La inevitable reforma de las pensiones

Desde que se reconociera la existencia de la crisis económica que venimos padeciendo, ha planeado el fantasma de la reforma de las pensiones. El Gobierno, a principios de año, presentó un documento en la Comisión no Permanente del Congreso de los Diputados para el seguimiento de los Pactos de Toledo, en el que se contemplaban las diferentes propuestas para la reforma de las pensiones con el fin de garantizar el sostenimiento del sistema. Entre otras cuestiones, hablaba de un pacto generacional entre jóvenes y mayores, eufemismo utilizado para afrontar la realidad, que no es otra que las actuales pensiones se están sufragando con las aportaciones de los trabajadores actualmente en alta.

Desde enero, y cuando casi ha transcurrido un año, no se ha tomado ninguna decisión a este respecto salvo la congelación de las pensiones para 2011, medida que se adoptó mediante un real decreto ley de urgente necesidad en mayo, convalidado recientemente, y que resulta contraria a las recomendaciones del Pacto de Toledo y la restricción de la jubilación parcial. Un globo sonda para conocer la opinión de la sociedad y la reacción de los sindicatos, pero que a día de hoy ha resultado ineficaz porque no se ha traducido aún en nada concreto.

En 1995, los partidos políticos, prácticamente por unanimidad, adoptaron un documento que efectuaba un análisis de los problemas estructurales del sistema de Seguridad Social y de las principales reformas que deberían acometerse para garantizar la viabilidad del sistema de pensiones, que se denominó Pacto de Toledo. A lo largo de estos 15 años se han incorporado a nuestro ordenamiento algunas de esas recomendaciones, como son la creación del fondo de reservas, el establecimiento de un tope máximo de cotización o la flexibilidad de la edad de jubilación, pero quedan otras pendientes de acometer.

¿Por qué es necesario reformar el sistema de pensiones? Todos tenemos en mente la crisis económica, pero, a nuestro entender, no es el factor determinante.

La causa principal que justifica la reforma de las pensiones es la evolución demográfica, el envejecimiento de la población. Si a día de hoy hay dos pensionistas por cuatro trabajadores activos, dentro de 40 o 50 años la proporción pasará a ser casi inversa. No hay que olvidar que los antecedentes más próximos de nuestro sistema de pensiones datan de los años 60 del siglo pasado, cuando la esperanza de vida estaba alrededor de los 65 años. En la actualidad, hemos superado los 80. Tenemos una gran longevidad, con lo que ello comporta, no sólo en lo que a pensiones se refiere sino también a la atención sociosanitaria.

Ello debería ser más que suficiente para adoptar medidas de calado, no parches que aparentemente solventan el problema a corto plazo pero que entrañan graves consecuencias para las generaciones futuras, que van a estar hipotecadas. Tal como comentábamos al inicio de nuestra exposición, lo que el Gobierno denomina eufemísticamente pacto entre generaciones no es más que constatar un hecho: que por falta de previsión se están sufragando las pensiones -inclusive las no contributivas, es decir, complementos a mínimos y prestaciones asistenciales- con las cotizaciones actuales.

La situación de crisis no ha hecho más que empeorar el panorama, puesto que a más desempleo, y una vez agotadas las prestaciones, mayor necesidad de subsidiar situaciones de necesidad, de las que el Estado es garante. La Constitución así lo dispone al establecer el derecho a la protección social, económica y jurídica de la familia; el derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo; el derecho a la protección de la salud; y la obligación de los poderes públicos de garantizar mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.

A día de hoy, no hay nada concreto. Únicamente manifestaciones de voluntad de cambio, sin especificar, a pesar de que la necesidad es perentoria y acuciante, pues el único documento de trabajo presentado en enero fue posteriormente desmentido y hasta junio no volvió a comparecer el ministro del ramo en la Comisión del Pacto de Toledo, para dar explicaciones sobre la congelación de las pensiones.

En cualquier caso, toda decisión al respecto se ha ido posponiendo. Primero al mes de abril de 2011. Ahora, y ante la presión de organismos internacionales y la Unión Europea, el Gobierno ha concretado la fecha, el 28 de enero de 2011, lo que ya ha motivado la reacción de los sindicatos, anunciando otra huelga general contra los recortes sociales.

El 1 de diciembre, el ministro de Trabajo compareció en la Comisión no Permanente y el miércoles 15 se logró un principio de acuerdo entre los grandes partidos, pero también sin datos concretos. En lo único que se han puesto de acuerdo ha sido en la necesidad de ampliar la edad de jubilación y de ampliar el periodo de cálculo de la prestación, pero no somos demasiado optimistas en que el resultado sea efectivo, pues basta escuchar a la portavoz socialista en la rueda de prensa ofrecida, cuando decía que comprendía que resultara difícil de entender lo que explicaba. Ni ella misma lo entendía.

Lo poco que se conoce es la posibilidad de prolongar la vida laboral hasta los 67 años, como panacea para el sostenimiento de nuestro sistema de Seguridad Social, pero a todas luces es insuficiente. Nos movemos en el terreno de las especulaciones, pero sí estamos en condiciones de aventurar cuáles serían las medidas aconsejables, por sentido común y porque la realidad social siempre va por delante de las leyes y siempre se han acomodado a las necesidades.

a nuestro juicio, la reforma debería ir encaminada a conseguir los siguientes objetivos: 1) Alargamiento de la vida laboral de los trabajadores. Gozamos de mejor salud y ello lo demuestran las tablas de esperanza de vida.

2) Ampliación del periodo de cómputo de cotizaciones para determinar la base reguladora de la prestación de jubilación. De este modo, las pensiones serían más justas, pues habría una mayor proporción entre las aportaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral y la prestación que recibimos, similar a la capitalización de un contrato de seguro. Además se verían favorecidas aquellas personas que al final de su vida laboral devienen en peor fortuna y no tienen opciones de mantener una buena base de cotización.

3) Limitación de expedientes de regulación de empleo y prejubilaciones a empresas que no estén en situación de crisis económica y que al final acabamos soportando todos.

4) Retraso de la edad de jubilación anticipada, proporcional al retraso de la edad ordinaria.

5) Mayor control de la incapacidad temporal y de las incapacidades permanentes, para evitar abusos, en perjuicio de aquellos que verdaderamente la necesitan.

6) Modificación de la pensión de viudedad, a fin de que tenga un carácter compensatorio. La pensión de viudedad debería compensar la pérdida de ingresos y en consecuencia ser algo parecido a una pensión compensatoria de las que se abonan en separaciones y divorcios. De hecho, las pensiones que se reconocen a las parejas no cónyuges exigen vivir a expensas del otro.

7) Reducción de las cotizaciones a los puestos de trabajo menos cualificados.

8) Separación de las fuentes de financiación de las prestaciones, de manera que las contributivas se financien con las aportaciones de los cotizantes y las no contributivas a cargo de Presupuestos o imposición.

Deberemos esperar a conocer el proyecto de ley para ver si la reforma es profunda y valiente, aun a sabiendas de que puede tener un coste electoral, porque no es una medida popular, pero sí tomada con sentido de Estado.

Eduardo Alemany Zaragoza, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, y Mª Paz Martín López, profesora asociada de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

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