Justicia y delito sexual

Que el ahora acusado de la muerte de una niña en Huelva tuviera condenas por delitos sexuales sin cumplir revela errores institucionales que van más allá de cómo tratar la delincuencia sexual. El fallo del sistema es estrepitoso: las sentencias deben cumplirse en sus términos, porque la Administración de Justicia es un servicio público del Estado que tiene el monopolio en la resolución de conflictos ciudadanos. Y, para prestarlo, además de la diligencia en los trámites judiciales y en las órdenes de busca y captura, no puede ser tan difícil la conexión informática de todos los órganos judiciales de España y de estos con las policías, cuando --doy fe-- el Ministerio de Hacienda, gracias a su sistema informático, es capaz de detectar si no declaramos lo que cualquiera consideraría un regalo, pero el Fisco califica como pago en especie, concepto en el que incluye una cacerola regalada por una entidad bancaria.

El incumplimiento de las sentencias es tan grave que debería haber desplazado cualquier debate sobre la supresión de beneficios penitenciarios a los delitos sexuales, la cadena perpetua o el endurecimiento de las penas. Porque ¿de qué penas hablamos? ¿De esas que, una vez impuestas, no se está en condiciones de hacer cumplir? Lo que ha pasado no tiene nada que ver con la duración de la pena ni afecta solo a los delitos sexuales, porque también es grave que no se cumpla una pena por estafa o delito fiscal. Pero no: otra vez se piden penas más duras, como si ahí estuviera el problema, en ese absurdo crónico en el que ha caído el debate político criminal en este país.

El debate sobre el tratamiento penal de la delincuencia sexual es otro, y debería abordarse teniendo en cuenta que cualquier solución que se proponga es absurda si el sistema judicial no es capaz de aplicarla. No niego que hay un problema en los casos en que hay pronóstico de reincidencia tras cumplirse la condena, pero no estaría de más recordar que, mientras la media de reincidencia general es del 38%, en los delincuentes sexuales que reciben tratamiento psicológico es del 5%. Solo para saber de qué estamos hablando, aunque a las víctimas no pueda servirles de consuelo.

Una comisión de expertos nombrada por la Generalitat de Catalunya ha elaborado propuestas con las que responder a la alarma que genera la excarcelación de delincuentes sexuales tras cumplir su condena. Algunas son polémicas, pero el informe es ponderado y, afortunadamente, se muestra indiferente a propuestas inconstitucionales como la cadena perpetua o directamente aberrantes como la de los registros públicos de pederastas y violadores, que en algunos estados de Estados Unidos llegan a figurar en internet, a disposición de cualquiera que se crea con derecho a hacer justicia por su cuenta. Quienes exigen estos registros accesibles al público, en el fondo pretenden suplantar al Estado en el control de estos sujetos. Creo que no hay que caer en esta trampa privatizadora, sino exigir al Estado que modernice sus instrumentos de control y que haga su trabajo, que para eso pagamos impuestos.

La misma comisión propone la libertad vigilada después del cumplimiento de la condena y el tratamiento hormonal inhibidor, siempre que sea consentido y se acompañe de tratamiento psicológico, "en los casos en que esté indicado", lo que supone reconocer que, en algunos, no lo está. Eso es lo que dicen otros expertos sobre la delincuencia sexual violenta, en los que el tratamiento farmacológico puede, incluso, estar contraindicado, porque con la inhibición de la sexualidad la violencia se ejerce de otra manera, incluso con el homicidio. En todo caso, parece que los efectos secundarios de estos tratamientos aún no están claramente descritos y su grado de eficacia es limitado, por lo que no pueden considerarse una panacea.

Las propuestas del informe catalán se dirigen al problema planteado, lo que no debería ser una virtud especial, pero de hecho lo es, ante tanta propuesta disparatada. Si el problema es la reincidencia, hay que trabajar sobre sus causas, sin perderse en la duración de la pena. Utilizar razonablemente algo tan impopular como la libertad condicional para que los delincuentes sexuales se incorporen progresiva y no bruscamente a la libertad, porque está demostrado que ello disminuye la reincidencia.

Pero toda propuesta necesitará de actitudes sociales e institucionales que no la saboteen. La de unos medios de comunicación que renuncien al sensacionalismo e informen con racionalidad, evitando --como ha ocurrido-- dificultar la reinserción de algún condenado con buen pronóstico. La de los ciudadanos, que deben asumir que el riesgo cero no existe y que el Derecho solo puede disminuirlo al mínimo y, desde luego, la de los encargados de inspeccionar la justicia y hacer que funcione. La falta de medios económicos no exime al Consejo General del Poder Judicial de cumplir sus funciones de gobierno de la justicia. Sobre todo, teniendo en cuenta el tiempo que últimamente a dedicado a elaborar dictámenes contra las leyes que nadie le pedía, a discutir sobre el matrimonio homosexual o a abrir diligencias contra unos jueces críticos con las incongruencias de las leyes penales que deben aplicar.

Mercedes García Arán, catedrática de Derecho Penal.