La Ley de Comunicación Audiovisual es contraria a la 'regulación inteligente'

¿Cómo lograr una regulación equilibrada que atienda a las necesidades reales y los intereses de todos los sectores? Esta es una pregunta a la que la Comisión Europea trató de dar respuesta en 2010 en su documento Normativa inteligente en la Unión Europea con el concepto smart regulation (legislación inteligente).

Este principio, que la propia Comisión Europea ha introducido en las instituciones europeas a través de diferentes documentos de trabajo, se basa en la idea que toda la legislación debería:

1. Ser más eficaz y eficiente en la consecución de los objetivos de interés público.

2. Ser capaz de demostrar que aporta un verdadero valor añadido al sector que regula.

3. Provocar beneficios amplios a costes mínimos.

4. Respetar los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.

5. Y lograr un marco reglamentario simple, claro, estable y predecible tanto para las empresas como para los trabajadores y los ciudadanos.

Si bien el Reino de España lleva ya años tratando de aplicar el principio de smart regulation en sus regulaciones, lo cierto es que aún hay proyectos legislativos donde este brilla por su ausencia.

Uno de ellos es la tan comentada estas semanas Ley de Comunicación Audiovisual, que transpone la directiva europea del mismo nombre. Esta ley, en la que el Gobierno lleva trabajando desde hace más de un año, está siendo contestada por todos los actores afectados que se ven perjudicados por esta normativa.

Un análisis sosegado del texto permite comprobar cómo la ley no recoge los principios de la smart regulation. Primero, porque se trata de una normativa que no aporta valor al sector que regula. Y segundo, porque, al revés de lo que promulga la Comisión Europea, genera muchos costes y ningún beneficio.

No voy a dedicar este artículo a un análisis exhaustivo de la norma. Pero dejen que ponga algún ejemplo que demuestra que esta ley no es un modelo a seguir.

Se trata de un ejemplo que hemos estudiado en Europa Ciudadana: el relativo a la publicidad de bebidas alcohólicas. Un ejemplo de cómo una ley resta valor en vez de aportarlo y de cómo se pueden poner en riesgo distintos sectores sin alcanzar los objetivos que se pretenden conseguir.

La nueva ley establece más restricciones a la publicidad de bebidas alcohólicas superiores a 20 grados frente al resto sin ningún argumento que lo respalde, con el consiguiente impacto que esto tendrá para sectores como el de la publicidad, el de los medios de comunicación y, lógicamente, también el de las bebidas alcohólicas.

Al hilo precisamente de esta norma, el Consejo Económico y Social, a petición del Gobierno, y siguiendo el proceso de tramitación de cualquier iniciativa legislativa, ha publicado recientemente su dictamen sobre el anteproyecto de Ley de Comunicación Audiovisual. En él, el Consejo critica al Gobierno por, entre otras cuestiones, discriminar algunas bebidas alcohólicas. También le recuerda que existen otros mecanismos para proteger al menor, y pide que se evite esa discriminación.

Visto lo que está sucediendo con esta ley y el rechazo que genera (mención aparte para la regulación del uso de lenguas cooficiales) el Gobierno debería tomar nota y tratar de elaborar una ley conforme a los principios de smart regulation y que sea avalada por los órganos consultivos del Gobierno.

José Carlos Cano Montejano es profesor de Derecho Constitucional y de Derecho Europeo de la Universidad Complutense de Madrid y presidente del think tank Europa Ciudadana.

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