Defensa de la Competencia

La estatua de “Hombre controlando el comercio” es una de las dos de Michael Lantz frente al edificio de la Comisión Federal de Comercio, en Washington, Estados Unidos. Rosemarie Mosteller/Shutterstock

Al inicio de su mandato, el presidente Biden denunciaba que, en los últimos 25 años, ha aumentado la fortaleza de los monopolios empresariales. Atribuía esto a la falta de firmeza de los tribunales de justicia estadounidenses en la aplicación de las leyes que protegen la competencia (y que tienen la obligación de hacer cumplir). Esa permisividad habría contribuido de forma decisiva a los elevados niveles de concentración empresarial de los últimos años.

El problema (la excesiva concentración de poder económico) y su solución (la competencia como antídoto) están claros. La tarea pendiente es cómo medir la competencia en los mercados tomando en cuenta las particularidades que se derivan de los cambios tecnológicos (digitalización) y comerciales (globalización) del siglo XXI.…  Seguir leyendo »

Le 6 février, la Commission européenne interdisait le projet de concentration franco-allemand entre Siemens et Alstom. Les controverses se sont enchaînées. Les critiques émises par Bruno Le Maire, ministre de l’économie et des finances, qui avait qualifié cette décision de « grossière erreur », ont conduit un collectif composé d’une cinquantaine d’économistes, au contraire, à justifier cette décision à cause des restrictions de concurrence que cette fusion aurait pu engendrer (« Alstom-Siemens : pourquoi la Commission a raison de rejeter la fusion », Les Echos du 12 février).

Certains arguent que le droit européen de la concurrence s’oppose à l’émergence de « champions européens » dans le domaine technologique et qu’il nuit à la compétitivité et à l’innovation, adossées à la taille des entreprises.…  Seguir leyendo »

La Comisión ha anunciado recientemente la apertura de una investigación para examinar si las prácticas comerciales de Google, por lo que se refiere al sistema Android, constituyen un abuso de posición dominante en el mercado. Si bien esta noción podría resultar poco familiar para muchos lectores, lo importante es tener presente que la defensa de la competencia no es tan mecánica como habitualmente se concibe. En efecto, todo régimen de defensa de la competencia ha de definir si su finalidad inmediata es la protección de los competidores en el mercado o, alternativamente, la de los consumidores. La diferencia entre ambas opciones podría parecer superflua, pero tiene una incidencia cardinal en la configuración de los mercados y, en último término, en nuestra sociedad.…  Seguir leyendo »

La Ley de Defensa de la Competencia de 2007 introdujo un profundo cambio en el sistema de control de las operaciones de concentración, pues mientras en el sistema anterior la decisión correspondía al Gobierno, en el nuevo sistema la decisión recae en un organismo independiente, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC). Este cambio esencial resultaba ligeramente mitigado por una cláusula en virtud de la cual la decisión de la CNC podría ser revocada por el Gobierno cuando entraran en juego motivos de interés general distintos a la competencia. Durante la tramitación parlamentaria el PP enmendó ese extremo proponiendo la supresión de esa facultad del Gobierno, por considerarlo una injerencia en la independencia del mecanismo.…  Seguir leyendo »