Justicia para las víctimas de ETA

Ayer fue un mal día para quienes creen que el papel del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es corregir los fallos de la justicia española. Estrasburgo dictó que rechazaba la petición de varios etarras presos de descontar del tiempo máximo de prisión el periodo que pasaron en cárceles francesas. Las víctimas de ETA acogimos con cierta incredulidad esta sentencia: esperábamos que fuese favorable a los intereses de los etarras, teniendo en cuenta que este mismo tribunal, hace cinco años, dio la razón a la sanguinaria etarra Inés del Río ordenando que no se le aplicase la doctrina Parot y, por tanto, su excarcelación inmediata.

Los terroristas de ETA han interpuesto demandas en múltiples ocasiones en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos al considerar que la justicia de nuestro país está guiada por deseos de venganza, por una supuesta maldad intrínseca del Estado y por la aplicación de unas leyes y políticas "de excepción".

Sin embargo, al contrario de lo que el entorno de ETA pueda vocear, si de algo ha pecado la justicia en nuestro país respecto a los etarras no ha sido precisamente de dureza. Basta con comprobar cuántos años de condena efectiva cumplen los terroristas de ETA por cada uno de los asesinatos que han cometido. Pongo algunos ejemplos: el etarra Iñaki de Juana Chaos fue condenado por veinticinco asesinatos y estuvo diecinueve años en prisión; el que fue uno de los jefes militares de ETA, Santiago Arróspide Sarasola, en libertad desde el pasado mes de agosto, estuvo treinta y un años en la cárcel cuando tenía al menos cuarenta crímenes a sus espaldas. La justicia gala, sin embargo, condenó al etarra Ibón Fernández Iradi a treinta años de prisión por haber herido a un gendarme y estableció un periodo de cumplimiento mínimo de veinte años antes de que pudiera pedir la puesta en libertad. ¿Dónde está la dureza de la justicia española?

Esta nueva sentencia del TEDH ratifica que la justicia solo intenta ajustar el cumplimiento de penas a la gravedad de los delitos cometidos. Europa no ha obviado que los delitos cometidos por los etarras en Francia -pertenencia a banda armada, tenencia de armas y de documentación falsa- son de distinta naturaleza que los que han llevado a cabo en España, los más graves de nuestro Código Penal: atentados terroristas con resultado de muerte o lesiones. Implica, por tanto, que se ha defendido en Estrasburgo nuestro Estado de derecho, nuestro ordenamiento jurídico y las razones para su mantenimiento. Qué atrás quedaron los tiempos en que el juez Luis López Guerra se posicionaba abiertamente a favor de las demandas de los terroristas de ETA: los tiempos de la derogación de la doctrina Parot.

Conviene recordar, no obstante, que la sentencia que dictó Estrasburgo hace cinco años solo ordenaba la excarcelación de la terrorista Inés del Río. El anterior Ejecutivo quebrantó el principio fundamental de nuestro Estado de derecho -la separación de poderes- y ordenó a la Audiencia Nacional que llevara a cabo la aplicación extensiva y urgente de la sentencia de Inés del Río a casi un centenar de etarras. Como en España no existe un procedimiento para ejecutar las sentencias de Estrasburgo, esos etarras deberían haber interpuesto un recurso de revisión ante el Tribunal Supremo -el órgano judicial competente para ello-, al igual que el resto de ciudadanos, con el coste económico y de tiempo que eso implica. Esta maniobra, que supuso la excepción del Estado de derecho, fue la verdadera derogación de la doctrina Parot, la que tanto sufrimiento nos provocó a las víctimas de ETA, y no la excarcelación de Inés del Río.

Esta mentira orquestada solo podía obedecer a un final de ETA negociado. El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero consiguió el "cese definitivo de la actividad armada" de ETA a cambio de tres exigencias: la legalización de sus brazos políticos, la excarcelación de terroristas y un final sin vencedores ni vencidos. Otegi dio pistas de estas imposiciones durante la falsa tregua del 2006: "Instrumentos del pasado como la Ley de Partidos o la doctrina Parot han de ser desactivados si queremos construir un proceso de diálogo multilateral", dijo el líder de la izquierda abertzale. En sus palabras se podía atisbar el chantaje de la banda terrorista al Estado de derecho: paz por presos, paz por impunidad, paz a cambio de amnistías encubiertas.

Los brazos políticos de ETA se legalizaron en 2011 y 2012, la primera excarcelación masiva de etarras se produjo en 2013 con la derogación de la doctrina Parot y este año hemos visto cómo la banda terrorista se ha disuelto como ha querido y cuando ha querido, sin la foto del final de ETA protagonizada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Como lo único que nos queda por ver para que se cumplan todas las exigencias de ETA es que se vacíen las cárceles de etarras, las víctimas nos habíamos puesto en el peor escenario posible: esperábamos que, con un nuevo aval de Estrasburgo, se produjese una segunda excarcelación masiva de etarras. Sin embargo, nuestros peores presagios no se han cumplido y, contra todo pronóstico, ayer fue un día en el que las víctimas de ETA recuperamos de nuevo la confianza en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Consuelo Ordóñez es presidenta del Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite).

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