Fines y medios contra el terrorismo

La tentación de utilizar medios ilegales justificados en favor de un supuesto fin superior constituye un recurrente peligro para las democracias en su lucha contra el terrorismo. Nuestra democracia sufrió las consecuencias de los crímenes cometidos por los GAL, terrible equivocación política y moral que fortaleció ideológicamente al terrorismo etarra. Otras democracias han cedido también a la provocación terrorista aceptando prácticas como la tortura que han deslegitimado a quienes jamás deberían optar por medios ilegales en la defensa de un medio tan loable como el de la derrota del terrorismo. A pesar de las diferencias con este tipo de atroces experiencias, la filtración policial a ETA en mayo de 2006 ejemplifica también la nefasta utilización de medios ilegales que intentan ser negados y ocultados en aras de un fin que supuestamente justificaría tan dañinas irregularidades.

Quienes defienden el archivo de esta causa propuesto por el fiscal subestiman las negativas implicaciones derivadas de la inacción ante un hecho de enorme gravedad. Grave es, sin duda, que ETA reciba una filtración a pesar de que el ministro del Interior enfatice que la operación culminó, afortunadamente, con la detención de todos los sospechosos en la trama. Lo cierto es que las detenciones pudieron haber fracasado -eso pretendía el responsable de la filtración-, y que el magistrado Grande Marlaska apartó de la operación a un alto mando policial como el comisario al frente de la Comisaría General de Información, decisión que denotaba su preocupación acerca de conductas cuestionables.

Estas circunstancias, junto al contexto en el que tuvo lugar el «chivatazo» a ETA, condicionan decisivamente la interpretación que puede hacerse del escrito elaborado ahora por el fiscal. Desde el respeto que merecen las decisiones judiciales, es complicado, y quizás inapropiado, abstraerse de la coyuntura en la que se produjeron los hechos investigados. El paso del tiempo y la reactivación de la campaña terrorista han revelado con mayor claridad cómo, durante el periodo en el que el gobierno negoció con ETA, un equivocado criterio político -mantener viva la negociación con los terroristas- se impuso en más de una ocasión sobre decisiones que debían haber atendido exclusivamente a razonamientos policiales y judiciales.

Reveladoras de esta politización fueron tanto la incoherente decisión del Fiscal General de impedir la concurrencia electoral de sólo una parte de las listas de ANV, como el auto del juez Baltasar Garzón de octubre de 2007 en el que decretaba prisión para varios integrantes de Batasuna. El magistrado lo hacía explicando su pasividad previa hacia los activistas en términos tan inconsistentes como estos: «No puede dejarse de lado, el hecho de que cuando las actuaciones individuales de personas se han producido aún en nombre o representación de la opción política ilegalizada con el fin de buscar el final de la violencia, aunque haya sido equivocada o interesadamente no puede considerarse ese hecho como un acto delictivo».

El auto revelaba inversiones semánticas similares a las empleadas por los grupos terroristas a través de las cuales se intenta redefinir lo inaceptable como aceptable, lo ilegal como legal. El magistrado reconocía que la supuesta intencionalidad de los dirigentes pro etarras de «buscar el final de la violencia» no se correspondía con la realidad, a pesar de lo cual les eximía de responsabilidad por los hechos cometidos durante un periodo determinado, aceptando por tanto la interpretación etarra de que un «proceso de paz» obligaba a una suerte de tregua judicial.

Recordemos que Batasuna es una organización ilegalizada cuyas actividades quedaron prohibidas por sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2003 y que, sin embargo, vio cómo muchos de sus actos durante el «proceso de paz» fueron prohibidos mientras que otros eran autorizados. Algunos periodistas y políticos enmarcaron esa peligrosa arbitrariedad en un engañoso «proceso para el fin de la violencia» que debía hacer comprensible la utilización de medios de probada ineficacia para garantizar la conclusión del terrorismo al exigir su connivencia con un grupo terrorista. Estos precedentes ponen de relieve la relevancia que el contexto tiene al interpretar la conclusión del fiscal sobre la filtración a la red de extorsión. Ese contexto insinúa el deseo de aceptar algo inaceptable: la perversión de un fin -el intento de acabar con el terrorismo- mediante la utilización de medios ilegales -la colaboración con ETA para evitar detenciones-.

Asimismo, aunque se hiciera abstracción de la politización de decisiones judiciales y policiales evidenciada durante la negociación entre el gobierno y la banda, es posible afirmar que el razonamiento del fiscal podría desembocar perfectamente en una conclusión distinta a la que ha alcanzado. O sea, aunque se compartiera que la «exhaustiva investigación» no ha desvelado «pruebas incriminatorias», la gravedad del hecho objetivo investigado, un funcionario de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad colaboró con una banda armada al prevenirla sobre la operación policial, requiere la demostración de que la justicia no está dispuesta a cejar en su intento de encontrar a los responsables de tan grave delito.

Así debe ser además puesto que del escrito del fiscal se desprende todo lo contrario a lo que él mismo señala al final del texto cuando niega que concurran «claros indicios incriminatorios que acrediten la participación de persona alguna en los hechos que se investigan». La participación de alguna persona en el delito que se investiga es obvia, aunque se desconozca la identidad de la misma, cuestión ésta por la que resulta imprescindible continuar con los esfuerzos por desvelarla. El archivo de la causa sugiere necesariamente una ausencia de voluntad por desvelar la identidad de esa persona que pretendió abortar tan importante operación antiterrorista.

Por ello renunciar a investigar con eficacia y determinación el delito cometido supone un insultante desprecio al trabajo abnegado de profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado responsables de un éxito policial puesto en peligro por la irresponsabilidad de uno de sus miembros. Semejante dejación dañaría la credibilidad de ciudadanos y profesionales en unas instituciones de las que se requiere un apoyo sin ambages en la lucha contra quienes desafían la democracia. La decisión de arrinconar la investigación representaría una injusta recompensa para hombres y mujeres que con tanto sacrificio trabajan por la derrota del terrorismo, trasladándoles además un desmoralizador mensaje: si la justicia no hace todo lo que está en su mano para evitar que el delito cometido quede impune, ¿por qué seguir arriesgando la vida contra ETA?

La negativa de Garzón a investigar con rigor iría en contra de lo que él mismo reivindicaba en febrero de 2003 al recoger el premio del Foro de Ermua: «Muchas veces, hoy también, he dicho que la lucha contra el terrorismo es una lucha eminentemente legal, desde el Estado de Derecho y que no admite fisuras, y que en ella deben emplearse todas las garantías, pero también utilizarse toda la firmeza y contundencia que permite el Ordenamiento Jurídico. La falta de coherencia eliminaría la credibilidad para el ciudadano, que no entendería ni la duda ni la vacilación. Por cada minuto de inactividad, la organización criminal se hará más fuerte y más difícil será vencerla».

Rogelio Alonso, profesor de Ciencia Política, Universidad Rey Juan Carlos.