La reestructuración de la industria española de defensa (I): balance y estado del marco europeo

Tema: La industria europea de defensa ha evolucionado muy deprisa durante las últimas dos décadas pero su capacidad de evolución se ha ido agotando debido a las restricciones presupuestarias y a las limitaciones del modelo institucional, un proceso que afecta a la necesaria reestructuración de la industria española.

Resumen: La industria europea de la defensa se ha transformado profundamente para adaptarse a los cambios derivados del fin de la Guerra Fría, de las reducciones presupuestarias ligadas al “dividendo de la paz” y de la irrupción de las nuevas tecnologías. Siguiendo –con retraso y vacilaciones– la tendencia marcada por la industria estadounidense ha tratado, por un lado, de fusionar sus empresas para lograr economías de escala que la hicieran competitiva y eficaz y, por otro, ha tratado de crear un mercado europeo de defensa que sostuviera la base tecnológico-industrial y la autonomía de equipamiento necesarias para facilitar el desarrollo de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD). Este ARI describe los esfuerzos realizados por potenciar la colaboración entre los Estados europeos, la participación española en los mismos y las lecciones aprendidas de la experiencia.

Análisis: Los antecedentes inmediatos de la reforma de la industria de defensa se remontan a la década de los 90, cuando los gobiernos aliados redujeron su esfuerzo de inversión en equipos de defensa a casi la mitad de los presupuestos de la década anterior. Simultáneamente se produjo una evolución de las tecnologías de información y comunicación de una magnitud sin precedentes que afectó profundamente las estructuras, sistemas de gestión y procesos de decisiones de todas las organizaciones empresariales. El efecto combinado de la “revolución” tecnológica y de la drástica reducción del esfuerzo financiero afectó profundamente al sector industrial de defensa, que debió hacer frente a una profunda reestructuración para asegurar su supervivencia. La pauta en la evolución la ha marcado la industria estadounidense que, durante la década de los 90 y con el apoyo del Pentágono, protagonizó un proceso de fusión sin precedentes que redujo el centenar de grandes industrias de defensa norteamericana existentes a apenas una docena y, adicionalmente, con sus actividades diversificadas hacia otros sectores.

Los cambios también afectaron a la industria española de defensa, que en los años 80 se benefició del gran esfuerzo de financiación de la Ley 44/82, de Dotaciones Presupuestarias que aseguró un incremento real del presupuesto de Defensa de un 2,5% anual durante esa década. Esta inversión presupuestaria, unida al acceso a importantes tecnologías de defensa asociadas al entonces vigente Tratado de Amistad y Cooperación con EEUU, y a la participación española en programas internacionales, acabó dotando al sector de unas capacidades no disponibles hasta ese momento.

La industria europea no llevó a cabo tantos sacrificios ni transformaciones como la estadounidense pero impulsó una profunda modificación del marco institucional europeo para facilitar las decisiones estratégicas que debía adoptar el sector industrial. Desde los años 80 existían proyectos de cooperación intraeuropea que se desarrollaban con lentitud y poca eficacia debido a la complejidad y falta de flexibilidad de una industria de defensa que trataba de proteger los intereses económicos y la autonomía estratégica de cada país. Por esta razón, las dos primeras iniciativas lanzadas para impulsar y mejorar las posibilidades de cooperación industrial en el ámbito de la defensa, la Carta de Intenciones para una Reorganización de la Industria de Defensa (Letter of Intent, LoI) y la Organización Conjunta de Cooperación en materia de Armamento (Organisation Conjointe de Coopération en Matière d’Armament, OCCAR), fueron adoptadas por los países europeos que disponían de capacidades tecnológico-industriales más importantes, desarrolladas gracias a su esfuerzo inversor y su voluntad de depender lo menos posible de los sectores industriales de otros países para disponer de capacidades militares esenciales para su propia seguridad nacional.

