucionales.

De entre los estados de emergencia, el menos invasivo es el de alarma, que se declara, por ejemplo, y entre otros supuestos, cuando hay «una situación de desabastecimiento de productos de primera necesidad» [art.…  Seguir leyendo »

El pasado sábado, el Gobierno vio la necesidad de aprobar el real decreto 1673/2010, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo. La causa fue la dejación inmediata del trabajo y sin previo aviso por los controladores civiles de tránsito aéreo en los aeropuertos. La situación de hecho creada fue la propia de una huelga salvaje, en la que se prescindió olímpicamente de asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, como exige la Constitución. Como con acierto establece la justificación por el Gobierno de la declaración por 15 días de este estado excepcional, el comportamiento de los controladores ha impedido el libre ejercicio del derecho a la libre circulación de los ciudadanos por todo el territorio del Estado.…  Seguir leyendo »

Los conflictos de gran trascendencia social suelen provocar un tsunami de opiniones, todas en la misma dirección. Con ellas irrumpe un estado emocional colectivo que nos impide ver qué hay detrás de lo más visible. La lógica y justa indignación por los abusos y violencia intolerables que se han producido estos días no debería llevarnos a pasar por alto las muchas lecciones que deja este conflicto. Esta inquietud y un interesante artículo de Xavier Salvador en EL PERIÓDICO me han motivado a reflexionar en público.

La sociedad ha descubierto abruptamente la importancia que tiene el transporte en un modelo de producción que va más allá del just in time para situarse en una filosofía de vida de producir y vivir al segundo.…  Seguir leyendo »

Con la llamada "huelga de transportistas" comienzan las movilizaciones de los afectados por la crisis económica. Es un comienzo espectacular, con repercusiones en el tráfico por carretera, en las entradas de las grandes ciudades, en la producción industrial y en el desabastecimiento de comercios y gasolineras. Consecuencias todas ellas que afectan directamente a los ciudadanos. Por primera vez en más de cuatro años, el presidente Zapatero se enfrenta a una crisis de verdad.

No obstante, es más que dudoso que estemos ante una huelga en el sentido jurídico del término y ello no deja de tener consecuencias prácticas. Se entiendo por huelga, por lo menos hasta ahora, la suspensión colectiva de la prestación de trabajo como medio de presión en el marco de un conflicto laboral.…  Seguir leyendo »

El concepto de huelga se asocia a las idea de conflicto y cese en el trabajo de carácter temporal y colectivo. En efecto, la huelga presupone la existencia de un conflicto, que se materializa a través del cese de la actividad laboral. Pero el concepto de huelga va más allá del cese temporal del trabajo: una simple anormalidad en el desarrollo del trabajo se califica también, en muchos casos, con este término. Se habla así de huelga de celo o de huelga de brazos caídos... Sin embargo, este concepto amplio de huelga no coincide con su concepto legal.

La Constitución Española reconoce el derecho de huelga como uno de los fundamentales.…  Seguir leyendo »

Las sociedades democráticas avanzadas se caracterizan, fundamentalmente, por mantener un respeto absoluto y exquisito a los derechos fundamentales de la persona. El derecho de huelga, conectado necesariamente a la condición de trabajador por cuenta ajena, es uno de esos derechos que, cuando se utiliza, no es más importante ni tiene prioridad sobre los demás. Es bien conocido el apotegma jurídico que establece que todos los derechos, incluidos los fundamentales, tienen sus límites. Así pues, la propia Constitución de 1978, al reconocer en su artículo 28.2 el derecho de huelga con el rango que merece, ya anuncia que una ley deberá regular la manera de garantizar el mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad cuando algún colectivo de trabajadores ejercite su incuestionable derecho a convocar una huelga.…  Seguir leyendo »