Interinos: el malo, el feo y el bueno

La UE nos ha reñido por el elevado número de empleados temporales en nuestro sector público. Resulta que no solo en las empresas, sino también en el universo teóricamente más estable del mercado laboral, nos caracterizamos por una alta temporalidad que afecta a más de 700.000 empleos de nuestras administraciones. En términos agregados, aproximadamente una cuarta parte del empleo público español tiene carácter temporal, si bien se distribuye irregularmente: en la Administración General del Estado ronda el 8%, pero el porcentaje se dispara en los niveles subestatales, donde —como sucede, por ejemplo, en el Gobierno Vasco— los interinos superan el 50%.

¿Cómo y por qué se ha llegado a esta situación? La película tiene tres actores principales a los que vamos a caracterizar como en el famoso western de Sergio Leone, aunque los presentaremos en orden inverso.

El malo es el sistema. Un sistema de función pública cuyos fundamentos se remontan a más de un siglo y que ha sido concebido de forma uniforme, regulando sobre bases similares ocupaciones tan diferentes como las de un inspector de hacienda, un médico de familia, un orientador laboral o un investigador en robótica. Esas bases, concebidas para las burocracias públicas en los albores del Estado moderno, se caracterizan por un aparato de garantías formales que convierte la gestión del empleo en rígida, lenta y escasamente eficaz, especialmente para atraer, motivar y retener talento.

Muchos gestores públicos se han visto impulsados, en ese contexto, a buscar válvulas de escape que faciliten una mejor adaptación de los perfiles, una mayor capacidad de atracción de jóvenes cualificados y una agilidad que los procesos reglados de reclutamiento y selección no permiten, y han creído encontrar ese atajo en la contratación de interinos. El problema es que, aunque los interinos fueron pensados para cubrir transitoriamente las vacantes (en principio por periodos inferiores al año), han tendido a perpetuarse y convertirse en un nutrido segmento, de las plantillas públicas, más flexible, pero en precario.

A esta extensión y enquistamiento del problema ha contribuido destacadamente el segundo protagonista, el feo, que no es otro que la política. A medida que, desde los años ochenta del pasado siglo, nuestro Estado de bienestar fue expandiéndose y desplegándose a través de los nuevos poderes territoriales, creando cientos de miles de nuevos empleos, el atajo de los interinos se convirtió en una golosa tentación para los operadores políticos. El manejo del empleo público como recurso político es tan viejo como el Estado moderno, y un sistema como el nombramiento interino, rápido y desprovisto de muchas de las farragosas exigencias de los arreglos funcionariales, es maná para las políticas de clientela y para la colocación de afines a la ideología, el partido, la familia política o la persona. Y a fe que ha sido intensamente utilizado.

El papel de bueno de la película se lo han autoadjudicado los sindicatos del sector público. Los interinos son hoy un colectivo amplio y movilizado, carburante de alto octanaje para una afiliación sindical que languidece. La consolidación del empleo de los interinos se ha convertido en la causa laboral por antonomasia en las administraciones, en la que sindicatos y gobiernos acostumbran a coincidir. Es una causa que colisiona con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a funciones públicas. Por ello, los procesos de “aplantillamiento” se han visto más o menos dificultados por la acción de los tribunales y se han desarrollado en muchos casos en fraude de ley, lesionando las expectativas de muchos ciudadanos que han concurrido a una oposición supuestamente libre y se han encontrado con que las plazas, de hecho, estaban ocupadas.

Ese tipo de procesos cierran el círculo. Lo que nació como excepcional y transitorio se transformó, por diversas razones, en un atajo de uso ordinario, y las presiones de los afectados y sus valedores consolidaron la práctica como integrante estructural del modelo de empleo. Para que se nos entienda, en la actualidad hay administraciones, como la catalana, donde el modo ordinario de acceso no es la oposición libre, sino el nombramiento interino. La oposición sirve después —normalmente transcurridos varios años— como un modo de consolidar la relación de empleo previamente creada.

De lo dicho se desprende que, para resolver el desaguisado, se debería actuar sobre sus causas. De entrada, habría que flexibilizar el modelo de empleo público y hacerlo menos uniforme y más ágil. También, poner coto a la interferencia política y la colonización del empleo público por los partidos. Y, por último, reequilibrar las relaciones laborales, evitando la extralimitación sindical en la fijación de las políticas de recursos humanos del sector público. Una agenda reformadora tan exigente como urgente.

Francisco Longo es profesor de ESADEgov, centro de Gobernanza Pública de Esade.

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