La negociación colectiva y su reforma

Sindicatos y patronal vienen discutiendo una reforma de la negociación colectiva, para adaptarla a la actual realidad empresarial y de los trabajadores. Ya el Acuerdo Social y Económico (ASE) del 2 de febrero pasado incluyó un primer acuerdo de bases sobre esta materia, que ahora se está desarrollando.

Paralelamente, sectores neoliberales con mucha audiencia, como FEDEA, el Grupo de 100 Economistas o el propio gobernador del Banco de España, vienen presionando con propuestas en una determinada línea, dirigidas a incrementar el poder de los empresarios, junto a un ajuste laboral vía pérdida de retribución de los trabajadores. Para este tipo de pensamiento la primacía está en la libertad de empresa frente a negociación colectiva y sindicatos, que serían un obstáculo para el desarrollo económico y para la mejor competitividad de las empresas.

Por eso cualquier reforma debe partir de una reflexión previa sobre el sentido de la negociación colectiva, su sentido histórico y su sentido actual. Porque la negociación colectiva no es una imposición, ni una práctica arbitraria, sino el resultado de la lucha contra la posición profundamente desigual entre empresario y trabajador en la determinación de las condiciones de trabajo.

Es una conquista histórica incorporada al modelo social europeo para, por una parte, intentar equilibrar la negociación limitando el poder del empresario frente al trabajador individual y fortaleciendo la posición de estos a través del sujeto colectivo, del sindicato, y por otra, mejorar sus condiciones de trabajo, y solo excepcionalmente y de forma coyuntural empeorarlas.

Y desde su implantación los empresarios han intentado permanentemente recuperar parte del poder en la determinación de las condiciones laborales, que ahora han de pactar, y volver a individualizar la negociación para devaluar o incluso romper los acuerdos colectivos.

Es evidente que la negociación colectiva ha de tener y generar capacidad de adaptarse a la evolución de los sectores productivos y de las empresas y que no siempre la realidad negocial ha facilitado esa adaptación o lo ha hecho insuficientemente. Por lo que el debate actual tiene que encontrar un punto de equilibrio entre esa necesidad y los derechos de los trabajadores en el marco de la propia negociación colectiva. Y que no debe ser una vía para devaluar los convenios colectivos y dejarlos sin eficacia, ni para que empresarios concretos se los puedan saltar e incumplir de forma arbitraria y sin negociación, desequilibrando lo pactado a favor de las empresas.

El primer aspecto importante de la reforma en marcha es el de la vertebración de la negociación colectiva, cuestión reclamada a lo largo de mucho tiempo por ambas partes. El ASE mantiene y potencia la primacía del convenio colectivo sectorial estatal, o en su defecto autonómico, en la regulación de la estructura de la negociación en cada sector, que deberá reenviar al ámbito de la empresa la regulación de determinadas materias. Frente a quien prima el convenio de empresa, el convenio estatal garantiza la homogeneidad básica en un sector de la producción, impidiendo también cierta tentación de dumping social por parte algunos empresarios.

La segunda cuestión es la de la flexibilidad interna en las empresas, su imprescindible adecuación a los cambios económicos y organizativos. El ASE establece que debe realizarse "con una mayor participación de los representantes de los trabajadores", es decir, una apuesta por la flexiseguridad o flexibilidad negociada, frente a la imposición unilateral o las resistencias. Si el objetivo es que haya más negociación colectiva, siendo la estructura empresarial en España mayoritariamente de microempresas (el 79% tienen menos de seis trabajadores), sin representación de los trabajadores, es prácticamente imposible que en ellas se negocien acuerdos colectivos para flexibilizar, por lo que se debe potenciar el papel de los sindicatos como sujetos negociadores en esas empresas.

Por último, se viene planteando el problema de la dinami-zación de la negociación, especialmente cuando un convenio termina su vigencia pactada, frente al bloqueo de una parte que impida su renovación.

Las propuestas más liberales buscan eliminar la ultraactividad, es decir, la prórroga indefinida de un convenio una vez finalizada su vigencia, lo que ya intentó el ministro de Economía Rato, con el apoyo de algunos grandes despachos y no tuvo capacidad política de sacar adelante. Ni tampoco se incluye en el ASE.

La clave está en el profundo desequilibrio que se derivaría de que la ley estableciera plazos para que todo o parte del contenido normativo "decaiga" por el transcurso del tiempo. La posición empresarial se vería reforzada de forma absolutamente desproporcionada. El problema de la tardanza o el bloqueo en la renegociación de algún convenio debe abordarse potenciando la mediación, especialmente de las Comisiones Paritarias de ámbito superior, e incluso, en el límite, mediante el arbitraje pactado. La necesidad de negociar de buena fe y de acordar se relativizaría hasta psicológicamente si los empresarios supieran que una propuesta que plantearan y quisieran imponer incluso sin contrapartidas les sería mucho más fácil alcanzarla simplemente con que transcurra el tiempo, que jugaría siempre a favor del poder empresarial en detrimento de la posición de los trabajadores. Sería un triunfo que esta reforma no debe darles.

Manuel de la Rocha Rubí, diputado socialista.

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