La ofensiva de los corruptos

Hablamos, naturalmente, de la ofensiva contra el juez Garzón. Que no se limita al ejercicio de acciones penales contra el mismo, sino al respaldo que han obtenido del Tribunal Supremo (TS). Ante procesos penales sustentados en sólidas pruebas, que acreditan el elevado grado de corrupción en el PP, como el caso Gürtel, nos encontramos ante una situación insólita. Los corruptos, ya fundadamente imputados, se revuelven y consiguen, gracias al apoyo objetivo del TS, que las sospechas y la investigación penal se orienten hacia el juez que descubrió los hechos delictivos y comenzó su esclarecimiento. Es una estrategia que tiene un nombre, la obstrucción de la justicia, a la que alude la convención de la ONU contra la corrupción como una de las formas más graves de impedir que el aparato judicial haga frente a esta tremenda lacra.

Pero vayamos por partes. En primer lugar, está la admisión de la querella contra el juez por su actividad docente en la Universidad de Nueva York y el patrocinio del Banco Santander. La composición del tribunal merece una valoración. En él participan dos magistrados, el ponente, Miguel Colmenero y Menéndez de Luarca, y Andrés Martínez Arrieta, que han desarrollado actividades aparentemente contrarias al «estatuto especial» de rigurosa incompatibilidad a que están sometidos los magistrados de dicho tribunal. Ambos han intervenido en cursos organizados por la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE), que cuenta con la colaboración de Caixa Galicia, Banc Sabadell, Banesto y otras grandes empresas. El primero de ellos, el 20 de abril del 2009, y el segundo el 11 de mayo del 2009. Ignoramos si fueron retribuidos, pero en todo caso no cumplieron con las normas que les obligan a una dedicación exclusiva.

El auto que dictó el TS parte de una página web aportada por los querellantes, que le lleva a concluir, con la oposición del fiscal, que «no puede excluirse en este momento que el querellado hubiera solicitado personal y directamente de la entidad bancaria la entrega de una importante cantidad de dinero para sufragar los gastos derivados de la realización de unas actividades académicas», admite la «verosimilitud» de los hechos denunciados y la participación en ellos del querellado y su posible carácter delictivo.
Hoy ya está acreditado por la documentación aportada por el juez y el certificado de aquella universidad que dicho patrocinio era completamente ajeno al juez Garzón y carecía de cualquier relación con su remuneración.

Pero ya que hablamos de patrocinio a jueces y fiscales, debe plantearse abiertamente la relación económica de aquellos con entidades de crédito y de otra naturaleza. Por ejemplo, en el curso 2008-2009, 166 jueces y magistrados, de ellos 10 magistrados del TS, colaboraron con la citada Fundación FIDE. ¿Fue siempre gratuitamente?

Y todas las asociaciones de jueces y fiscales, conservadoras y progresistas, desde hace 25 años, han celebrado sus congresos anuales gracias a la generosa aportación de las entidades de crédito. Aportación que representa un beneficio económico para los afiliados ya que así evitan, siquiera sea parcialmente, el pago de los gastos de alojamiento. Ahí aparecen, entre otras muchas, La Caixa, Caja Cantabria, Bancaja, etcétera. Concretamente, en 1989, una asociación de jueces recibió 1.700.000 pesetas de tres cajas de ahorro. Algún juez o fiscal debió solicitar esos fondos. Nadie ha discutido nunca la licitud de dichas subvenciones y si han influido o no en las decisiones de los jueces subvencionados.

Por todo ello, el instructor de este proceso, el magistrado Manuel Marchena, que fue asesor del fiscal general del Estado del PP, Jesús Cardenal, debe proceder al inmediato archivo del mismo. Por dignidad profesional y decencia democrática.

De la misma forma debe proceder el instructor por las intervenciones de las comunicaciones telefónicas entre los letrados y presos del caso Gürtel. El magistrado instructor, Alberto Jorge Barreiro, siempre se ha caracterizado por un profundo espíritu crítico. En una reciente sentencia, calificó de «irrazonables» los criterios de la sentencia del TS que impidió que fuera juzgado el presidente del Santander por fraude fiscal. Ahora, el instructor debería atender el criterio del fiscal, que ha calificado la querella del letrado Peláez como una «maniobra procesalmente fraudulenta». Y, además, porque no hay un criterio jurisprudencial definitivo que impida acordar aquellas intervenciones por delitos distintos al de terrorismo.

En todo caso, es rechazable que dicha decisión, debidamente fundamentada, pueda ser tachada de prevaricadora. Sobre todo, cuando el juez tiene constancia de que ciertos letrados pudieran estar en connivencia con los presos para la comisión de delitos de blanqueo de capitales. Es sabido, porque así lo establece la ley, que los abogados pueden ser, abusando del derecho de defensa, sujetos cualificados para dicho blanqueo. Por eso, y solo por eso, el juez estaba investigándolos. Estamos, pues, por tercera vez, ante una decisión «irracional» del TS. Ya es hora de que se restaure la razón jurídica democrática, finalizando el profundo deterioro de los valores democráticos, de la independencia judicial y de la credibilidad de la justicia que representan los procesos contra el juez Garzón.

Carlos Jiménez Villarejo, jurista.