Igualdad educativa

Desde hace más de una década se conocían los deficientes resultados en los distintos modelos de euskaldunización de la población escolar vigentes desde 1983 y, además, se intuía su magnitud, tanto en su dimensión cuantitativa como en los aspectos cualitativos. Pero los datos que se pusieron de manifiesto tras la aplicación de la prueba practicada por ISEI-IVEI a 1.191 alumnos de 4º curso de ESO encendieron todos las 'luces rojas'. En la evaluación se midió el dominio del euskara, tanto en su expresión oral como escrita, con un grado de dificultad equivalente a la prueba de inglés 'First Certificate'. La prueba se aplicó a alumnos que llevaban escolarizados como mínimo trece años, en contacto más o menos intenso con el euskera, bien como lengua vehicular, bien como asignatura. Sólo una tercera parte (34%) superó el nivel, los otros dos tercios quedaron por debajo del umbral exigido. De los que pasaron la prueba, dos terceras partes cursaron sus estudios en el modelo D y la tercera parte en el modelo B. Es decir, un 34% de alumnos escolarizados en el modelo D no la superaron. Tampoco lo lograron más de dos terceras partes del alumnado matriculado en el modelo B. Ningún alumno del modelo A había acreditado un nivel suficiente, ni siquiera para superar un test previo a la prueba oficial. Una muestra evidente del fracaso de la fórmula.

Los modelos lingüísticos, que teóricamente se concibieron como herramientas flexibles para ofrecer a los alumnos el tratamiento lingüístico más adecuado para que en el desarrollo de sus capacidades pudieran alcanzar los objetivos lingüísticos fijados como básicos, en la práctica se han acabado convirtiendo en compartimentos cerrados y rígidos, donde iniciaban y terminaban su escolarización obligatoria y sin que se les ofrecieran nuevos tratamientos o itinerarios lingüísticos diferentes a los recibidos al inicio de su escolarización. Las autoridades educativas nunca se esforzaron ni adoptaron las medidas precisas para corregir este determinismo. Una realidad que hace que el debate de la euskaldunización de la población escolar esté estrechamente vinculado al tema de la igualdad educativa, o más concretamente al principio de la 'igualdad de oportunidades'. La cuestión no es, fundamentalmente, lingüística. Estamos ante un asunto eminentemente de política educativa, que afecta enteramente a la 'necesidad formativa básica' para todos los ciudadanos y especialmente para su población escolar. La capacitación real, tanto oral como escrita, en las dos lenguas oficiales constituye hoy para los chicos y chicas de nuestra comunidad una necesidad formativa indiscutible para posteriormente poder afrontar en condiciones de mayor igualdad la integración en la vida laboral y profesional. Y es labor del sistema educativo poner a disposición de esos alumnos las mejores herramientas para lograrlo. Cada vez más, la existencia de ciudadanos bilingües vascohablantes y ciudadanos no vascohablantes no sólo va a ser el reflejo de la diversidad lingüística de nuestro país, sino que fundamentalmente va a representar una situación de desigualdad, que a buen seguro acarreará otras de tipo social, económico, cultural, etcétera. Una situación que en ningún caso puede ni debe resolverse ignorando al euskera, sino haciendo extensivo su conocimiento real al conjunto de la población.

Fracaso del sistema

Y lo cierto es que todos los alumnos que desde 1984 han cursado sus estudios en el modelo A no han podido ejercitar, en condiciones de efectividad y eficacia, su derecho a adquirir un conocimiento suficiente del euskera, como se lo reconoce la Ley de Normalización y Uso del Euskera. Otro tanto se puede y debe decir respecto de buena parte de los alumnos que han cursado su enseñanza obligatoria en el modelo B. Miles y miles de ciudadanos, hoy mayores de edad, a los que se les ha ofrecido desde el inicio de su escolarización hasta la finalización del periodo obligatorio, aproximadamente trece años de su vida, un modelo de euskaldunización que objetivamente se sabía que no servía para alcanzar un conocimiento práctico suficiente del euskera. En gran arte porque más del 90% del personal docente de las escuelas públicas y también de las escuelas privadas desconocían el euskera, un terreno en el que se ha avanzado positivamente. Así se configura un modelo A que desde el punto de vista de los objetivos lingüísticos vulnera e infringe claramente los objetivos dispuestos en la Ley de Normalización y Uso del Euskera, hasta representar una elección claramente engañosa para todos aquellos que la realizaban.

Por otra parte, la implantación de dos modelos lingüísticos diferentes (A y B) para dar respuesta a la escolarización de alumnos con lengua materna en castellano y con entornos socio-lingüísticos no euskaldunes y que presentan, desde el punto de vista del euskera, necesidades prácticamente similares resulta francamente inaceptable. Este tratamiento desigual, tanto desde el punto de vista de los objetivos lingüísticos como desde los estrictamente docentes y materiales, carece de toda justificación pedagógica o lingüística y atenta contra el principio de igualdad de oportunidades, al ofrecerse la enseñanza del euskera y en euskera en condiciones diferentes a una población escolar que requiere tratamientos similares.

