Por Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal anticorrupción (EL PERIÓDICO, 11/05/06):
La derrota electoral de Silvio Berlusconi, además de los beneficios que producirá a la sociedad italiana y al mantenimiento del Estado de derecho en aquel país, debe ser motivo de reflexión y de decisiones por la justicia española. En julio de 1997, la Fiscalía Anticorrupción formuló denuncia contra varias personas, entre las que se encontraba Berlusconi en su calidad de presidente del grupo Fininvest y de vicepresidente, en las fechas de los hechos, de Gestevisión Telecinco SA, por delitos de fraude fiscal, por un importe aproximando de 12 millones de euros, y de falsedades contables. Los hechos presuntamente delictivos que motivaron la denuncia tenían relación con el proceso de concesiones de televisiones privadas que tiene lugar en España a partir de la ley de 1988.
La televisión, considerada "un servicio público esencial, cuya titularidad corresponde al Estado", se puso a disposición de la iniciativa privada con la concesión por el Gobierno, por concurso público, de tres licencias para la explotación comercial de la televisión, por 10 años.
Para "garantizar el pluralismo informativo", y para "evitar las situaciones contrarias a la libre competencia o que puedan implicar la existencia de oligopolios o el abuso de una posición dominante", la ley estableció que ninguna persona física o jurídica podría ser titular, directa o indirectamente, de más del 25% del capital de una sociedad concesionaria. Entendiendo como supuestos de participación indirecta aquellos en los que, con acuerdos, decisiones o prácticas concertadas, "se produzca el resultado del control o dominación efectiva del capital en proporción superior a la autorizada".
Para garantizar el cumplimiento de tales condiciones, la ley estableció que requerirían la previa autorización administrativa todos los actos y negocios jurídicos que implicasen la transmisión, disposición o gravamen de las acciones de las sociedades concesionarias. Finalmente, la ley estipuló que el incumplimiento de los límites establecidos de participación accionarial daría lugar a la extinción de la concesión.
En este contexto, Berlusconi, como presidente de Fininvest, a través de una filial, Reti Televisive Italiane SpA, tomó una participación del 25%, el máximo legal, en la sociedad constituida en España para participar en el concurso, Gestevisión SA, luego Gestevisión Telecinco SA. El 25 de agosto de 1989 el Gobierno adjudicó a esta sociedad una de las tres concesiones de televisión privada.
LA DENUNCIA de la fiscalía de 1997 determinó la incoación de un proceso penal por el Juzgado central de instrucción número 5, en el que el denunciado declaró en condición de imputado el 12 de noviembre de 1998 como presunto autor de dichos delitos. La investigación judicial acreditó la enorme complejidad del entramado de sociedades, negocios jurídicos y personas involucradas en los hechos. Fue necesario examinar en su conjunto la gestión de la sociedad concesionaria del servicio público de televisión privada prácticamente desde su creación. Y se acreditó que diferentes socios habían mantenido y ocultado, de manera clandestina, participaciones superiores a los límites legales durante toda la existencia de la sociedad, sirviéndose para ello de testaferros y sociedades de pantalla, operaciones en las que presuntamente, defraudaron gravemente el impuesto de sociedades y el IVA.
En aquellos momentos Berlusconi y otro de los imputados, Marcello Dell'Utri, eran eurodiputados, por lo que el 27 de octubre de 1999 el instructor acordó solicitar el suplicatorio al Parlamento europeo para que se levantara la inmunidad parlamentaria y pudieran ser acusados y enjuiciados. Berlusconi mantuvo una actitud beligerante contra las decisiones del juez instructor, pretendiendo que, en todo caso, no continuara investigándolo y que el Tribunal Supremo asumiera la competencia sobre dicho procedimiento. Su estrategia, que consistió en solicitar reiteradamente el archivo de la causa, fracasó. El Tribunal Supremo rechazó todas sus pretensiones.
Pero la deliberada dilación en la tramitación del suplicatorio, dependiente del Ministerio de Justicia, permitió que el Europarlamento no tomara ninguna decisión con anterioridad a las elecciones italianas del 2001 que ganó Berlusconi. Evidentemente, como jefe de Gobierno de un Estado extranjero, adquirió una posición de inmunidad ante las autoridades judiciales españolas. Pero nada más.
EL PROCESO, como ha confirmado el Tribunal Constitucional, ha seguido su curso para todos los imputados. El Juzgado de instrucción y la Audiencia Nacional decidieron la suspensión del procedimiento respecto de Berlusconi, manteniendo su condición de imputado y, simultáneamente, solicitar a los ministerios de Justicia y Asuntos Exteriores que procediesen a denunciar los hechos atribuidos al mismo a las autoridades italianas para que fuera enjuiciado por los tribunales de dicho país o, alternativamente, solicitarles el levantamiento de la inmunidad. Finalmente, el Tribunal Constitucional, el 13 de octubre del 2003, siempre contra los intereses de Berlusconi, decidió "la suspensión de las diligencias previas" respecto del mismo, "de modo que en ningún caso pudiera levantarse la suspensión mientras este ocupara el cargo de primer ministro".
Ya no lo es. Es el momento de que nuestros tribunales activen los mecanismos necesarios para que Berlusconi responda penalmente, aquí o en Italia, de los delitos que se le imputan. Los hechos están perfectamente definidos en la acusación que el fiscal formuló el 5 de febrero del 2003 contra Miguel Duran Campos, Javier de la Rosa, Santiago Muñoz Machado y otros por lo delitos ya mencionados. Una vez más, los tribunales tienen ante sí el reto de acreditar que son un verdadero poder.