¿'Justismord' a la española?

Tengo que preguntarle a Casimiro García-Abadillo si el motivo último que le impulsó a traerme el otro día un DVD con la película Call Northside 777 -«Mírala cuando puedas...te va a encantar»- fueron las artimañas del director del Chicago Times, interpretado por Lee J. Cob, para motivar a su equipo en el periodismo de investigación o más bien la evolución del reportero que lleva el peso del caso, encarnado nada menos que por James Stewart, al pasar de un distanciado escepticismo inicial al obsesivo compromiso con la búsqueda de una verdad que percibe y no termina de encontrar.

El matiz tampoco es decisivo porque ambos están juntos en la escena en la que los representantes del establishment político del estado de Illinois les acusan de «destruir la confianza del público en las instituciones para vender periódicos». ¡Cuántas veces no habremos oído eso en los últimos treinta años! Y aunque es el reportero el que responde -con una mezcla de cinismo y candor intransferible a cualquier otra actividad- que es cierto que «tal vez la cosa empezó siendo así, pero ya no lo es», el director asiente a su lado entre las volutas del humo de su pipa.

Más importante, de hecho, que el porqué es el cuándo. La película no ha podido llegar a mis manos en un momento más oportuno, pues la primera objeción que nada más empezar se cruza ante el empeño indagador del Times es que el Tribunal Supremo ya ha revisado el caso y dictado una sentencia definitiva. Exactamente lo que acaba de suceder con el 11-M.

Ñoñamente distribuida en España con el título de Yo creo en ti, Call Northside 777 es en efecto una película deliciosa, casi contemporánea y por lo que veo poco menos que gemela de Deadline USA, aquella inolvidable cinta, traducida como El cuarto poder, en la que Bogart hacía escuchar por teléfono al mafioso local el sonido de la rotativa, imprimiendo las pruebas de sus crímenes. Todo sugiere en realidad que Richard Brooks se inspiró en 1952 en el trabajo que había hecho Henry Hathaway en 1948 al llevar hasta las últimas consecuencias en Deadline USA el homenaje al periodismo como contrapoder y última esperanza de los ciudadanos más débiles que ya quedaba perfilado en Call Northside 777.

No hablo a humo de pajas. Por si hiciera falta un pretexto para que el cinéfilo y el amante del buen periodismo revisaran ambos filmes les hago partícipe de mi extasiado descubrimiento. ¿De qué me suena esa cara...?, me preguntaba yo nada más poner el DVD. Hasta que -¡eureka!- di con ello. Resulta que es la misma actriz -Kasia Orzazewski- la que en las dos películas interpreta el papel secundario clave para inspirar simpatía hacia la prensa.

Su personaje es casi idéntico en los dos casos: una anciana inmigrante de origen centroeuropeo que confía en el periódico en el que ha aprendido a leer. En Deadline USA será la señora Schmidt, o sea, la madre de la chica asesinada que aguarda durante horas en la antesala del director para entregarle la agenda de su hija. En Call Northside 777 es Tillie Wiecek, la abnegada asistenta por horas que friega suelos para probar la inocencia de su hijo y deposita sus esperanzas a partes iguales en la protección de la Virgen María y en el celo investigador de James Stewart. La única diferencia es que esta película fue el fiel reflejo de un hecho real.

Todo empezó el 10 de octubre de 1944 cuando la señora Majczek (Wiecek en la película) insertó un anuncio en el periódico ofreciendo 5.000 dólares de recompensa -todos sus ahorros- a quien aportara alguna pista sobre los verdaderos autores del asesinato de un policía cometido 12 años antes por el que habían sido condenados su hijo y un amigo, criminalizados por su perfil de polacos problemáticos. El curtido reportero James McGuire comenzó escribiendo lo que para él no era sino «una pequeña historia agradable de interés humano» sobre los límites de la abnegación de una madre, pero fue enganchándose en el caso hasta descubrir pruebas de cómo la policía había manipulado a la testigo de cargo clave.

El gobernador del estado tuvo que perdonar a Majcek e indemnizarle con 24.000 dólares que en justa correspondencia el buen hijo entregó íntegramente a su madre. Un final de película. Pero la historia, además de haber pasado al cine, figura como un caso de estudio en el Centro sobre Condenas Erróneas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Northwestern.