A iniciativa de las empresas nacionales, que demandaban conocer el marco normativo general en el que  tomar sus decisiones estratégicas, los ministros de Defensa de Francia, el Reino Unido, Alemania, Italia, España y Suecia firmaron una Carta de Intenciones (LOI) en 1998 que condujo a un Acuerdo Marco para la Reestructuración y funcionamiento de la Industria de Defensa Europea en 2000. Su objetivo era, y sigue siendo, promover una base industrial y tecnológica de defensa más sólida y competitiva actuado sobre seis áreas que dan forma al “mercado de defensa”: (1) seguridad de suministros; (2) procedimientos de exportación; (3) seguridad de la información; (4) investigación y tecnología; (5) tratamiento de la información técnica; y (6) armonización de los requisitos militares. Posteriormente se aprobaron Convenios de Aplicación en cada una de las áreas y, desde entonces, continúan los trabajos para armonizar las normativas y procedimientos utilizados por los miembros del grupo. Los acuerdos alcanzados dan forma y sentido a las políticas de armamento e industrias de defensa de los seis países signatarios que, en conjunto, acumulan entre el 80% y el 90% de la capacidad industrial y tecnológica de la UE.

Cabe destacar que este Grupo LOI no tiene una estructura administrativa de apoyo a los trabajos que se realizan. La presidencia es rotatoria y el órgano de gobierno es un Comité Ejecutivo que refrenda las decisiones está compuesto por representantes nacionales que dependen de los Directores Nacionales de Armamento.[1] El Grupo LoI actúa entre los niveles europeo y nacional aprovechando la interacción directa entre los responsables nacionales. Por ejemplo, estos han contribuido recientemente a los trabajos de la Comisión Europea para la preparación del denominado Paquete de Defensa (Directivas comunitarias sobre Transferencias Intracomunitarias y sobre Adquisiciones de Defensa ahora en proceso de transposición a la legislación nacional) de forma que la normativa comunitaria permite la aplicación de conceptos sobre seguridad de suministros y otros de contenido estratégico asociados a intereses nacionales de seguridad, lo que preserva un margen de protección a la base industrial de defensa que no hubiera sido posible sin la intervención del Grupo LoI. Las dificultades aparecen cuando hay que distribuir ajustes y responsabilidades, dar prioridad a unos u otros acuerdos y ajustar los procedimientos nacionales afectados por los acuerdos alcanzados. Estas dificultades son lógicas cuando se trata de forjar una aproximación común a la industria de defensa europea y exigen el entendimiento, compatibilidad y confluencia de los actores con responsabilidades similares en los seis países LoI, unas dificultades que se multiplicarán cuando se trate de desarrollar capacidades militares entre los 26 Estados miembros, según fija el Tratado de Lisboa.

Paralelamente al proceso de aprobación del Acuerdo Marco, la coordinación de actuaciones de los Directores Nacionales de Armamento llevó a la creación de una nueva organización para la gestión de programas europeos de cooperación de armamento: la Organisation Conjointe de Coopération en Matière d’Armament (OCCAR). Creada por un Memorando de Entendimiento firmado en 1996 por Alemania, Francia, Italia y el Reino Unido, entró en vigor en enero de 2001 tras su ratificación parlamentaria (Bélgica y España se unieron en 2005). Pretende convertirse en un centro de excelencia en la gestión de programas de armamento, empleando las mejores prácticas para mejorar la relación coste-eficacia, introducir prácticas comunes de adquisición basadas en la competencia en lugar de la contribución financiera de cada miembro, maximizar el reparto global de carga de trabajo con base plurianual y multi-programa frente al criterio de justo retorno aplicado anteriormente (carga de trabajo industrial proporcional a su contribución financiera aplicada cada año a cada programa).

La Agencia Europea de Defensa

La Agencia, creada mediante la Acción Común 2004/551/PESC de 12 de julio, tiene un carácter intergubernamental porque el desarrollo de las capacidades militares europeas y de una base industrial asociada precisa la cooperación voluntaria de los Estados miembros. La Agencia tiene como misión apoyar los esfuerzos del Consejo y de los Estados miembros para mejorar las capacidades de defensa de la UE en el ámbito de la gestión de crisis y de desarrollar la política exterior de seguridad y defensa. Las decisiones de la Agencia se adoptan por una Junta de Dirección con representantes de cada Estado miembro que se reúne dos veces al año en formato de ministros de Defensa y otras dos en cada una de las formaciones de Directores Nacionales de Armamento, de Investigación y Tecnología o de Política de Defensa. Las decisiones se toman por mayoría cualificada (de dos tercios) para dar flexibilidad a su funcionamiento pero un Estado miembro puede oponerse a una decisión adoptada por mayoría cualificada elevando el tema en cuestión al Consejo donde se requiere la unanimidad.

