La hoja de ruta

Últimamente me preguntan con frecuencia qué pasaría si llegara a activarse la Hoja de Ruta (HR) independentista. Hay datos para esbozar algunas conjeturas. Conocemos la HR (Full de ruta unitari del procés sobiranista catalá, de 30 de marzo de 2015) y conocemos las leyes vigentes. Habría, probablemente, múltiples efectos extrajurídicos de orden político, económico e incluso de psicología colectiva, imprevisibles y no desdeñables. Los efectos jurídicos de ese imaginario despliegue de la HR soberanista, sin embargo, sí son predecibles, en la medida en que las leyes son precisas.

La HR define su voluntad de desconexión declarando el propósito de ejercer los actos de soberanía necesarios para construir el nuevo país, y afirmando que el proceso no quedaría supeditado a la legalidad vigente o a eventuales impugnaciones. Diga lo que diga la HR, el proceso estaría inevitablemente supeditado a la legalidad vigente porque las leyes solo se derogan por otras posteriores, nunca por declaraciones políticas. En cuanto se efectuara un acto de soberanía de relevancia jurídica, de efectiva desconexión, sería inmediatamente impugnado, suspendido y probablemente anulado. Al ser nulo carecería de eficacia jurídica, no afectaría a los derechos de los ciudadanos y no obligaría a ninguna autoridad ni funcionario público municipal, autonómico ni estatal. Más aún, estos tendrían obligación legal de no acatarlo, a riesgo de incurrir en un posible delito de desobediencia y consecuente inhabilitación. Por eso nadie ha presentado recurso contra esta insólita declaración, porque no es un acto administrativo ni una norma legal. Sólo es una simple declaración de voluntad política, jurídicamente irrelevante.

Seguidamente, la HR propone la elaboración de un proyecto de Constitución de forma participativa. Esto es compatible con una actividad de estudio eminentemente teórica y cívica que no infringiría la legalidad vigente. El problema no surgiría durante ese lícito proceso de elaboración constitucional. Surgiría después, cuando se pretendiera la puesta en vigor de la Constitución independentista desconectando de la Constitución española a las instituciones y ciudadanos de Cataluña.

Otra propuesta consiste en la creación de las estructuras necesarias del nuevo Estado. Una parte de estas estructuras ya está creada y en funcionamiento. Son todas las instituciones de la Generalitat. Otra parte la conforman las instituciones del Estado en Cataluña, sobre las que los firmantes de la HR carecen de capacidad de desconexión. La creación de una réplica independizada de las actuales instituciones estatales, con sus plantillas funcionariales, ya ha tropezado con impugnaciones paralizantes. Por todo ello, para los firmantes de la HR, el problema no residiría solo en la adaptación o creación de estas estructuras o instituciones. El problema surgiría cuando se pretendiera la efectiva desconexión de unas y otras del actual Estado para su posterior inserción en el proyectado Estado independiente.

La HR concluye, irónicamente, proclamando su actitud expectante respecto a la alternativa de un referéndum vinculante, alternativa que, como es sabido, los independentistas consideran a todas luces improbable, hoy por hoy. Por eso, la Assamblea Nacional Catalana, coherente con su ideario, ante la previsible inviabilidad de una desconexión progresiva y negociada, ha sugerido la eventualidad de propugnar la desobediencia civil. Pero la desobediencia tendría que ser prolongada y generalizada, no solo de la sociedad civil catalana sino también de las autoridades y funcionarios, incluidos los estatales en Cataluña. Por todo esto, la vía de la desconexión-ruptura parece especialmente conflictiva e irrealizable.

Si me volvieran a preguntar qué pasaría si ganan los independentistas, ante todo diría que, de ellos, no hay que temer desmanes ni excesos. Siendo muy dispares, todos son pacíficos demócratas, y casi todos prudentes. Diría que de su HR no puede deducirse nada concreto, más allá de declaraciones insólitas, imprecisas e insuficientes, jurídicamente irrelevantes. Diría que la cuestión no estaría en la problemática viabilidad del Estado recién nacido y su inserción internacional, sino, antes, en su propio nacimiento. Porque no concretan cómo sería el momento de la desconexión, que es lo que, dentro y fuera de Cataluña, genera mayor preocupación, si sería una desconexión-ruptura, unilateral y súbita, o una desconexión negociada y progresiva. En todo caso, en algún momento, implicaría sobrepasar la legalidad española e internacional vigente, o sea, quebrantarla. El proceso, de todos modos, sería necesariamente cauteloso y contradictorio, y consecuentemente mucho más lento de lo que algunos esperan. Sería inconcreto, e impredecible, y en muy buena parte jurídicamente inviable conforme a la legalidad vigente. Eso, si ganan.

José María Mena fue fiscal jefe del Tribunal Superior de Cataluña.

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