Levantada la inmunidad, la hora de Bélgica y España

La votación en el Parlamento Europeo a favor del levantamiento de la inmunidad de tres eurodiputados españoles (Puigdemont, Comín y Ponsatí) sobre los que pende una orden de detención para su procesamiento en España era lo esperado. Porque el Parlamento Europeo (PE) nunca ha entendido la protección especial de la que deben gozar los eurodiputados como una patente de corso para la comisión de delitos o como una interferencia en la independencia de los tribunales. La inmunidad solo debe proteger las actividades propias de la representación política parlamentaria reglada. Solo la actividad de ejercicio de la expresión de sus ideas y actuaciones conforme a los tratados y reglamento interno del PE.

La inmunidad parlamentaria europea, además, no puede cubrir actividades privadas o públicas anteriores a su elección por las que deba responder ante los tribunales de un Estado miembro. La inmensa mayoría de las peticiones de autorización para enjuiciar eurodiputados por eventuales ilícitos penales son aprobadas por el PE. Era lo esperado también en el caso de los tres políticos fugados a la justicia española y el PE no se ha separado de su línea de cooperar con los jueces nacionales y respetar la separación de poderes en la UE.

Levantada la inmunidad, la hora de Bélgica y EspañaNo obstante, siendo lo esperado, ha tenido mucho mérito esta votación y la valentía de los 400 eurodiputados que hacen valer el respeto de Estado de Derecho en la Unión. Eran casos muy politizados en campañas con muchos medios de los tres eurodiputados sujetos a orden de detención del Tribunal Supremo español (TS). Además, un partido antisistema en coalición en el Gobierno de España (Podemos) y el resto de partidos nacionalistas y antisistema que sostienen en las Cortes al Gobierno de Sánchez hacían campaña furibunda contra su propio Estado y Alto Tribunal. Han logrado dar la imagen exterior de un Gobierno español que parece la casa de tócame Roque.

Hay que reconocer que los eurodiputados españoles de los partidos democráticos, PSOE, PP y Ciudadanos, todos, han defendido el respeto a la independencia judicial, esencia del Estado de Derecho que es España y exige la UE. En el marco de la preocupación política creciente en nuestro país, es una buena noticia para el constitucionalismo y para la democracia. Y se han movilizado para defender que en España se pueda ejercer la tutela judicial efectiva que se garantiza con la independencia e imparcialidad de nuestros tribunales. Se han movilizado ante sus colegas de representación en sus propios grupos y en otros afines con argumentos razonados fundados en los valores europeos que están en el frontispicio de los Tratados de la Unión (art. 2 TUE).

Los tres partidos democráticos españoles y la mayoría del PE han defendido que los jueces deben ejercer sus funciones jurisdiccionales, hacer respetar la ley tal como la ha aprobado el Parlamento español mientras siga en vigor, y que cuando estiman que se debe procesar a alguien deben poder desarrollar el proceso judicial para declarar su inocencia o, en su caso, su culpabilidad.

Los tres fugados y los partidos antisistema que les apoyan reclaman un privilegio inexistente en cualquier Estado democrático: reclaman que los dirigentes políticos escapen al control judicial de sus posibles delitos. Algo más propio de los privilegios del medievo o del ancien régime anterior al siglo XIX o de las tiranías del siglo XX y XXI. Las democracias representativas consagran la igualdad de todos ante la ley y el deber de responder de posibles ilícitos penales ante un sistema judicial que garantice la tutela judicial efectiva, el derecho a un juicio justo.

Negar la función jurisdiccional es negar la columna vertebral de un sistema de libertades protegidas por jueces independientes y justos. Sería negar el Estado de Derecho. El Parlamento Europeo, con esta votación, se ha inclinado mayoritariamente por la defensa de las libertades y del Estado de Derecho en España. Por dejar a los jueces, al Tribunal Supremo, cumplir su función en el escenario democrático español. Hacer cumplir la voluntad general de la ciudadanía española. Las Cortes pueden modificar la ley, acordar otra voluntad general para actuaciones como las imputadas a los tres fugados, pero no lo han hecho.

Mientras esté en vigor una ley, los tribunales son el guardián de la voluntad general y nada debe interferir en la independencia judicial. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) tiene una asentada jurisprudencia sobre el Estado de Derecho basada casi exclusivamente en la independencia judicial (a propósito de su violación reiterada en Polonia, sentencia de 19.11.2019, A.K.). Permitir que el juez ejerza «sus funciones con plena autonomía, sin estar sometido a ningún vínculo jerárquico o de subordinación respecto a terceros y sin recibir órdenes ni instrucciones de ningún tipo». Para el TJUE, esa independencia es también separación de poderes –sin vetos de otros poderes– e imparcialidad –equidistancia con respecto a las partes del litigio y a sus intereses respectivos–. Nuestro sistema judicial goza de la confianza que los tribunales de una sociedad democrática deben inspirar a los justiciables. Es lo que ha reconocido el PE.

Claro que, una vez reconocidos la dignidad de la Eurocámara y el compromiso democrático de los partidos constitucionalistas, cabe deshinchar el globo. La decisión de levantamiento de la inmunidad por el PE ha sido una cuestión de fuero, de dignidad para España, pero de nulas consecuencias dada la parcialidad de la Justicia belga.

La estela judicial belga es firme desde que España es una democracia: proteger a los asesinos de la banda terrorista ETA, proteger cualquier acción ilícita que socave la democracia en España. La decisión negativa ya está tomada desde enero de 2020 en el rechazo a la entrega del ex consejero Lluís Puig (no recurrida por la Fiscalía belga), como yo advertía en una reciente Tribuna en este mismo periódico (18.2.2021). No han dudado en apartarse intencionadamente de las condiciones de aplicación de la Decisión Marco (2002/584) que rige la euroorden de detención y entrega (ODE). Prefieren eternizar la imagen romántica del odio a los Tercios de Flandes antes que reconocer la realidad de la España constitucional y democrática comprometida con la Europa de los valores desde 1978.

Merece respeto la reciente iniciativa del TS de plantear una cuestión prejudicial ante la intencionada infracción de la normativa de la ODE por el tribunal belga. Está en su derecho, aunque no me produce entusiasmo. Al contrario, y ya lo decía en ese artículo, el TJUE se puede limitar, en el mejor de los casos, a repartir pases sin hacer la faena al toro.

Lo preocupante de la prejudicial del TS español es que se diluya la facultad de la Comisión Europea de demandar a Bélgica (de entrada, muy remota por su parcialidad). Y más grave es que enfríe la obligación de dignidad del Estado español de demandar a Bélgica, tal como yo defendía en la citada Tribuna. España ya podría hacerlo por la negativa firme de aplicación entrega del ex consejero Lluís Puig. Es cierto que la demanda por infracción contra Bélgica es independiente de la cuestión prejudicial del TS y pueden ir en paralelo o sucesivamente y acabar siendo complementarias.

Y, desde luego, si se confirma la negativa judicial belga por los otros tres fugados, cuya inmunidad se ha levantado, el Gobierno de España, por medio de la implicación institucional directa, personal, de la ministra de Asuntos Exteriores y del presidente del Gobierno, deben ponderar la necesidad de transmitir a la Comisión europea la gravedad de las actuaciones belgas en las que se juega el futuro de la euroorden y del propio espacio de libertad de Schengen. Y actuar en defensa del respeto que se merece España y el Derecho de la UE.

Araceli Mangas Martín es Académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y RRII de la UCM.

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