La Agencia cuenta con una plantilla de personal reducida, poco más de 100 personas, y un presupuesto pequeño –unos 35 millones de euros– si se compara con otros organismos internacionales y al que España aporta aproximadamente el 8% en función de su PIB. La Dirección de Capacidades se ocupa de las capacidades de defensa en el ámbito de la gestión de crisis y cuenta con un Plan de Desarrollo de Capacidades (CDP según sus siglas en inglés) que debe ser el elemento conductor de las actividades de las otras áreas y de las estrategias a largo plazo desarrolladas por ellas.

La Dirección de Investigación y Tecnología promueve la eficiencia en la investigación y tecnología europea de defensa, fomentando la colaboración entre los países miembros en este ámbito (“gastar más, gastar mejor, y gastar más todos juntos”). Se parte de que la inversión en I+T es esencial para preservar y fortalecer la base industrial y tecnológica existente y desarrollar las capacidades necesarias en la UE. Para ello se ha aprobado una Estrategia para impulsar la coordinación de la inversión europea en este campo y mejorar la coherencia conminando fines (tecnologías en que debemos invertir para mejorar las capacidades militares), medios (mecanismos, estructuras y procedimientos para incrementar la eficiencia) y modos para implantar los fines y los medios.

Cuentan con dos tipos de proyectos: unos de investigación conjunta denominados “categoría A” que utilizan el enfoque “de arriba hacia abajo”, asumiendo la participación de todos los países miembros salvo los que decidan apartarse (opting out) y que están diseñados para hacer frente a carencias en capacidades generales o para atender a prioridades previamente acordadas. Se desarrollan, bajo la responsabilidad de la Agencia y disponen de un presupuesto ad hoc, con una contribución específica de cada participante. El segundo tipo de proyectos, “categoría B”, utiliza el planteamiento inverso y se inicia por uno o varios países que se juntan (opting in) para gestionar y desarrollar el proyecto.

La Dirección de Armamento fomenta la cooperación en programas de armamento, esencial para cubrir algunas carencias europeas de capacidades, entre otras cosas promoviendo o proponiendo nuevos programas, o coordinando programas existentes. Entre las actividades en marcha cabe citar las referidas a los programas de vigilancia marítima, el soldado del Siglo XXI o la flota de transporte aéreo europeo. No es fácil agregar las demandas porque los requisitos militares de cada país difieren y precisan tiempo para armonizarse y, además, cada país necesita reponer sus equipos en distinto momento debido a que se encuentran en distinta fase de su ciclo de vida. La Agencia cuenta con una base de datos (CODABA) en la que países miembros dan a conocer voluntariamente sus previsiones de planeamiento y con una Estrategia de Armamentos aprobada en 2008. Sin embargo, los Estados miembros han optado por no dotar a la Agencia de capacidad de  gestión de futuros programas de cooperación que puedan surgir en su seno. Tras considerar las opciones existentes en nuevos programas, desarrollar un sistema de gestión específico para cada programa o dar esta responsabilidad a un solo país, se acordó que la opción “natural” será encargar la gestión de estos programas de colaboración a la OCCAR, dado que está ya en funcionamiento, consume pocos recursos que son empleados con criterios de eficiencia, y ha demostrado que puede gestionar eficientemente programas en los que participen países no miembros de la organización.

La Dirección de Industria y Mercado debe reforzar la base industrial y tecnológica de defensa europea y crear un mercado europeo de equipos de defensa competitivo internacionalmente. Se parte de la base de que la situación actual es ineficiente en términos agregados europeos debido al excesivo número de personal empleado, la fragmentación del mercado o la obvia existencia de duplicidades. También resulta complejo conciliar la autoridad de la Comisión, responsable de regular el mercado interior, con la autonomía de los países miembros de la UE, responsables de definir sus intereses de seguridad nacional. Esto explica que la legislación comunitaria sobre adquisiciones públicas sea aplicable a las adquisiciones de defensa (artículo 10 de la Directiva 2009/81 de 13 de julio sobre adquisiciones públicas) aunque esté sujeta a las limitaciones impuestas antes por el artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la UE (el antiguo 296 del TCE).

