Eutanasia sin ley

Como si de un mal sueño se tratase, el sector sanitario se encuentra una vez más en una encrucijada en la que impera la ausencia de protocolos definidos y la disparidad de criterios. Más allá de los grandes titulares de ampliación de ‘libertades’, la Ley Orgánica de Eutanasia, con apenas dos meses de recorrido desde su entrada en vigor el pasado 25 de junio, sitúa a los profesionales de la salud en un desagradable escenario de inseguridad jurídica debido a sus imprecisiones.

En primer lugar, la norma deja al descubierto errores de forma preocupantes que no garantizan el derecho a la objeción de conciencia en su sentido amplio. El propio Comité de Bioética, organismo público que asesora al Gobierno de España, defiende que los centros sanitarios privados puedan ver reconocida una objeción «institucional» de conciencia a la Ley de Eutanasia. Además, pide que por ello no sean penalizados en forma de suspensión de conciertos de colaboración público-privada. Al margen de que una normativa de este tipo, cuando no existen suficientes camas para cuidados paliativos en España ni una ley integral al respecto, podría considerarse un fracaso del sistema, en ASPE tenemos ante todo el deber de proteger el libre ejercicio de la profesión sanitaria y empresarial. Por ello, y desde el respeto a todas y cada una de las sensibilidades de las cerca de 600 entidades sanitarias privadas y más de 360.000 profesionales a los que representamos en esta patronal, creemos prioritario que legisladores y Ministerio de Sanidad establezcan los protocolos de actuación que hagan falta para garantizar la seguridad jurídica en cualquiera de los escenarios.

Es decir, en el supuesto de que tanto profesionales como una determinada institución sanitaria decida acogerse a la objeción de conciencia, debe garantizarse la posibilidad de derivar a un centro público a aquel paciente que quiera optar por la eutanasia. Al menos esta fórmula sí nos situaría en igualdad ante una norma que, si bien lo que pretende es ampliar los derechos individuales del paciente, tal como está articulada no garantiza la libre elección del colectivo sanitario. Todos estamos sujetos a derecho pero esas mismas leyes deben garantizar nuestras libertades fundamentales sin medias tintas. El derecho a la objeción de conciencia no puede impedir que se respete el derecho a recibir la prestación de eutanasia, pero tampoco a la inversa.

A la expectativa de cómo se implementa la ley de la Eutanasia en cada región, estamos en un auténtico déjà vu que nos retrotrae a los 17 contextos autonómicos tan dispares a los que hemos tenido que adaptarnos sobre la marcha durante la crisis del Covid-19. Y la descoordinación nos hace más vulnerables, no hay duda. Ojalá no volvamos a tropezar en la misma piedra. Situar nuevamente al sector sanitario en una tesitura de desconcierto e inseguridad que, irremediablemente, acabarán sufriendo nuestros pacientes, sería tremendamente injusto. Si, como decía el filósofo Jean-Paul Sartre, «la conciencia es la condición de la libertad humana», garanticemos de verdad ese derecho a elegir para todos, sin excepción. ¿Ampliación de libertades? Sí, pero con garantías, alternativas y seguridad jurídica necesarias para que ningún derecho individual ni empresarial se vea perjudicado.

Carlos Rus es presidente de ASPE.

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