Justicia e informes psiquiátricos

Una persona inimputable porque padece, realmente, una enfermedad mental que afecta gravemente a sus facultades intelectuales o volitivas, si comete un hecho delictivo, no es culpable y no se le puede imponer una pena. A los inimputables únicamente se les puede imponer una medida de seguridad (internamiento en centro psiquiátrico). Si a estas personas se les impone una pena, se estaría condenando a una persona no culpable por ser inimputable. Este proceder sería anticonstitucional.

Nuestros médicos forenses, encuadrados en el prestigioso Cuerpo de Médicos Forenses creado por el político, escritor y primer catedrático de Medicina Legal en la Universidad Complutense de Madrid, Pedro Mata y Fontanet (1811-1877), emiten informes psiquiátricos, lo que legalmente pueden hacer en materia penal, civil, etc., pero en su inmensa mayoría no están debidamente especializados en Psiquiatría. Realizan cursillos relacionados con la Psiquiatría, por ejemplo, en la Escuela de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, que tienen una duración media de dos días; también realizan cursos ‘online’ de aproximadamente un mes, etc. Sin embargo, como decíamos antes, carecen de la debida especialización médica en Psiquiatría.

Según el Ministerio de Justicia, el número de médicos forenses en España, incluidos los interinos, es de 1096, desconociendo el Ministerio si alguno de ellos está especializado en Psiquiatría, ya que no se exige para ingresar en el Cuerpo de Médicos Forenses.

Estoy realizando un estudio sobre la imputabilidad con la finalidad de mejorar la Administración de Justicia y, según datos que he solicitado a la Comunidad de Madrid, existen en la misma 150 médicos forenses (62% funcionarios de carrera y 38% funcionarios interinos) y únicamente 2 médicos forenses especializados debidamente en Psiquiatría, lo que es totalmente insuficiente, por lo que la práctica de la prueba pericial psiquiátrica forense se realiza mayoritariamente, de forma habitual, por médicos forenses no especializados debidamente en Psiquiatría. Este problema está generalizado y se plantea en idénticos términos (o incluso peores) en el resto de las comunidades autónomas. Así, por ejemplo, en el Instituto de Medicina Legal de Aragón ningún médico forense está especializado en Psiquiatría.

Esta situación no es convincente y es preciso corregirla, ya que: 1.- Nuestros Jueces y Tribunales no podrán apreciar en su plenitud la imputabilidad o inimputabilidad de una persona. 2.- La Administración de Justicia se distingue por ser una administración altamente formalizada. 3.- La prueba pericial forense de carácter psiquiátrico realizada por médicos forenses generalistas no especializados debidamente en Psiquiatría no reúne las debidas garantías para las personas y para la propia Administración de Justicia.

Por otra parte, podemos indicar, pero solamente como un mero indicio y nunca como causa-efecto probado en relación con el problema que expongo, que actualmente más del 30% de las personas que cumplen penas en centros penitenciarios sufren algún tipo de anomalía o alteración psíquica. Se trata de un porcentaje altísimo.

El Ministerio de Justicia ha tratado de corregir este grave problema de cara al futuro, por medio de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el sentido de que para acceder al Cuerpo de Médicos Forenses se exigirá, además de estar en posesión del título de licenciado o graduado en Medicina (único requisito que se exige en la actualidad), el de especialista en Medicina Forense. Sin embargo, este requisito de la especialidad de Medicina Forense ha quedado en suspenso hasta que así lo determine el Ministerio de Justicia, una vez concluyan su formación por el sistema de residencia al menos la primera promoción de estos especialistas y se haya desarrollado la vía transitoria de acceso a dicho título para quienes acrediten una experiencia profesional, como funcionarios del Cuerpo de Médicos forenses, no inferior a la duración del programa formativo.

Pero sucede actualmente que: 1.- Aún no se ha publicado el programa formativo de la especialidad de Medicina Forense (cuatro años), por tanto la primera promoción especialista saldría, aproximadamente, hacía el año 2021 o 2022. 2.- La especialidad de Medicina Forense va a contener materias muy heterogéneas (Tanatología, Toxicología, Traumatología, Obstetricia y Ginecología, Anatomía macroscópica, Biología, Psiquiatría, etc.), por lo tanto no tendremos médicos forenses especializados verdadera y debidamente en Psiquiatría en un sentido médico estricto, a no ser que se estableciera una especialización psiquiátrica dentro de la futura especialidad de Medicina Forense. Como vemos, la situación es anómala y grave y sería preciso corregirla con carácter urgente. De cara al futuro, continuará siendo insatisfactoria en relación con la Psiquiatría, ya que el problema continuará igual, pero algo mitigado.

Juan Felipe Higuera Guimerá, catedrático de Derecho Penal (Universidad de Zaragoza).

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