Las limitaciones consisten en que ningún Estado está obligado a facilitar información que revele lo que considere contrario a sus intereses esenciales de seguridad, que cualquier Estado puede tomar las medidas que considere necesarias para la protección de los intereses esenciales de su seguridad relacionados con la producción o el comercio de armas, municiones y material de guerra; y que tales medidas no deben afectar negativamente a las condiciones de competencia del mercado común en relación con productos que no sean destinados específicamente a satisfacer intereses esenciales de seguridad. El Consejo, actuando por unanimidad ante una propuesta de la Comisión, puede cambiar la lista de productos a los que son aplicables los dos apartados anteriores.

Junto a la regulación comunitaria, la EDA cuenta desde el 1 de julio de 2006 con un Régimen Intergubernamental de autorregulación que incluye un Código de Conducta para las Administraciones de Defensa que pretende abrir las adquisiciones a otros Estados en base al principio de reciprocidad. Se trata de un compromiso de carácter voluntario y no vinculante referido a adquisiciones de Defensa amparadas por las estipulaciones del mencionado artículo 346 del Tratado. En segundo lugar, incluye una mayor transparencia en las adquisiciones de defensa mediante su publicación en un portal electrónico de la EDA (EBB1) con el compromiso de que las empresas de defensa de los países suscriptores del Código serán tratadas en todos ellos de la misma manera que las compañías nacionales. También cuenta con un Código de Mejores Prácticas en la Cadena de Suministros dirigido a que los contratistas principales del sector de defensa abran sus cadenas de suministro habituales a posibles suministradores de todos los países de la UE con los mismos criterios de transparencia y equidad, para lo que las oportunidades de contratación deben ser publicadas en otro boletín electrónico gestionado por la EDA (EBB2). Todavía existe un tercer Código de Conducta para la armonización y sucesiva supresión de las prácticas de offsets, muy diferentes en los distintos Estados miembros, que pueden llegar a distorsionar seriamente el mercado de defensa por lo que son cada vez más incompatibles con la legislación comunitaria relacionada con el mercado interior.

Finalmente, la EDA ha aprobado un acuerdo sobre Seguridad de Suministros y otro sobre Seguridad de la Información, pendiente de aplicación, y está definiendo una estrategia tendente a desarrollar una base industrial y tecnológica de defensa europea (EDTIB en sus siglas inglesas) que sustente la soberanía nacional y a la autonomía europea en situaciones de conflicto y que facilite la reestructuración de la industria europea. Esta EDTIB debe satisfacer las capacidades operativas con las últimas tecnologías disponibles y hacerlo en condiciones de coste y eficacia que le permitan competir por los mercados globales.

El contexto institucional de la industria de defensa tras el Tratado de Lisboa

El Tratado refrenda el contenido de la Acción Común aprobada en 2004 y su artículo 45 asigna misiones a la Agencia Europea de Defensa sin introducir cambios sustanciales, pero la adaptación de la EDA al Tratado está siendo más laboriosa de lo esperado. Durante la primera mitad de 2010 se elaboró un borrador de sus nuevos estatutos (Statute, Seat and Operational procedures) basados en el texto de la Acción Común pero no se pudo aprobar en el plazo previsto –el 30 de junio de 2010– debido a las diferencias con los representantes de la Comisión. Entre otras razones, debido a que el artículo 45.1.e fija como una de las misiones de la Agencia “contribuir a identificar y, si fuera necesario, implantar cualquier medida útil para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de defensa, y para mejorar la eficiencia del gasto militar”, una competencia que podría entrar en colisión con la Directiva de Adquisiciones de Defensa 2009/81aprobada y en proceso de transposición a las legislaciones nacionales. Finalmente, la Decisión del Consejo 2011/411/CFSP de 11 de julio ha aprobado los nuevos Estatutos de la Agencia reemplazando la Acción Común de 2004.

En la situación actual, la evolución paralela de los tres foros anteriormente explicados: LOI, OCCAR, y EDA se ha ido ralentizado a medida que su progreso ha ido añadiendo complejidad e interdependencia. Tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa a finales de 2009se esperaba que la alta representante y vicepresidenta de la UE tuviera un papel importante en el desarrollo de la Agencia Europea de Defensa, pero de momento ha dado carácter prioritario al desarrollo del Servicio Europeo de Acción Exterior. En este contexto, la decisión del Consejo del pasado 11 de julio de 2011 ha mantenido la anterior delimitación de las responsabilidades de la Agencia y de cada uno de los Estados Miembros, frente a la creciente ambición de la Comisión de desarrollar la legislación comunitaria con una interpretación muy generosa de sus propias competencias. El posterior desarrollo reglamentario de la Directiva de la Comisión sobre Adquisiciones de Defensa y de las Leyes nacionales deberá salvaguardar el equilibrio de competencias establecido.

