Europa y el reto del federalismo

Europa y el reto del federalismo

Europa ha superado su algo vetusta imagen de pasado, para convertirse en una realidad de futuro, evolucionando en el camino correcto de la integración y la colaboración. El hecho de que hayamos acudido todos los países a endeudarnos mancomunadamente, el que hayamos diseñado una estrategia coordinada y única en la compra y la distribución de vacunas frente a la covid, así como el hecho de que la Unión Europea vaya a entregar una gigantesca cantidad de recursos a los países miembros para su reconstrucción económica y social (750.000 millones de euros, más de la mitad de ellos a fondo perdido), dice mucho y muy positivo sobre la evolución de la UE.

Es quizá ahora cuando podamos comenzar a pensar en una hoja de ruta más intensa e integrada de los países y la realidad europea en dirección hacia una futura Europa federal. Podría resultar útil en este punto recordar algunos postulados y características básicas del modelo federalista.

El federalismo es un sistema general de organización política en el que tienen cabida las distintas ideologías de corte democrático (socialistas, conservadoras, liberales, etc.), en base a un sistema de estructuración política de un todo, fomentando y potenciando la libertad y participación de las partes que pasarían a compartir con los demás un desarrollo, responsabilidad y destino comunes.

Según la concepción federalista, el poder está repartido en dos instancias: el Estado central y los diversos Estados federados. Es un modelo que vincula distintas unidades dentro de un sistema político global manteniendo tanto su integridad política básica como su independencia administrativa. El federalismo busca así un marco integral para el desarrollo político de la sociedad en base a la diversidad natural de la misma, y respetando las ideologías de sus integrantes.

Característica fundamental del federalismo es, además, su compatibilidad con los distintos niveles estructurales de organización política, pudiendo existir una estructura federal tanto en un ámbito territorial local, como en un nivel supranacional, así como en los distintos niveles intermedios (a modo de capas o incluso fractales). Si se toma el Estado-país como referencia, podemos hablar, por una parte, de endofederalismo, o estructuración interna de un país a través del sistema federal. Esto es la distribución de una buena parte del poder político entre distintas unidades territoriales del país, con un importante grado de autonomía (por ejemplo, Estados Unidos, o Alemania, incluso en alguna medida España). Por otra parte, el exofederalismo es la integración de varios Estados en un Estado federal, que pasaría a constituir la estructura política básica de una comunidad internacional, como es Europa.

Otro principio básico federalista es el pacto. Porque tanto la integración como el reparto de poderes son fruto de acuerdos, y el binomio libertad-autoridad se va progresivamente decantando en función de la primera y con ello naturalizando la segunda, en tanto que su predominio es más propio de los sistemas políticos centralistas, y ya en el límite, de los no pluralistas, tanto de un signo como de otro. La fuerza, en definitiva, del Estado federal radica más en los poderes delegados por la sociedad que en la autoridad propiamente inherente al Estado, y queda recogido en la correspondiente Constitución federal, elaborada por consenso, y que vincula a todos los miembros de la federación. El posterior devenir común de la sociedad enmarcada en un Estado federal posibilita el surgimiento de una supranacionalidad compatible y en ciertos ámbitos sustitutoria de los estados federados.

La división federalista de poderes es, por tanto, una división espacial y no funcional, basada en los territorios de los Estados miembros. Entre ellos siempre han existido, por otra parte, sólidas vinculaciones en cuanto a tradiciones históricas comunes, contigüidad territorial, comunidad de intereses económicos, etc.

Esta división de poderes habrá de estar, por otra parte, explicitada constitucionalmente en una doble enumeración de facultades o competencias, tanto a nivel federal como nacional. El poder federal tiene, por ejemplo, las atribuciones de carácter internacional, tales como defensa, comercio exterior y relaciones diplomáticas. Cuenta, asimismo, con facultades relativas al sistema monetario, a la administración de justicia —temas federales— y a ciertos impuestos, y en definitiva, para señalar —de forma consensuada— nuevas atribuciones a los Estados miembros, es decir, tienen la facultad de atribuir las competencias, puesto que se apoya en la confluencia o representación de dichos Estados, los cuales ostentan, por lo tanto, una gran variedad de atribuciones tanto de carácter administrativo como judicial. La atribución que en ningún caso se entenderá de forma individual es el derecho a la secesión, esto es, la independencia de un Estado, a no ser que cuente con el consentimiento de la federación en su conjunto.

El federalismo, en resumen, es uno de los posibles caminos para transitar hacia una Europa políticamente unida, una Europa común, en la que, con el devenir de los años sus habitantes pudieran llegar a sentirse con orgullo ciudadanos europeos, al margen y compatiblemente con su sentir nacional de origen.

Jesús Lizcano Álvarez es catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid y director de la revista Encuentros Multidisciplinares.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *