La lección de Escocia

El 18 de septiembre pasó y, tras los días de emoción que precedieron a la celebración del referéndum escocés, el tema parece ya casi olvidado. Sin embargo, en el Reino Unido las consecuencias del referéndum van a traer cola y las lecciones que todo ello contiene para España son importantes y dignas de consideración.

Los separatistas, en especial los catalanes, habían tratado de sacar partido del episodio escocés, pero ante la clara derrota han perdido interés: el triunfo de la cordura en Escocia, dirán ellos, no debe servir de ejemplo en Cataluña. Han repetido con desgana que Escocia debe ser ejemplo por cuanto se les ha dejado votar en referéndum, y poco más. Del resultado, mejor no hablar.

Y, sin embargo, hay mucho que hablar sobre el tema. En primer lugar, hay que subrayar las diferencias de naturaleza histórica y legal entre Cataluña y Escocia en lo relativo a un referéndum. Hace años Edurne Uriarte las expuso muy claramente en un artículo en Abc. Escocia fue un reino independiente durante unos siete siglos, y se unió a Inglaterra y Gales formando el Reino Unido en 1707. Aunque el Tratado de la Unión decía que ésta sería para siempre, como fue producto de un consenso, en buena lógica, si este consenso se rompiera por medio de un referéndum (algo impensable en el siglo XVIII), el Tratado habría de considerarse anulado. Naturalmente, el referéndum de 2014 habría de celebrarse con acuerdo de ambas partes, como así ocurrió. Esto, por lo que respecta a la Historia. En cuanto a la Constitución inglesa, es una especie de entelequia, porque no está escrita, y, por tanto, no hay en ella prohibición alguna de celebrar referéndums de ningún tipo.

El caso de Cataluña es muy distinto. Cataluña nunca fue un reino independiente, por más que inventen algunos historiadores, y su primer apelativo, mucho antes de llamarse Cataluña, fue el de Marca Hispánica. En 1137 se unió al reino de Aragón por matrimonio, y en 1479, también por matrimonio, Aragón se unió a Castilla. No hay, por lo tanto, nada equivalente al Tratado de la Unión británico. Asturias, León, Galicia, Murcia, Navarra, Aragón, incluso Badajoz, tendrían título histórico más claro a la independencia que Cataluña, porque fueron reinos soberanos (obsérvese que Andalucía tampoco tendría título histórico, a pesar de lo de la «realidad nacional» en su estatuto). Por otra parte, la Constitución Española proclama la indivisibilidad de España (art. 2) y atribuye al Estado español (Corona, Gobierno, y Cortes) la competencia en materia de referéndums (arts. 62, 92, y 149,1, nº 32). El Estado español puede delegar algunas competencias en las comunidades autónomas, pero es evidente que en un tema de esta importancia no bastaría con una decisión del Gobierno, sino que debería recabarse la aprobación de las Cortes y el asentimiento de la Corona. Por lo tanto, toda esta traída y llevada (por los separatistas) cuestión del «derecho a decidir» es una falacia inconstitucional y por ende, antidemocrática, como demostraba en estas páginas Enrique Gimbernat el pasado 6 de octubre. La Generalitat del Sr. Artur Mas no ha dado ningún paso para recabar el acuerdo del Estado español; por el contrario, ha violentado las más elementales normas de urbanidad democrática en todo lo referente a su quimérica «consulta».

Ni Escocia ni Cataluña han recibido apoyo internacional a sus veleidades separatistas; la Unión Europea ha mostrado su oposición rotunda y advertido, por activa y por pasiva, que la separación de una región de un Estado miembro implica su inmediata separación de la Unión. Con todo, aquí se da otra diferencia entre el caso escocés y el catalán, porque Escocia es más proclive a la Unión Europea que Inglaterra y una de las razones de los separatistas escoceses era que no querían pertenecer a Gran Bretaña cuando ésta abandonara la Unión, algo muy posible a plazo medio.

En el plano económico, la independencia de Escocia hubiera sido absurda, pero menos que la de Cataluña. En primer lugar, todos esos tópicos de la laboriosidad de los catalanes tienen mayor fundamento aplicados a los escoceses. Si excluimos el caso reciente del petróleo, Escocia no ha sido favorecida económicamente por la naturaleza. El clima es inclemente, el suelo en su mayoría rocoso; sólo el sur es apto para la agricultura y el norte está muy escasamente poblado. El transporte es complicado, no sólo por tener multitud de islas, sino por lo anfractuoso del terreno. Sin embargo, los escoceses tomaron parte muy activa en la Revolución Industrial, distinguiéndose en las industrias metalúrgica, naval, química, y destilera (el whisky escocés es un importante producto de exportación), así como en banca, comercio y transporte. La compañía española Rio Tinto, por ejemplo, fue creada por el financiero escocés Hugh Matheson. Escocia se benefició de formar parte del Imperio Británico, pero su industria no tuvo protección arancelaria, a diferencia de lo que ocurrió con Cataluña, cuya industria textil se benefició durante casi tres siglos de la protección arancelaria y del acceso al mercado español a raíz de la unificación económica llevada a cabo por Felipe V. Ambas comunidades crecieron tras integrarse con su vecino. También se benefició Cataluña de pertenecer al Imperio Español; la pérdida de Cuba en 1898 fue uno de los argumentos del nacionalismo catalán. A diferencia de Escocia, la industria catalana exportó poco hasta bien entrado el siglo XX, y cuando lo ha hecho ha sido gracias a su entrada en la Unión Europea con el resto de España. Su salida del país y, por consecuencia, de la UE, sería un golpe económico terrible para Cataluña: su comercio exterior se hundiría, y lo mismo ocurriría con su moneda y sus finanzas privadas y públicas.

En el comercio de productos y servicios Escocia también depende en gran medida del Reino Unido, pero su riqueza petrolífera le hubiera ayudado a compensar el trauma económico de la independencia. Cataluña, aunque rica i plena, no posee un activo comparable al petróleo escocés. En el plano financiero, las similitudes son notables: Escocia y Cataluña, aunque más ricas que el Reino Unido y España respectivamente, dependen de estos Estados para sustentar sus déficits presupuestarios, si bien la deuda de Cataluña es relativamente mayor. Esta dependencia se ha agravado en ambos casos por los descalabros bancarios provocados por la crisis, que ha estimulado el separatismo.

Otra importante diferencia es la del idioma: en Escocia el idioma céltico es residual; en Cataluña el catalán, aunque minoritario, se habla comúnmente. En realidad, el idioma es el verdadero argumento de los separatistas, que han hecho enormes esfuerzos por promover el monolingüismo y por borrar los rasgos culturales del y lo español (corridas de toros, banderas, carteles, etc.)

Si contradice la lógica más elemental, ¿cómo se explica la fiebre separatista en ambas comunidades? Se trata de un arrebato irracional fomentado desde el poder autonómico. Una semana antes del referéndum, The Economist publicaba un artículo titulado «Cómo enloqueció una nación», que describía cómo se había apoderado de Escocia «la euforia separatista [por medio de una] lógica truncada [basada] en una confluencia de argumentos nacionalistas e izquierdistas, superficialmente dinámica, aunque en realidad incoherente». El paralelo con Cataluña es, por desgracia, total. Aquí sí que no hay fet diferencial.

Sin embargo, en Escocia, al final prevaleció la cordura. Tras dos semanas de infarto, en que las encuestas repentinamente dieron por vencedor al sí, los escoceses se alarmaron tanto como el Gobierno inglés, y, ante el temor a que triunfara la independencia, salieron a votar en masa y el no ganó por un holgado margen. Esta es la gran lección de Escocia: cuanto mayor la «euforia separatista» y la «lógica truncada», más se siente llamada a las urnas la mayoría sensata. Es muy posible que si en Cataluña se celebrara un referéndum legal y con garantías ocurriese lo mismo. Esto debiera hacer reflexionar a los enragés de la V y la cadena.

Gabriel Tortella es economista e historiador.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *