La 'normalidad' en el ajuste fiscal

Los datos de consumo público publicados por el INE el pasado 29 de mayo han sorprendido a diversos analistas, que cuestionan cómo el consumo público puede haber pasado de una caída intertrimestral del 3,9% en el 4T 2013, a un crecimiento del 4,4% en el 1T 2014 y consideran incluso la realización de un posible trasvase de gasto de un año a otro.

La primera reflexión que debe hacerse es que estas tasas de variación que se cuestionan resultan al comparar los datos corregidos de estacionalidad y en términos reales (precios constantes), es decir, si bien el dato de consumo público se calcula por la IGAE (a excepción de uno de sus componentes, el consumo de capital fijo) y se remiten al INE para su incorporación a los datos de Contabilidad Nacional Trimestral de España (CNTR), no debe olvidarse que los datos que elabora la IGAE se expresan en valores absolutos y a precios corrientes y es sobre esta información de base, sobre la que el INE efectúa las operaciones necesarias para desestacionalizar dichos datos y aplica el deflactor del consumo público para publicar sus estimaciones en términos reales.

La 'normalidad' en el ajuste fiscalDesde su origen, la IGAE, en ejercicio de su función de gestión contable viene elaborando y ofreciendo información de las cuentas públicas. A lo largo de todo este periodo dilatado e ininterrumpido de desarrollo de su función contable ha habido cambios de metodologías, de principios y prácticas contables, de formas de presentar la información y de destinatarios de la misma; pero no ha cambiado su misión: ofrecer datos veraces que reflejen fielmente la realidad de las cuentas públicas. La «verdad» en las cuentas públicas es la misión principal de la IGAE y está avalada por la independencia que las leyes garantizan a la actividad de la Institución y, sobre todo y primordialmente, por la profesionalidad de los empleados públicos que han desarrollado y desarrollan de forma encomiable este fundamental cometido.

Dentro de este proceso permanente de cambios, dirigido siempre a mejorar la trasparencia de las finanzas públicas, la IGAE emprendió desde comienzos de 2013, la tarea de elaborar las cuentas de las Administraciones públicas con periodicidad mensual (exceptuando las referentes a las corporaciones locales que se elaboran trimestralmente). Para llevar a cabo esta labor se estableció un procedimiento de recogida de información directa de todas las unidades públicas involucradas, tanto del ámbito central como autonómico, lo que conlleva que los datos que elabora la IGAE están basados en la información directa suministrada por los responsables de cada Administración, que implica la solicitud mensual de información de todos los registros contables, tanto del presupuesto como de operaciones no presupuestarias y el análisis de la misma tal y como exige la normativa comunitaria. De hecho, los resultados que elabora la IGAE están validados por Eurostat, sin que se haya producido, en ningún momento, reserva sobre los mismos.

Además, no debe obviarse que en los últimos años han sido varios los mecanismos puestos en marcha para evitar que pudiera quedar gasto sin registrar, lo que supone un elemento adicional de control para asegurar el registro de los gastos en el momento en que efectivamente han sido realizados (la denominada regla del devengo), con independencia de que se haya producido su imputación presupuestaria. De entre estos mecanismos, quiero ahora mencionar de forma especial dos medidas que contribuyen directamente a la fiabilidad de la información contable. En primer lugar el control financiero previsto en el nuevo artículo 159 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, que permite la detección por parte de la IGAE de la existencia de obligaciones no registradas contablemente, derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos, que pudieran afectar a la razonabilidad de la información contable (y, en paralelo, en el ámbito autonómico y local, la obligación que se establece en la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de deuda comercial en el sector público, de que en las actuaciones realizadas por los órganos de control interno debe incluirse necesariamente la verificación de la existencia de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria). Y, en segundo lugar, la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, que establece la obligación de presentación en un registro administrativo de las facturas expedidas por los servicios que se presten o bienes que se entreguen a una Administración pública en el marco de cualquier relación jurídica y que implica, además, la creación obligatoria para cada una de las administraciones de puntos generales de entrada de facturas de forma que éstas lleguen directamente tanto al órgano administrativo al que corresponda su tramitación como a la oficina contable competente. Medidas sin duda, que aseguran la integridad de la información contable, mayor control del gasto público y en definitiva, una mayor confianza en las cuentas públicas.

Entrando ya en la evolución del consumo público que elabora la IGAE (datos brutos a precios corrientes), los datos publicados reflejan fielmente la gestión pública y tienen una explicación sencilla. La variación del consumo público del cuarto trimestre del 2013 sobre el tercer trimestre de ese mismo año, un 28% de incremento, se explica fundamentalmente por la paga extraordinaria del personal al servicio de la Administración pública recogida en el cuarto trimestre del año. De igual manera este hecho explica el descenso del 25,9% del primer trimestre de 2014 con relación al cuarto trimestre de 2013. Por otro lado, las tasas interanuales (descenso del 0,3 del primer trimestre de 2014 sobre el mismo trimestre del año anterior) recogen la incidencia de las medidas de racionalización del gasto público iniciadas en 2012 y cuyo mayor impacto se ha producido en el ejercicio 2013.

Por otro lado en cuanto a la referencia al déficit público del ejercicio 2013, y los argumentos que parecen relacionar el 6,62% del déficit obtenido con la caída intertrimestral del consumo público, a la vista de los datos publicados por la IGAE, puede afirmarse que la consecución de esta cifra de déficit ha sido posible por la confluencia de varios factores: la reducción de la inversión pública; las medidas de racionalización del gasto corriente adoptadas en los sectores de sanidad y educación, fundamentalmente en 2012 y con efectos plenos en 2013; y la mejora de los ingresos tributarios en el último trimestre de 2013, tanto del IVA que se incrementa un 7,7% en el conjunto del año, frente a un aumento del 6,1% en el tercer trimestre, como de los impuestos sobre la renta que ralentizan su caída desde el 1,6% en el tercer trimestre al 0,4% en el conjunto del año.

Y no hay nada más, no hay trajín contable, en esta casa no hay cocina. A pesar de los vaivenes de la historia ha sido y es voluntad decidida de todos los que nos dedicamos a ello no caer en otra forma de actuar que no sea la de la mayor objetividad y veracidad de la información contable suministrada; lo contrario sería renunciar a nuestros principios y a nuestra función. Y no sólo eso, precisamente por ser la función pública cuyo desarrollo legalmente tenemos encomendada, deberíamos ser los primeros en denunciar cualquier ataque a la veracidad de los datos ofrecidos.

José Carlos Alcalde Hernández es interventor general de la Administración del Estado.

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