Garantías más que sanciones

En las últimas semanas se ha abierto un debate sobre las posibilidades de incorporar al mercado de alquiler los tres millones de pisos vacíos que, según diversos estudios, existen en España.

Hemos escuchado opiniones desde todos los ámbitos de la vida pública y privada: cargos públicos de todas las administraciones, portavoces de grupos políticos y sociales, analistas económicos, juristas... Todos, menos el Ministerio de la Vivienda, que hasta la fecha en que se redacta este artículo -y de forma sorprendente- es el único que no ha expresado su opinión. Ni una sola propuesta, como por otra parte nos tiene acostumbrados. Es como si, al igual que esos famosos tres millones de pisos, el Ministerio de la Vivienda estuviera también "vacío".

Y esa falta de opinión, así como de propuestas, se hace todavía más patente cuando la política de alquiler, junto con el 36,7% de incremento del precio de la vivienda desde marzo de 2004, constituye el gran fracaso del Ministerio de Vivienda y del Gobierno de Zapatero.

Ha fracasado la Sociedad Pública de Alquiler: 7 millones de pérdidas acumuladas a 31 de diciembre pasado; y algo más de 2.000 contratos en toda España en casi dos años desde su constitución. El Senado ha instado al Gobierno a su disolución a la vista de sus desastrosos resultados.

Y también han fracasado los dos únicos programas del Ministerio para incentivar el mercado de alquiler. Me refiero a los programas de subvenciones a los inquilinos y de subvenciones a los propietarios de viviendas para su rehabilitación y posterior cesión en arrendamiento.

A 30 de septiembre, últimos datos que conocemos, durante 2006 sólo se habían reconocido 1.278 ayudas a inquilinos (24,5 por provincia) y 68 ayudas a propietarios para su cesión en arrendamiento (algo más de una ayuda por provincia). Absolutamente ridículo.

Y esta vez no puede quejarse la ministra de falta de colaboración de las Comunidades Autónomas gobernadas por el PP, pues a esa fecha -30 de septiembre- ni Andalucía, ni Cataluña, ni Extremadura, ni Galicia, ni Aragón, habían tramitado ni siquiera una ayuda en alguno de esos dos programas.

¿Y qué hacer para favorecer la, más que necesaria, incorporación al mercado de esos tres millones de pisos vacíos? Las opiniones han sido de lo más variado. Desde la disparatada propuesta de la Sra. Mayoll, responsable de Vivienda del Ayuntamiento de Barcelona (PSOE-ERC-IU-ICV), de "comprender" al movimiento okupa y despenalizar la ocupación de viviendas; ponerle a los okupas un alquiler "simbólico", por cierto sin respuesta por parte del Gobierno central, lo que nos hace pensar que también la comparten, o la idea de un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles para las viviendas desocupadas, hemos escuchado de todo.

He de decir que el recargo en el IBI para viviendas vacías no es una propuesta nueva. Esta medida se contempló en la reforma de la Ley de Haciendas Locales, aprobada en el año 2002 por el Gobierno del Partido Popular, posponiendo para su desarrollo reglamentario, fijar la definición de "vivienda vacía" o de "vivienda permanentemente desocupada".

Y es ahí donde está precisamente la complejidad del tema que nos ocupa. ¿Cómo se define "vivienda vacía" o "vivienda permanentemente desocupada" sin gravar situaciones o conductas que sería tremendamente injusto penalizar? Esta es la principal razón por la que ningún Ayuntamiento ha aplicado el citado recargo.

¿Por qué penalizar a quien haya heredado la vivienda de sus padres en su pueblo natal y en ese momento no tiene posibilidades económicas para rehabilitarla?; ¿por qué gravar a quien habiendo sido destinado por motivos laborales a otra provincia, no desea alquilar la vivienda que constituye su hogar familiar?; ¿o al padre que ha comprado una vivienda para que su hijo la habite en un par de años, y la Ley de Arrendamientos Urbanos le impide alquilarla por menos de cinco? Así podríamos citar decenas y decenas de supuestos.

Por ello, desde el Partido Popular hemos decidido apostar, antes que por la penalización, por remover todos los obstáculos que hacen que un propietario, incluso aquellos que han comprado una vivienda para venderla a los cuatro o cinco años, prefiera mantenerla vacía y renuncie voluntariamente a una renta.

Esos obstáculos provienen de la rigidez e inseguridad jurídica de las normas y procedimientos judiciales que hoy regulan la relación contractual entre propietario e inquilino. Normas que impiden que a un propietario, que sabe que va a necesitar la vivienda en dos o tres años, no se le permita alquilarlo por menos de cinco. Procedimientos judiciales que permiten que ante un incumplimiento contractual -los más claros son el impago del alquiler y los daños en la vivienda- se alargue a más de un año la resolución del juicio y la ejecución de la sentencia y, además, sin ninguna garantía en el resarcimiento de los daños y perjuicios causados.

Es por ello, por lo que desde el Partido Popular se modificó en diciembre de 2003 la Ley Orgánica del Poder Judicial posibilitando la aplicación de los denominados juicios rápidos civiles a los procedimientos en materia de arrendamiento, particularmente en materia de desahucio por falta de pago. Procedimientos que aún no han sido desarrollados por el Gobierno socialista.

Ante esta inactividad, el Partido Popular en la presente Legislatura ha pedido en el Congreso de los Diputados la aplicación inmediata de los juicios rápidos civiles, hemos defendido la creación de los Juzgados de Vivienda en los que se resuelvan, en un plazo no superior a treinta días, los conflictos derivados del incumplimiento de sus obligaciones contractuales no sólo por parte del inquilino, sino también por parte del propietario. Hemos propuesto la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, flexibilizándola y dando más libertad de pacto a las partes y acortando la duración del contrato.

Ni que decir tiene que a todas estas propuestas se les ha aplicado la técnica del rodillo y han sido rechazadas por el Partido Socialista y sus socios.

El Partido Popular considera que para fomentar el mercado de alquiler de viviendas vacías o desocupadas habría que flexibilizarlo puesto que en la actualidad es demasiado rígido y jurídicamente inseguro. La solución no está en penalizar al propietario. Por ello nos oponemos a cualquier medida sancionadora y abogamos y defendemos que se dote de la suficiente flexibilidad, seguridad y garantías al propietario y al contrato de arrendamiento.

Pablo Matos, diputado del PP y portavoz de Vivienda en el Congreso.