La incompetencia del TC ante el 'Estatut'

La escandalosa situación que se está dando ante la incompetencia del Tribunal Constitucional para dictar una sentencia ajustada a Derecho, en relación al Estatuto Catalán, que resuelva los recursos de inconstitucionalidad presentados hace años, ha hecho decir a las principales asociaciones de jueces, la APM y la Francisco de Vitoria, «que son inaceptables e insoportables las dilaciones indebidas».

Pensamos que este retraso de varios años está calculado porque, como algunos dicen, lleva aplicándose tres años y no ha pasado nada. Se pretende por todos los medios presionar al Tribunal para que convalide el Estatuto, amenazando con movilizaciones populares el 11 de septiembre, festividad de la Diada. Se anuncia por el presidente de CiU, una cumbre de políticos catalanes que adopte respuestas unitarias contra el Gobierno de España. En definitiva, como dice el presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, se trata de una nueva interpretación de la Constitución española, aunque la verdadera realidad es que pretenden lograr una sentencia que obligue a modificar la Constitución, especialmente en lo que se refiere al capítulo de las autonomías, de acuerdo con la errática política del presidente Zapatero.

Ello permitiría al Gobierno revisar el texto constitucional, saltando los mecanismos propios que contiene la propia Constitución, sin necesidad de ninguna consulta popular. Para ello cuenta el Ejecutivo con la presidenta, con la ponente, designada para redactar el proyecto de sentencia y con la mitad de los vocales.

Esta situación es posible gracias al triunfo electoral del PSOE en octubre de 1982 y al inmediato proceso de purificación de todas las instituciones del Estado en beneficio del partido y de la ideología socialista, que cambió por completo el equilibrio democrático y el espíritu consensuado de la transición. Se apartó rápidamente de las instituciones a personas de valía reconocida y de sólida mentalidad democrática, por militantes de confianza, fieles no sólo al PSOE, sino a su dirección. El TC no fue una excepción, sino todo lo contrario, así comenzó su descrédito, que se ha ido acentuando de forma vergonzosa.

Desde la instrumentalización del caso Rumasa, mediante aquel decreto-ley 2/1983, que fue de lo más inconstitucional ( recordemos las presiones de Felipe González sobre García Pelayo, presidente entonces del Tribunal), hasta la actual situación de incompetencia para resolver los recursos planteados contra el Estatuto Catalán, donde las presiones sobre la presidenta María Emilia Casas y sobre la ponente, Elisa Pérez Vera, han originado toda una triste historia de sentencias de contenido político más que jurídico, que han tratado siempre de satisfacer los intereses del Gobierno socialista.

Por ello no nos hagamos ilusiones con la sentencia sobre el Estatuto Catalán. Será un bodrio más político que jurídico, retorcido al máximo para que sea difícil de entender, y que satisfaga al Gobierno, ya que la ponente tiene una especial habilidad en estar al servicio del que manda. Será un ejemplo más de la injusticia constitucional en España, al cambiar la estructura autonómica por una federal de corte asimétrico, donde habrá autonomías de primera y la mayoría de segunda.

Ni en Europa ni en España había Tribunales Constitucionales hasta después de 1945. Fue la aportación doctrinal de Hans Kelsen la que influyó para que se instaurase una justicia constitucional, que pudiese poner freno a los excesos del poder ejecutivo y legislativo, mediante la intervención de un tribunal superior, que fuese garante e intérprete de las constituciones. La idea de Kelsen era buena, pero en España se ha retorcido en sentido contrario, como puede apreciarse por la postura del Gobierno y de sus socios de tripartito catalán.

En EEUU, con la constitución más antigua del mundo, donde no hay Tribunal Constitucional, ya realizaba esa función el Tribunal Supremo, y cada uno de los jueces federales o de distrito. En Europa fue la Constitución italiana de 1947 la que instauró el Tribunal Constitucional. En Gran Bretaña y en otros países europeos no existen este tipo de instituciones, y es la Corte o Tribunal Supremo la que resuelve los conflictos. Ello se debe a que un tribunal especial, por encima del resto, suele ser una fuente de conflictos de competencias, máxime si como en el caso de España no está formado en su mayoría por jueces, sino por profesores y funcionarios de distintas afinidades políticas.

En España así ha ocurrido con mucha frecuencia. Teníamos el precedente del Tribunal de Garantías Constitucionales, creado por la Constitución de 1931, en sus artículos 121 a 124, que fue un completo fracaso. A partir de la Constitución de 1978, lo que se hizo fue copiar el modelo italiano, en ese afán de traer todo lo de fuera y crear nuevas instituciones, con el enorme costo que ello supone. Sólo algunas voces de juristas de reconocido prestigio defendieron la conveniencia de que fuese el Tribunal Supremo, a través de una sala especial, el que asumiese las funciones de máximo intérprete de la Constitución. No fue así, y los grupos parlamentarios estuvieron de acuerdo en crear un nuevo tribunal dotándolo mediante Ley Orgánica de los máximos poderes, independiente y por encima de todos los tribunales e instituciones.