Las dificultades anteriores se han agravado por la aparición de la crisis financiera que ha afectado a todos los presupuestos de defensa europeos y, en particular, al desarrollo de los grandes programas de cooperación de armamentos existentes, ya que se ha retrasado la posibilidad de lanzar nuevos programas de cooperación sobre los que ir aplicando los logros y acuerdos generales que se vayan adoptando. También se ha evidenciado la dificultad de aplicar el método LoI: el establecimiento de relaciones personales directas entre los distintos responsables de los seis miembros a un grupo más amplio de 26 países, ya que los responsables nacionales de armamento prestan ahora mayor atención a la solución de sus problemas industriales o presupuestarios particulares que a impulsar la cooperación con otros países. Esta reorientación de prioridades de los responsables de armamento de cada país se ha extendido, como no podía ser menos, a las industrias de defensa de cada país, grande o pequeño, que sienten amenazados sus objetivos a corto y medio plazo y que también han reorientados sus esfuerzos a preservar sus propias capacidades en perjuicio de otros proyectos de cooperación que, en general, requieren recursos, pero que también necesitan una cierta generosidad de los más capaces, y la dedicación de parte de sus recursos  a definir e impulsar una visión de futuro.

Por su parte, la OCCAR ha sido capaz de mostrar su eficacia en la gestión de grandes programas de defensa en cooperación que sólo en muy pocas ocasiones podrán ser acometidos por un solo país. La acumulación de experiencias ganadas en la gestión de distintos programas y la posterior aplicación de las lecciones aprendidas para mejorar la gestión de futuros programas se considera un activo del máximo interés, cuyo valor se irá incrementando en el futuro. Con igual claridad se ve que es preciso mejorar los procedimientos de relación e interlocución de la OCCAR con los países participantes en grandes programas, especialmente cuando su magnitud pueda afectar a las capacidades tecnológico-industriales de cada país, y con los grupos industriales que participen en programas de las características citadas, como ha mostrado el desarrollo del programa Airbus-400M. Al ser elegida la OCCAR en lugar de la Agencia, como órgano de gestión de los grandes programas, será aquella quien se ocupe de la gestión de los programas de equipos y, como novedad, del apoyo al ciclo de vida de los programas desarrollados por ella, aunque también se verá afectada por las restricciones presupuestarias. Queda por resolver la aprobación del Acuerdo de Colaboración entre EDA y OCCAR que está bloqueado por la postura inflexible de Grecia y Chipre que persisten en bloquear la cooperación entre la Agencia y Turquía (ya miembro del programa A-400M), demorando e, incluso, vetando la aprobación de documentos y acuerdos necesarios para definir el marco de cooperación de la EDA con terceros países.

La Agencia Europea de Defensa ha conseguido logros importantes en cuanto a la aprobación de estrategias generales en todas las áreas de su actividad. Por el contrario, le ha sido más difícil de lo esperado conseguir logros concretos que permitan visualizar su valor añadido y justifiquen el enorme esfuerzo político y el gran volumen de recursos empleados hasta el momento por los países miembros ya que el coste de la contribución nacional al presupuesto de la Agencia, es proporcionalmente muy reducido si se compara con el de los recursos humanos empleados tanto en las capitales como en las innumerables reuniones de grupos de expertos nacionales que constituyen el núcleo fundamental del trabajo de la Agencia.

A partir de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la Agencia no ha podido dar un nuevo salto cualitativo en su necesaria evolución debido a varios factores. Primero, al gran esfuerzo realizado para encajar las relaciones entre la Agencia y los distintos órganos de la Comisión con responsabilidad en aspectos de Industria y Mercado y de Investigación y Tecnología, salvaguardando las responsabilidades e intereses de la EDA y de sus Estados miembros, una solución que debe materializarse a través del desarrollo reglamentario de las Directivas de la Comisión en esta materia.

