La tozudez de los hechos

Al caer la tarde del 1 de marzo de 1977 --¡hace treinta años!-- Josep-Maria Puig Salellas, entonces decano del Colegio Notarial de Catalunya, me dio posesión de mi notaría en Barcelona. Desde aquel día, siento por él respeto intelectual y afecto personal. Por eso --y aunque les aburra-- contesto a su reciente artículo comentando otro mío, con ánimo de precisar mi posición.

Resume Puig mis ideas: "El Estatut de Catalunya constituye un grave error, desde el punto de vista de los intereses del Estado español, por introducir --aunque sea de forma embrionaria-- unos mecanismos de bilateralidad impropios de un Estado federal". Por lo que, "la única alternativa realista (...) es el Estado federal o la autodeterminación".

Frente a esta posición, Puig parte de "un cierto grado de escepticismo saludable, que lleva a (...) la relativización de los conceptos", y hace dos afirmaciones: Primera. Que la bilateralidad está en la Constitución, pues --según su artículo 2-- "el Estado estaba integrado por comunidades autónomas con entidad nacional --las llamadas nacionalidades-- y por otras que eran calificadas únicamente como regiones".

Segunda. Que, "por encima del federalismo y de la independencia, (cabe) la búsqueda de una relación especial, porque el primero, precisamente por su uniformidad, ignora el hecho diferencial, y la segunda (...) no es viable", ya que "según datos (...) relativos al 2005, el saldo comercial de Catalunya con el resto del mundo fue negativo en 4.305 millones de euros, mientras que el relativo a España fue positivo en 20.956 millones. Y es que (...) el primer mercado de las empresas catalanas (...) es el Estado español".

Así las cosas, deseo aclarar la raíz de mi pensamiento, que no se funda en una interpretación estricta de la ley, sino en el realismo jurídico, que (dejando al margen los derechos humanos, que son un prius a lo jurídico) sostiene que el Derecho no es más que el conjunto de normas que cada sociedad considera convenientes --en cada momento histórico-- desde el punto de vista de su interés general, único principio ético de validez universal no metafísico. Por tanto, el Derecho es para mí una realidad histórica y no un corpus dogmático; concibo las leyes como simples instrumentos contingentes de ordenación social y de resolución de conflictos; y sostengo que el componente económico es consubstancial a toda norma jurídica.

Con tal mentalidad, ¿puede alguien pensar que, cuando afirmo que el Estatut no será nunca objeto de desarrollo pleno, es por interpretar restrictivamente la Constitución o por lo que pueda decir el Tribunal Constitucional? De ningún modo. Lo que sostengo es mucho más grave, a saber: que, digan lo que digan la Constitución, el Estatut y el Tribunal Constitucional, la realidad se impondrá y Catalunya jamás tendrá una relación bilateral completa --de tú a tú-- con España, porque las otras Comunidades no lo permitirán y exigirán café para todos.

Acierta Puig cuando alega que la Constitución quiso distinguir entre autonomía política y administrativa. Pero el intento se frustró --el 28 de febrero de 1980-- con el Estatuto de Andalucía, que, en lugar de la autonomía administrativa, optó por la autonomía política. ¿Pudo ser de otro modo? No lo creo.

En Andalucía pasó lo que tenía que pasar, es decir, que dado el gran efecto mimético que, por su viejo prestigio, despierta Catalunya en toda España, ninguna de las comunidades mayores ha querido ni querrá nunca ser menos que Catalunya. Piensen en la cláusula Camps, así como en lo que le oí decir al presidente Matas refiriéndose a Baleares: "Som una nació igual que Catalunya i, a més, el nostre fet diferencial està potenciat per la insularitat".

De lo que resulta que si Catalunya consolidase una relación bilateral con España, ésta se extendería a otras Comunidades, con el resultado de que el Estado explotaría, por no resistir una pluralidad de relaciones bilaterales. No digo que esto sea bueno ni malo, ni justo ni injusto. Es así. Y los hechos son tozudos y terminan imponiéndose.

¿Qué salida hay? Solo la transaccional, en forma de auténtico Estado federal. Pero, si por parte catalana se considera que ésta fórmula es insuficiente, no queda otro remedio que pensar en la secesión, porque lo que Catalunya nunca logrará --insisto-- es una relación bilateral plena con España.

Cuando sostengo esta alternativa --Estado federal o secesión-- nadie me hace caso. Se me dice que España nunca consentirá la independencia de Catalunya, pues no podría subsistir sin la aportación económica catalana (el 20% del PIB). Quizá sea así, pero no lo veo claro. En primer lugar, porque detecto hace tiempo que, de la misma forma que Catalunya padece fatiga de España por la discriminación sufrida --por ejemplo-- en materia de infraestructuras, una equiparable fatiga de Catalunya se da en buena parte de España por la permanente reivindicación política catalana con horizonte difuso. Y, en segundo término, porque la España de hoy tiene unas posibilidades de crecimiento y de proyección a su área cultural, que hacen de ella un país con futuro.

Total, que la relación Catalunya-España se asemejará --cada día más-- a la de aquellas parejas que ponderan poner fin a su convivencia por hacérseles fatigosa. Por consiguiente, llegará el día en que Catalunya y España habrán de evaluar fríamente su situación y decidir desde la exclusiva óptica de sus particulares intereses lo que más les conviene. Lo que les exigirá a ambas prescindir del concepto de culpa, hacer punta al lápiz para echar cuentas, y, sobre todo, tener presente que la vida no puede convertirse en una agonía continua. Son cuatro días.

Juan-José López Burniol, notario.