La Justicia y la salud mental de los jueces

El impartir Justicia no es nada fácil y puede decirse que es la profesión que más responsabilidad conlleva. No todo el mundo está capacitado para ser juez, porque se requiere una probada salud mental. Luis María Díaz-Picazo publicó en los años noventa un documentado trabajo sobre «Los problemas y tensiones de la judicatura», en el que exponía el que los jueces debían tener una sólida preparación jurídica, no solo teórica, sino también práctica, y que después del ingreso en la carrera, por oposición, superasen dos años de Escuela Judicial, donde deberían pasar una serie de pruebas psicológicas que demostrasen la idoneidad para desempeñar una función tan delicada como la judicial. También en un acertado artículo de opinión publicado en agosto de 1999, Bonifacio de la Cuadra se refería a «La salud mental de los jueces». El tema ha preocupado, desde hace tiempo, y quizá por ello el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) publicó un Libro Blanco sobre la justicia, en el que sugería que la valoración de la capacidad de jueces y magistrados no se hiciese solo en base al conocimiento del Derecho, sino que además se valorasen otros criterios, analizados sobre personalidad e idoneidad del candidato para la función jurisdiccional. Sin embargo, nada se ha hecho y quizás ello origina que se considere a la Justicia en España como la menos valorada de las instituciones del Estado.

Las razones son debidas a la falta de adecuación de las leyes a la realidad social actual. Es frecuente conocer resoluciones judiciales que son escandalosas y que no están fundadas ni razonadas. El juez debe de actuar razonando y este debe ser su punto de apoyo, que además debe fundamentarse en las leyes en vigor y en su correcta interpretación. Debe apartarse por completo de la presión política y social, especialmente del populismo mediático. La judicatura debe estar lo más distante posible de la política. Sabiendo que el Derecho no es una ciencia exacta, el juez debe fundar sus escritos y resoluciones en el tiempo, en el espacio y en la ley aplicable, pero teniendo también en cuenta principios básicos que proceden del Derecho Natural; la igualdad ante la Ley, la presunción de inocencia, la equidad y tantos otros que no están escritos, pero que son la esencia de la Justicia y que deben ser tenidos en cuenta por quien juzga a otras personas o por quien dicta resoluciones que afectan a la mayoría de los ciudadanos.

El necesario equilibrio mental de los jueces debe de ser analizado y examinado, bien en las pruebas de ingreso o bien en la Escuela Judicial. No todas las personas tienen aptitud para impartir Justicia, aunque hayan demostrado una gran preparación y memoria. En la mayoría de países de nuestro entorno cultural, en Portugal, Francia, Grecia y sobre todo Holanda, por citar algunos ejemplos, hay psicólogos, no solo en los tribunales de ingreso, sino también en las escuelas judiciales, donde tienen una convivencia durante el periodo de formación. El más exigente y eficaz es quizás el modelo holandés, donde desde el principio se somete a los candidatos a unas pruebas psicológicas muy exigentes, y una vez superadas tienen que pasar entrevistas en las que se evalúan y se analizan las vivencias personales del candidato en años anteriores, para determinar su idoneidad en la resolución de problemas humanos, no solo desde el punto de vista jurídico.

En España es preocupante no ya el hecho de que los jueces no tengan revisiones periódicas de su salud mental; es que ni siquiera tienen un mínimo test psicológico que demuestre que están en disposición de resolver los conflictos que presentan los ciudadanos en sus juzgados y de impartir justicia de forma ejemplar. Debido al principio constitucional de inamovilidad, el juez natural no puede ser removido de su cargo, salvo por sanción, suspensión de funciones o incapacitación. Pero para decidir sobre estos supuestos, el Consejo tiene que probar con informes médicos sobre la salud mental del juez o magistrado, y el examen médico que en tal situación se les exige es el mismo que el que se podría pedir a cualquier otra persona, con lo que los informes médico-psiquiátricos no suelen encontrar ninguna anomalía especial que les incapacite para su función o trabajo. El Consejo recomendó que la valoración de la capacidad de jueces y magistrados no se basase solo en criterios generales aplicados a cualquier persona, sino que debían ser analizados de forma específica, en relación con la función que desempeñan, que es la de impartir Justicia. Los jueces y magistrados deberían permanecer, cuando desempeñan su delicada función de juez, en el anonimato, de la misma forma que lo hace la Abogacía del Estado, donde nunca se da el nombre de quien interviene en la defensa de los intereses del Estado. Todo ello para conseguir tener una Justicia silenciosa, distanciada de la política, que por el contrario es más escandalosa.

Manuel Trigo Chacón, jurista.

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