En segundo lugar, los países pequeños y medianos que están más preocupados por su propio encaje en los nuevos organismos europeos que en el desarrollo real de capacidades militares del UE, han logrado reconducir  los debates de la Agencia hacia discusiones burocrático-administrativas, discusiones que interesan poco a los países con mayor capacidad industrial, tecnológica y financiera, que son imprescindibles para el desarrollo de dichas capacidades. Finalmente, la aparición de acuerdos de cooperación bilaterales entre los países europeos de mayor capacidad puede suponer un debilitamiento del protagonismo de la Agencia como interlocutor europeo en el desarrollo de capacidades militares que cubran las necesidades existentes,  razón para la que fue creada.

Conclusiones: Los procesos LOI y OCCAR fueron lanzados a finales de la década de los noventa como respuesta a la disminución del gasto en defensa y atendiendo a la petición de las grandes industrias de defensa, con la finalidad de incrementar las posibilidades de cooperación intraeuropea y la eficacia en la gestión de grandes programas de armamento. La posterior creación de la Agencia Europea de Defensa supuso la conexión entre la capacidad industrial y tecnológica existente en la UE a veintiséis y las necesidades de capacidades militares requeridas para el desarrollo de la PCSD. La cooperación es necesaria porque los grandes programas de armamento sólo pueden ser ya desarrollados y financiados en común, basados en las capacidad y competitividad de las industrias de defensa nacionales existentes, lo que requiere un esfuerzo continuado actual para incrementar la eficiencia de la industria europea de defensa.

Estos procesos han dado lugar a una razonable armonización, compatibilidad y entendimiento de las normas y procedimientos nacionales aplicados al desarrollo de sus programas de cooperación, aunque algunas de estas normas como la Directiva de la Comisión sobre Adquisiciones de Defensa o el Código de Conducta sobre Offsets aprobado en la EDA para  las adquisiciones de defensas se encuentran en sus primeras fases de aplicación y es pronto para extraer conclusiones. La consolidación horizontal de la industria europea de defensa, tipo EADS en el sector aeronáutico, no parece haberse extendido a otros sectores, como el naval o el de medios acorazados terrestres, para ganar competitividad y obtener economías de escala, y en todos los sectores coexisten grandes empresas junto a otras pequeñas y medianas. La liberalización del sector ha coexistido con la persistencia de grandes industrias de defensa nacionales, caso de British Aerospace en el Reino Unido, Finmeccanica en Italia o Thales en Francia que se han fortalecido internamente con los procesos de concentración y que ahora se han ido extendiendo a otros países compitiendo por mercados globales. En todo caso, la evolución del sector industrial español de defensa está inevitablemente vinculado a la del sector industrial europeo, por lo que es necesario seguir la evolución europea y participar activamente en el proceso para que se adapte en lo posible a nuestras necesidades, algo para lo que es necesario que el sector industrial nacional defina adecuadamente sus propios intereses.

La evolución del sector europeo de defensa se ha seguido con atención por terceros países como Noruega, Australia y Arabia Saudí que, en ocasiones, y ante la dificultad de cooperar con la industria estadounidense debido al ritmo de modernización de sistemas de armas norteamericanos y a las condiciones de su sistema de ventas, ha mostrado su interés por cooperar con países de la UE. Una tendencia que beneficia a los países con sectores industriales –como el español-capaces y flexibles para dar respuesta a los nuevos socios–. La consolidación y extensión de la participación del sector de defensa español en estos y otros mercados dependerá en gran medida de la posibilidad de mostrar industrias de defensa cada vez con mayor capacidad tecnológica, de producción y de integración. También dependerá de la colaboración de las Administraciones Públicas, especialmente de la del Ministerio de Defensa, para proyectar los intereses del sector en la UE y en terceros países.

Por José Luis Ceballos, General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra, ex subdirector general de Relaciones Internacionales de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa.

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[1] En el caso español, la Dirección General de Armamento del Ministerio de Defensa se encarga de la coordinación general y de las áreas de seguridad de suministro e investigación y tecnología; el Estado Mayor de la Defensa de la armonización de requisitos militares, el CNI de la seguridad de la información, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de los procedimientos de exportación y el Ministerio de Economía y Hacienda del tratamiento de la información técnica.

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