La 'normalidad' de la redistribución

Conocidos ya los saldos fiscales resultantes de las actuaciones públicas sobre los territorios (¿recuerdan cuando se decía que esto era imposible de calcular?), y cuando ya se puede establecer la diferencia entre la capacidad de gasto que tendría Catalunya en caso de contar con una financiación de los servicios públicos a partir de su contribución, comparado con el sistema de financiación autonómica vigente --más la acción del Estado en el ejercicio de sus competencias en Catalunya--, aparece un nuevo mantra: el resultado de los cálculos es lo más "esperable", "lo normal" en un sistema "que funciona", y que es redistributivo sobre la base de la solidaridad.

Con datos empíricos, veamos si esta observación es sostenible. Junto con el profesor Jordi Pons Novell, en el trabajo Anàlisi dels fluxos redistributius territorials a l'Estat Espanyol (Fundació Irla, 2005), nos interrogábamos sobre una cuestión similar. ¿Responden los saldos obtenidos a pautas redistributivas que incorporen una norma de justicia fiscal coherente y socialmente aceptable? Sabíamos que este no era el caso en la financiación autonómica, a pesar de observar que regiones con renta per cápita similar mostraban importantes diferencias en su financiación (como Aragón, Cantabria, Murcia, Castilla y León). Así que optamos, para analizar el conjunto de los saldos fiscales, por establecer diversos principios que potencialmente podían inspirar una redistribución justa.

Así, parece razonable que los saldos fiscales fueran sensibles a las diferencias de renta relativa, por hogares, en términos reales, de modo que quien más tiene más aportara. O que los saldos fiscales varíen en la medida en que lo hace la renta relativa en una comunidad, sin seguir operando a piñón fijo en lugar de ser sensible al estado de su economía. Ello permitiría la revisión del saldo fiscal deficitario de una autonomía si perdiese permanentemente posiciones relativas en su renta per cápita respecto al conjunto de regiones del entorno. También se ve lógico y justo que en la contribución general al consumo de servicios colectivos participaran todas las comunidades, lo que permite que si en una comunidad el diferencial entre rentas primarias y las rentas disponibles finales fuese negativo --se recibe más de lo que se aporta--, se pueda transmitir la idea de que el gasto público no es gratuito.

También son buenos indicadores que, como resultado del flujo de impuestos y subvenciones implícitos en los saldos fiscales, no se genere un cambio en el ranking por comunidades según su renta per cápita que perjudique a las que son aportantes netas. Y que el superávit continuado en una comunidad se ligue a la evaluación de la efectividad de esas transferencias, de modo que los fondos se delimitasen a ámbitos de gasto concretos, vinculados a los factores que generan las desigualdades que se pretenden corregir. El objetivo debería ser comprobar que mejora la distribución de la renta personal entre su población.

Con datos de la Fundación de las Cajas (Funcas) tan solo se respetaba uno de los 12 principios de evaluación que hemos descrito. ¿Ha cambiado hoy esta situación? Sería raro. Por un lado, la distribución fiscal que generan los tributos vigentes es cada vez más proporcional que progresiva: lo que tiene de redistributiva una parte de la imposición sobre la renta (IRPF) lo restan el creciente peso de la imposición indirecta (regresiva, ya que proporcionalmente la soportan más los individuos de menor renta) y el trato favorable que se da a las rentas de capital.

Es dudoso postular una redistribución territorial de los saldos fiscales cuando cada vez lo es menos la redistribución personal. Y por el lado del gasto la duda es aún mayor, ya que su financiación no debería ser inferior a lo que supone el peso de la población para los servicios públicos de naturaleza universal, a cuyo acceso, de acuerdo con la ley, debe estar garantizado para todos los ciudadanos independientemente de su renta. Si esto es así para los ciudadanos, debe serlo también para los territorios. De otro modo, una comunidad que gestionara, pongamos por caso, el sistema de salud, se encontraría con una financiación insuficiente para hacer frente al derecho a los servicios que el Estado otorga a sus ciudadanos, porque no puede haber discriminación según la renta.

En realidad, si se relacionan los saldos fiscales que se acaban de publicar y los niveles de renta per cápita de cada comunidad en capacidad adquisitiva, para saber si tiene más déficit quien más rico es, da un cociente tan solo de -0,28, sin poder descartar estadísticamente que no sea cero, es decir, que no guarde ninguna relación. O sea: a pesar de la elevada aportación de Catalunya, Baleares y la Comunitat Valenciana, puede plantearse la hipótesis de que no hay correlación entre saldos y renta per cápita, lo que indica que no se aplica de forma similar a otras comunidades también ricas.

En cuanto a la evolución de los saldos fiscales, según estimaciones recientes de la Conselleria d'Economia i Finances, en el periodo 2002-2005 el déficit fiscal catalán en porcentaje del PIB (flujo monetario) aumentó respecto a los años anteriores, pese a que la renta familiar disponible por habitante en poder de compra ha bajado de 112,5 (España, base 100) en el 2001, un año antes de las nuevas estimaciones, a tan solo el 104,3 del 2005.

¿Funciona, pues, la redistribución con normalidad? Parece que no. Al menos no para todas las comunidades de forma similar.

Guillem López-Casasnovas, catedrático de Economía de la UPF.