Se trata de un instituto especializado en la investigación de las causas de las equivocaciones judiciales o episodios de lo que técnicamente se conoce como justismord. Tal vez por la especial sensibilidad escandinava hacia la protección de los derechos humanos, la expresión procede del noruego y su traducción literal sería nada menos que «crímenes de la Justicia». Originalmente se empleaba para referirse a los condenados a muerte cuya inocencia quedaba demostrada a título póstumo -es decir después de la ejecución-, pero al haberse abolido la pena capital en toda Europa y gran parte del mundo el término sigue utilizándose por extensión cada vez que nueva evidencia demuestra la condena de un inocente.

De esta forma entre los más célebres ejemplos de justismord se consignan desde el caso Dreyfuss hasta los de los Seis de Birmingham o los Cuatro de Guildford. Bajo el epígrafe de España se citan el Crimen de Cuenca y el mucho más reciente caso Wanninkhof, en el que Dolores Vázquez fue condenada y permaneció en prisión hasta que las pruebas de ADN la exoneraron. Pronto tendrán que añadir al menos los cuatro años y medio de prisión padecidos por Galyoun, Almallah y El Akil, a quienes Gómez Bermúdez y sus compañeros -arrastrados por su perfil islamista o tal vez sólo musulmán- condenaron sin pruebas.

En la página web de ese centro universitario de Illinois, bajo el epígrafe Causas y remedios, se afirma taxativamente que «las identificaciones equivocadas de testigos oculares, tanto cuando son de buena fe como fruto del perjurio, son la principal causa de condenas erróneas en el sistema judicial de los Estados Unidos». Y se añade: «Nunca sabremos la dimensión del problema de los testimonios erróneos porque sólo es visible en los contados casos en los que después puede acreditarse la inocencia».

Cualquiera diría que las soluciones que a continuación se plantean parecen orientadas a impedir las manipulaciones policiales que dieron pie a la condena de Majcek, tal y como las reconstruye la película, y que tal vez han podido determinar la condena de Jamal Zougam, tal y como las comenta la sentencia del Supremo. Básicamente se propone una regulación legal de las diligencias de identificación durante la fase de investigación de un delito, de forma que la policía no pueda exhibir al sospechoso ante una testigo con anterioridad a la rueda de reconocimiento, como descubrió el Chicago Times que había sucedido, o que tampoco se puedan desplegar series de fotografías con una más grande que las demás o con una siempre en primer lugar, como ha ocurrido con Zougam.

El Supremo alega que todo eso carece de importancia, pues lo decisivo es que la identificación se confirme o no durante la vista oral. Pero a ver quién es el guapo de a pie -no digamos nada si eres inmigrante en situación dudosa- que se atreve a desdecirse cuando se le exhibe lo declarado y rubricado ante la Policía. Y, claro, como la jurisprudencia establece que, a diferencia de los testimonios de coimputados, las declaraciones de testigos oculares no requieren de ninguna corroboración adicional para dar paso a un veredicto de culpabilidad si resultan convincentes para el tribunal; y como la casación no es un segundo juicio en el que se pueda revisar esa credibilidad, pues, a partir de ahí, barra libre para que el policía que quiera incriminar incrimine, el fiscal que quiera imputar impute y el juez que quiera condenar condene.

El mejor antídoto frente a la justismord es, naturalmente -y así lo apuntan los expertos legales de la Universidad de Northwestern- el buen funcionamiento de la Policía Científica. En los 60 años que han transcurrido desde que se rodó Call Northside 777 el avance de la tecnología ha sido tal que las escenas en las que se trata de resolver el enigma ampliando un fragmento de una foto para identificar la fecha de la portada de un periódico que lleva un niño que acompaña a Wieczek-Majcek, a la testigo de cargo y a un par de policías, sólo producen ternura.

La pasión por el descubrimiento de la verdad es, sin embargo, la misma y la expectación que Hathaway pinta en el rostro de los periodistas, políticos y jueces que asisten al revelado de la foto mientras van dibujándose los rasgos de la fecha que demostrará el montaje contra el condenado, es sin duda intercambiable con la que debieron sentir los peritos designados por el tribunal del 11-M para analizar los exiguos restos de los focos de los trenes cuando en su cromatógrafo fueron apareciendo las huellas del dinitrotolueno y la nitroglicerina.

