La equiparación de las normas fiscales vascas

La Constitución española, en su Disposición Adicional, el Estatuto de Gernika en su artículo 41 y el propio Concierto Económico establecen que son los Territorios Históricos (juntas generales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) los competentes en materia fiscal, tanto para aprobar las normas como para ejecutarlas, es decir, cobrar los impuestos. El Parlamento vasco sólo tiene capacidad armonizadora.

Además, cada una de las juntas generales es competente para aprobar lo que estime conveniente, dándose hoy la paradoja de que el Impuesto sobre el Patrimonio sólo está vigente en Guipúzcoa y, en IRPF, el tipo máximo en el País Vasco es dos puntos superior al del resto de España.

Es evidente que al redactar la Constitución nadie se percató de algunas paradojas, como por ejemplo que la Constitución establezca la reserva de ley en materia fiscal (art. 31 y otros), es decir, que debe ser una ley la que regule los impuestos y, por el contrario, las juntas generales no son 'parlamentos autonómicos' y parece que no pueden aprobar leyes. Por ello, los tribunales de lo contencioso elaboraron la teoría de que las normas fiscales vascas eran reglamentos pero que regulaban materia legal (es decir, hay que pagar impuestos, pero no tienen rango de ley), y ello implica que hoy cualquiera puede recurrirlas.

Solución: Que las normas fiscales vascas tengan el mismo tratamiento que las de cualquier otra comunidad autónoma, ni más ni menos.

La Constitución, en su artículo 161.1, dice: «El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer: Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley (. ) y de las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas». Por tanto, sin ser catedrático de Derecho Constitucional, es bastante evidente que si se incluye en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, éste sería competente, sean o no leyes formales las normas forales fiscales.

Esta solución es la planteada a instancia de las Juntas Generales de Vizcaya (gobierno del PNV) y de Álava (gobierno del PP), que instaron al Parlamento vasco para que éste a su vez inste al Congreso a reformar la Ley del Tribunal Constitucional, en el sentido de incluir las normas forales fiscales en su materia decisoria. Esto es lo que hoy está planteado en el Congreso de los Diputados, aprobado en el Parlamento vasco por unanimidad (PNV-PSOE-PP-EA-IU), salvo Batasuna, y con ciertos 'trapicheos' del PNV para 'apropiarse' de la iniciativa.

Asimismo, a día de hoy, el Tribunal de Luxemburgo ha dictado sentencia estimando la capacidad normativa del Concierto en la UE. Todos los recursos planteados se han esfumado.

El PNV quiere 'vender' que es el único que defiende el Concierto, cuando el único proyecto que lo suprimía era el plan Ibarretxe, (en su Estado asociado no hacía falta concierto, además era el Parlamento vasco el que dictaba las leyes fiscales cargándose la foralidad), está hablando de 'blindar' el Concierto, cuando éste está blindado por la Constitución, por el Estatuto y ahora por Estrasburgo.

Por otro lado, dirigentes políticos de comunidades limítrofes utilizan el argumento de 'rechazo a aprobar privilegios y petición de igualdad'. La realidad es que no se trata de privilegiar nada, sino todo lo contrario, es decir, que las normas fiscales del País Vasco tengan el mismo tratamiento que las de La Rioja, Cantabria o Castilla y León.

Todo lo lía más el PNV al plantear este tema como intercambio de cromos con Zapatero a cambio de los Presupuestos. Quiere apropiarse de la bandera del Concierto Económico. Pero fue el PNV el que, en la LTH, colocó un artículo (6,2) que dice que sólo las normas aprobadas por el Parlamento tienen rango de ley, dejando abierta la puerta a los recursos.

Algunos pretenden poner en duda nuestro compromiso con el Concierto, que existe desde antes de que existiera el PNV, y sería bueno recordarles que ya en tiempos de AP (año 1983) se interpuso recurso al Constitucional en salvaguarda de los derechos de los Territorios Históricos frente al Gobierno vasco. Precisamente el TC estableció en él el llamado «núcleo intangible de la foralidad».

El Partido Popular ha sido el máximo apoyo del Concierto Económico y no sólo por la continua postura valiente y decidida durante ocho años del Gobierno de Ramón Rabanera, sino con hechos:

- En 1996, con un Gobierno del Partido Popular en Madrid, se consiguió la plena capacidad normativa en el IRPF y la cesión de la recaudación de los Impuestos Especiales con la abstención del PSOE. Las demás comunidades ya tenían cierta capacidad (financiación autonómica Gobierno PP).

- Con la firma de la 'paz fiscal', con el ministro Rato en enero de 2000, se retiraron los más de noventa recursos interpuestos por el Estado (Felipe González) contra normas tributarias vascas.

- A fines de 2001, el Gobierno del PP «prorrogó unilateralmente», en palabras del Gobierno vasco, el Concierto Económico, ya que se negaban a firmar la renovación del mismo. No hace falta recordar el plante que dio el Gobierno vasco a la firma, dejando al Gobierno de España y a los tres diputados generales con un palmo de narices.
- En 2002, también con el Partido Popular gobernando en España, se renovó el Concierto Económico con la más importante modificación: pasar a tener una duración indefinida.

Éstas son algunas actuaciones concretas, quizás las más importantes en la historia del Concierto, que el PP ha llevado a cabo en los últimos años, además de defender en la UE el propio Concierto cuando ha sido necesario. Y no tengan ninguna duda de que es lo que haremos el martes en el Congreso.

Carlos Olazábal Estecha, portavoz del PP en las JUntas Generales de Vizcaya.