Ha sido la composición del TC y el régimen de nombramientos de sus miembros lo que ha acelerado el descrédito de la institución. Inicialmente se pensó en que sólo las dos cámaras legislativas interviniesen en los nombramientos, pero enseguida se pasó a la intervención de los tres poderes del Estado. En el anteproyecto de 5 de enero de 1978, se sustituyó la expresión de que los miembros serían «profesores numerarios de Derecho y Ciencias Políticas de cualquier universidad española», por la más ambigua de «profesores de universidad», o también «funcionarios públicos», que fuesen «juristas de reconocida competencia», y el número de años de experiencia o ejercicio profesional se rebajó de 20 a 15.

Con este sistema de nombramientos, la independencia de los jueces constitucionales nunca se ha dado, salvo en su primera etapa. A partir de la mayoría absoluta del felipismo en 1982, el Tribunal fue enteramente manipulado por el gobierno, como se demostró con el decreto-ley urgente de expropiación de Rumasa.

El procedimiento de selección y propuesta de candidatos se ha envilecido y ya no hay ninguna investigación ni debate sobre a quién se propone, como hemos visto que hay en Estados Unidos, con la última magistrada nombrada, de origen hispano. La «reconocida competencia jurídica» se ha convertido en la práctica, en la obediencia debida e incondicional al partido que los propone. Los méritos sobran, se impone la disciplina ideológica, con entera sumisión al poder. Sobre estas bases y con estos jueces constitucionales, se presentaron los recursos contra el Estatuto Catalán.

Si el trasfondo jurídico de los recursos parecía claro y diáfano, el político por el contrario era de lo más incierto, debido a la errática política del presidente Zapatero con los nacionalistas radicales catalanes, con cuya minoría se apoya para gobernar. En esta difícil coyuntura, la presidenta del Tribunal acertó al designar ponente, por indicación de Chaves y Zapatero, a la profesora Elisa Pérez Vera, de reconocida estirpe socialista, traída por profesores afines a la izquierda, desde Granada a Madrid, donde alcanzó de inmediato importantes puestos, más que por «reconocido prestigio», por hábiles maniobras.

Sin haber dado clases como catedrática, tomo posesión en la Universidad de Santiago de Compostela, y a los pocos días llegó con contrato a la UNED de Madrid. Se le hizo catedrática numeraria y a los pocos meses, en las primeras elecciones a Rector de la UNED, fue la más votada con el apoyo del personal de administración y servicios, que también votaba, y con quien compartió cafés en el bar de la universidad. No investigó ni publicó nada de importancia, pero fue nombrada secretaria del consejo de Universidades, donde se olvidó del Proceso de Bolonia, porque no era de su interés. Pasó a presidir uno de los más importantes tribunales de Andalucía, y allí sirvió a Chaves, incluso con recursos contrarios a los principios que ahora defiende en la ponencia del Estatuto Catalán.

No puede cabernos ninguna duda de que la ponente, profesora Pérez Vera, redactará una sentencia que primero será oída por Zapatero y Montilla, y luego aprobada y publicada. La sentencia dictada y consensuada será difícil de entender, con una ambigüedad estudiada, lo que originará no pocas interpretaciones. Pero sin posible recurso ulterior. Originará una fuerte tensión en Cataluña, ya anunciada por algunos políticos incompetentes como Rovira, Tardá, Puigcercós y toda la izquierda radical. Entre la gran mayoría de los españoles habrá confusión y desánimo, salvo en el País Vasco, donde no se sabe qué camino seguirán. En definitiva, siguiendo las directrices de Zapatero y su entorno, se producirá un importante punto de inflexión en la nueva estructuración de España, muy lejos de la que se contempla en la Constitución, y todo sin modificarla.

En términos jurídicos, el permitir que las normas de la Generalitat prevalezcan en materia de competencias exclusivas sobre las del Estado Español, según el artículo 110 del Estatuto, supondrá una clara limitación del principio de soberanía nacional, en el que se fundamenta la Constitución española. Por esa vía se va hacia un estado federal plenamente descentralizado. Ante esta situación, muchas personas piensan si no sería conveniente entregar el saldo y finiquito a cada uno de los magistrados del Constitucional y enviarlos a casa. Nos ahorraríamos letrados, asesores, secretarías, funcionarios, conductores, escoltas y un presupuesto de dietas y gabelas millonarias.

En premio a su labor después de más de tres años, la ponente, profesora Elisa Pérez Vera, ocupará la presidencia del Tribunal Constitucional, si por fin se renueva, ya que lleva más de 20 meses en prórroga forzosa, y si no puede ser esa presidencia, se le ofrecerá el Ministerio de Justicia. Pero a los españoles nos dejará el embrollo de saber qué prevalece, si la Constitución de 1978, votada por una amplia mayoría de españoles, o la sentencia de 2009, votada por 12 profesores y jueces, algunos de ellos con un mandato prorrogado sine die, y con una incompetencia demostrada.

Manuel Trigo Chacón, doctor de Derecho Internacional y autor de Los estados y las relaciones internacionales.