En conclusión, el sistema actual lejos de articularse y consolidarse en torno a los objetivos lingüísticos y a los tratamientos que dichos objetivos requieren, se ha estructurado y ordenado sobre la base de los modelos, produciéndose una peligrosa devaluación de los objetivos lingüísticos y de las condiciones de impartición de la enseñanza. Todo ello dividiendo y clasificando innecesariamente a una misma población escolar en distintos compartimentos estancos.

Las bases del futuro

Ayer, el consejero de Educación presentó en el Parlamento un proyecto que intenta responder a estos problemas. A mi entender, la nueva regulación ha de descansar en un análisis crítico-autocrítico de las deficiencias que presenta el actual sistema de euskaldunización. Reconociendo, eso sí, los avances habidos en el conjunto del sistema educativo, particularmente en la euskaldunización del personal docente, en la extensión del modelo D y del modelo B, que han permitido que muchos miles de jóvenes hayan podido ejercer su derecho a conocer el euskera y a recibir la enseñanza en dicha lengua. La nueva ordenación del sistema educativo bilingüe tiene que descansar, entre otros, en los siguientes principios y criterios:

a) La significación programática que se le ha de dar al objetivo del 'conocimiento práctico suficiente' del euskera señalado en la Ley de Normalización tiene que coincidir con lo que normalmente conocemos como un ciudadano bilingüe; es decir, aquella persona que posee una capacitación real para la comprensión oral y escrita, en las dos lenguas. En condiciones de poder utilizarlas como lenguas de relación y uso ordinario en las actividades habituales de la vida. Este objetivo lingüístico debe ser básico para el conjunto de la población y deberá ser entendido como el rendimiento mínimo que ha de obtener el alumno tras el periodo de escolarización obligatoria, sean cuales sean su lengua materna y las estrategias de aprendizaje aplicadas. Un objetivo básico definido por la autoridad educativa, con el máximo consenso social y político posible.

b) Considerando que los alumnos vascohablantes y los castellanohablantes presentan con respecto al conocimiento del euskera necesidades radicalmente distintas y teniendo en cuenta que la escuela ha de atender y responder a todas ellas, lo más satisfactoriamente posible, el criterio general que debe orientar las estrategias de aprendizaje y de enseñanza durante la etapa de preescolar y probablemente los primeros años de la enseñanza primaria es el de la lengua familiar del alumno. El sistema educativo debería ofrecer dos estrategias de aprendizaje básicamente distintas, aceptando que el nivel de separación lingüística que supone la aplicación de este criterio debe superarse progresivamente en la medida en que los alumnos vayan superando las previsiones en el proyecto educativo y lingüístico del centro.

La aplicación de estas estrategias ha de ser compatible con la preservación y el mantenimiento del criterio de no separación de los alumnos en aulas distintas en razón de su lengua familiar. Asimismo, dado el carácter instrumental de los tratamientos para el aprendizaje de las lenguas, su concepción o definición deberá ser abierta y flexible. Los requisitos mínimos harán referencia a las condiciones de uso de la primera y de la segunda lengua, al número de horas mínimas en cada etapa o nivel escolar, al perfil bilingüe del personal docente y a los recursos didácticos y materiales precisos. Es obvio que esta definición de las condiciones básicas o requisitos de cada estrategia de aprendizaje debe efectuarse con el máximo consenso social y político.

c) Cada centro educativo habrá de estar en condiciones de facilitar a sus alumnos los recursos y experiencias educativas disponibles, para que tengan la posibilidad real de lograr, en igualdad de medios, el objetivo lingüístico señalado. Cada escuela deberá tener legalmente reconocida la facultad de establecer en su proyecto curricular su propio proyecto de enseñanza bilingüe, que básicamente consiste en la determinación de los tratamientos lingüísticos a aplicar en el centro, teniendo en cuenta los objetivos y las necesidades lingüísticas que presentan los alumnos y desde una perspectiva integradora.

d) En el marco de estos principios la legislación educativa debería establecer, con el máximo consenso social y político, la definición particularizada de los objetivos lingüísticos a alcanzar en cada etapa o nivel educativo, a fin de establecer los mecanismos de seguimiento y control continuado de los resultados de cada alumno, así como los programas y las medidas de adaptación y refuerzo.

Ha llegado la hora de cerrar la etapa que se inició en 1983 con el Decreto 138 que regula el uso de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria y que abrió la puerta a la enseñanza bilingüe articulada en torno a los tres modelos lingüísticos. Ha llegado la hora de establecer una nueva ordenación del sistema educativo bilingüe que sea respetuosa con los principios de igualdad educativa, igualdad de oportunidades y máximo rendimiento lingüístico posible. Reconozco que no es tarea fácil, pero se puede lograr si los distintos sectores educativos y políticos realizan un ejercicio responsable de autolimitación.

Xabier Gurrutxaga