La diferencia en el desenlace estriba, claro está, en que cuando ni siquiera los hallazgos científicos son manejados imparcialmente el presunto antídoto puede convertirse incluso en un amplificador de la justismord. En este sentido produce vergüenza ajena contemplar calcificadas en la sentencia firme del Supremo dos afirmaciones objetivamente falsas incluidas por Gómez Bermúdez en su relación de hechos probados: que el análisis cuantitativo de esos restos de los focos de los trenes avala la tesis de que estalló Goma 2 ECO y que la presencia de esas otras sustancias ajenas a la composición de este explosivo cabe atribuirla a la existencia de algunos cartuchos de Goma 2 EC en Mina Conchita, cuando lo cierto es que todos los peritos coincidieron en la imposibilidad de ofrecer resultados cuantitativos de los focos por lo exiguo de la muestra y cuando lo cierto es que en el sumario consta que desde el año 92 el fabricante de la Goma 2 EC había dejado de incluir nitroglicerina en su composición.

¿Error del presidente del tribunal de instancia o mala fe para cuadrar el círculo? Lo irrebatible es que con el desguace de los trenes se destruyeron -«sorprendentemente» según el Supremo- pruebas decisivas, lo irrebatible es que existió un intento de manipular la instrucción introduciendo al menos una prueba falsa en el caso del Skoda Fabia, lo irrebatible -como acredita la llamada sentencia del bórico- es que existía una consigna «de la superioridad» para eliminar de la información suministrada al juez aquello que no encajara con la idea preestablecida de los hechos.

Es imposible no tener en cuenta todos estos antecedentes a la hora de analizar una sentencia del Supremo que al confirmar la absolución de los presuntos cerebros, al disminuir aún más el número de condenados y sobre todo al reducir a los integrantes de la ya literalmente desintegrada célula de Leganés a la insularidad y la autodeterminación de los terroristas «independientes», más parece haber hecho un control intelectual de daños que otra cosa. Quedan a salvo los escasos aspectos salvables desde la verosimilitud jurídica de la versión oficial de la Fiscalía, pero no queda ni mucho menos acreditado un relato fáctico medianamente coherente y consistente de lo ocurrido.

Puesto que el propio ponente Miguel Colmenero ha querido dejar constancia de la propia falibilidad al advertir que es preciso contemplar esta sentencia «dentro de los límites de la condición humana», nada tan lícito como compatibilizar su respetuoso acatamiento con la duda de si, a falta de otros culpables, no estamos en el caso de Trashorras y sobre todo en el de Zougam ante dos nuevos episodios de justismord a la española.

Cabe recordar, en relación al ex minero, que Gómez Bermúdez comentó con un miembro del Poder Judicial que se inclinaba por condenarle sólo por tráfico de explosivos y que en el último momento cambió de criterio; y también que la sentencia del Supremo subraya la importancia que ha tenido en su condena el testimonio de El Gitanillo, condicionado sin duda por el pacto con la Fiscalía que muy pronto le pondrá en la calle. Respecto a Zougam nunca sabremos si había restos de su ADN en los trenes, pero es elocuente que no los hubiera en ninguno de los otros escenarios en los que sí dejaron rastro los miembros del comando al que supuestamente pertenecía; y también lo es que todas sus relaciones con ellos sean de carácter indirecto o en todo caso periférico. ¡Qué grupo tan raro el de esta desorganizada «organización terrorista independiente» de Leganés!

Salvo los flecos aún pendientes en la Audiencia, estamos técnicamente ante un caso cerrado, pero en nuestra inteligencia y en nuestra conciencia el desafío sigue abierto. El Chicago Times logró poner en evidencia los errores judiciales del caso Majcek 13 años después de los hechos y 10 años después de la sentencia del Tribunal Supremo de Illinois. Tres ingredientes contribuyeron a ello según el relato que antecede a la palabra Fin en Call Northside 777: «La fe de una madre, el coraje de un periódico y la negativa a conformarse con la derrota de un reportero». Lo de la madre no depende de nosotros.

Pedro J. Ramírez, director de El Mundo.