Ley de memoria de la democracia

La reconstrucción de la Europa de posguerra se asentó sobre un pacto de Estado para conocer y asumir su pasado, empezando por reparar simbólica y económicamente a las víctimas de la barbarie. Pacto que en España sigue siendo necesario para que la sociedad acepte la memoria como algo justo y necesario, no como algo político y partidista. Una posición consensuada que en nuestra historia reciente se consiguió en la Transición, a pesar de la incertidumbre, la amenaza involucionista, el peso de la violencia y el terrorismo. Las primeras menciones a una “transacción” pacífica y ordenada de poderes se dieron en los meses finales de la guerra civil, seguidas en parte del exilio, hubo que esperar a los años cincuenta para que se dieran las primeras réplicas al relato de la dictadura. En las protestas universitarias de 1956 apareció el primer manifiesto que hablaba ya de “guerra fratricida” y de “tragedia colectiva”, borrando la línea que separaba a los “vencedores” de los “vencidos”.

La historia reciente de España y la de su propia memoria colectiva ha tratado de seguir los pasos de una lenta recuperación hasta llegar al consenso alcanzado al término de la Segunda Guerra Mundial. Este acuerdo se produjo simbólicamente en la resolución de 20 de noviembre de 2002, de condena del golpe de Estado del 18 de julio 1936. Ese día se votó en el Congreso a favor de reconocer a todas las personas que sufrieron la represión de la dictadura. Un punto de partida al que hay que volver, una y otra vez, para enmarcar la cuestión. La Ley de Memoria Democrática actualiza e incorpora una serie de aspectos que las medidas anteriores no habían recogido, o lo habían hecho parcialmente, en línea con los principios básicos de los Derechos Humanos. El debate no invalida la crítica sino, muy al contrario, muestra la complejidad que abarca y los conflictos aún pendientes de regular y resolver, pero difícilmente puede afirmarse que vulnere el espíritu de la Transición. En cierto sentido, la concluye, ya que supera el marco de reconciliación impuesto por la dictadura ensalzando el consenso originario, la raíz democrática de nuestro proceso de cambio con todas sus imperfecciones, reconociendo a todos aquellos que sufrieron represión o persecución ideológica entre 1936 y 1978.

El marco cronológico de la ley empieza en el golpe de Estado y termina, por tanto, con la aprobación de la Constitución. Las primeras medidas democráticas fueron encaminadas a devolver la libertad por delitos de “oposición al régimen”. La Ley de Amnistía, (46/1977) sacó de prisión a presos políticos y sindicalistas, eliminando la responsabilidad del aparato de la dictadura ante cualquier delito cometido hasta diciembre de 1976. Tras esta ley se promulgaron otras “niveladoras” para igualar en prestaciones a las víctimas de los vencidos con las de los vencedores: en la primera legislatura (1979-1982), se concedieron pensiones a viudas, mutilados y militares republicanos que no las habían tenido nunca. Ya en la segunda legislatura, se aprobó la conocida como ley de “militares de la República” y la Ley 18/1984 que consideraba los años de cárcel como tiempo cotizado para prestaciones sociales. En la tercera legislatura (1986-1989) se concedieron indemnizaciones morales y económicas para los que sufrieron prisión en los supuestos contemplados por la Ley de Amnistía y se abordó por primera vez la devolución de bienes a partidos, asociaciones políticas y sindicales. Esta devolución continuó en posteriores legislaturas a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

La ley actual trata de salir de esa dicotomía que había llevado a un constante bloqueo político bajo la amenaza de ser un texto revanchista, se sitúa en un sentido de Estado que asume su responsabilidad con los efectos de una época de violencia masiva. Tal y como se ha hecho en la mayoría de los países con procesos similares que han seguido implementando medidas para paliar los efectos de sus pasados traumáticos. Desde esa posición legislativa pasa a definir su objeto: las víctimas, ampliando significativamente su campo en varios sentidos. Reconoce, por primera vez, la existencia de una violencia específica sobre las mujeres. Enumera, al mismo tiempo, una tipología de la represión más compleja de la que hasta el momento existía (no solo violencia física, sino depuración profesional, expropiación de bienes y explotación económica) abarcando también la ley de peligrosidad social. Esa diversidad de tipos represivos queda igualada en materia de reparación con la declaración de la nulidad de todas las resoluciones y sentencias que dictaron los consejos de guerra de la dictadura. Aspecto esencial pues hasta el momento, no se había revisado ni declarado nula ninguna de estas sentencias.

El otro gran aspecto que hay que tener en cuenta está en los instrumentos que dispone para llevarla a cabo. Por un lado, actualiza el panorama de localización e identificación, a menudo disperso, de todo lo anterior. Dispone un censo de víctimas y un banco nacional de ADN de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. Todo ello emplaza a la localización de las fosas comunes, la búsqueda e identificación de los desaparecidos (plan cuatrienal de exhumaciones) y la elaboración de un mapa de fosas integrado que abarque todo el territorio nacional. Por último pero no menos importante, crea una Fiscalía de Sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos, necesaria para velar por el cumplimiento de todas las disposiciones en materia de exhumación e identificación de este período. La ley busca, textualmente, “dignificar a las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura, reintegrándolas al espacio público a través de los valores de la democracia actual”, no busca la persecución de colectivos sociales o políticos, sino el reconocimiento de las víctimas: personas anónimas que fueron tratadas como criminales. Muchas de ellas siguen desaparecidas y desde ningún punto de vista se les puede negar la identificación y sepultura tal y como deseen sus familiares. Ese retorno es la primera necesidad para sellar las fracturas, como sigue recomendando Naciones Unidas en la salida de todos los conflictos actuales. A pesar de todo, hay que corregir los aspectos que puedan ser considerados dudosos, nulos o insuficientes, queda mucho desterrar la desconfianza y el recelo acumulado que han sufrido estas medidas. El debate sobre la Historia de España es otra cuestión que debe mantenerse alejada de las cuestiones políticas del presente.

Gutmaro Gómez Bravo es profesor titular de Historia Contemporánea (UCM) y director del Grupo de Investigación de la Guerra Civil y el franquismo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *