Los estándares europeos

Hace unos días Javier Solana escribía en un artículo “nos tomamos la licencia retórica de equiparar a la Unión Europea con Europa”. Y efectivamente equiparar Europa con la UE es un error o, al menos, no es toda la verdad. Es importante recordarlo porque ante los desmanes iliberales de algunos regímenes europeos son varios los resortes políticos y jurídicos que pueden entrar en juego, más allá de la Unión Europea. Esta organización no está sola en la defensa de la democracia y los derechos y libertades que le son inherentes.

El Consejo de Europa (CdE) está compuesto hoy por 47 Estados: todos los actualmente miembros de la UE (28 Estados) y 19 Estados más. El Consejo de Europa, que cuenta con un secretario general, una Asamblea Parlamentaria, un Comité de Ministros y un comisario de Derechos Humanos como estructura básica, se ha convertido en un referente ineludible en la elaboración de estándares mínimos comunes para todos sus miembros relativos al Estado de derecho, la democracia y los derechos humanos. Estos estándares han sido creados a lo largo de los años, gracias a mucha y paciente colaboración jurídica, pero también política y diplomática. Algunos organismos del CdE se han convertido en auténticos referentes en la detección de malfuncionamientos de elementos claves de nuestras democracias. Este trabajo de defensa de los derechos humanos supuso que, tras la caída del muro de Berlín, se exigiera a los Estados del antiguo bloque soviético que para entrar en la UE ratificaran previamente el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y se sometieran a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Para los Estados excomunistas entrar a forma parte del sistema europeo de tutela de derechos se convirtió en una especie de ITV previa a su entrada a la UE. De hecho, incluso cuando todavía estaba en la agenda una posible entrada de Turquía en la UE, también este país fue acomodando sus estándares de derechos humanos a los fijados en Estrasburgo. Y ello porque el Convenio fue concebido en 1950 como el catálogo de derechos mínimos que todo Estado que se proclamara Estado de derecho democrático debía cumplir y el Tribunal como el guardián de dichos derechos.

Esta jurisdicción se ha encargado de velar por el cumplimiento de aquel núcleo duro —que se ha ido extendiendo con el paso de los años— y ha generado un cuerpo de jurisprudencia que venía siendo, en general, respetado por todos los Estados parte. En definitiva, el Consejo de Europa ha dotado a esta región de cautelas y garantías políticas y jurídicas de respeto de los derechos y libertades fundamentales.

Últimamente, sin embargo, estas cautelas parecen estar fallando respecto de Estados que están poniendo en jaque al modelo democrático europeo, atacando de forma sistemática a algunos de sus valores y principios fundacionales comunes.

La contestación del Gobierno de Erdogan al golpe de Estado del verano pasado ha supuesto que Turquía haya sufrido una notable involución en relación con los derechos humanos (ya tenía problemas serios, por ejemplo, con desapariciones de kurdos). El secretario general del CdE ha intervenido varias veces intentando hacer que el Gobierno turco reconsiderara sus medidas que violentan los estándares más elementales.

Sobre la situación en Polonia se han pronunciado el secretario general y la Asamblea Parlamentaria (para quien la reforma del Tribunal Constitucional supone un ataque a la separación de poderes). También Hungría y las políticas de restricción de la pluralidad política y la libertad de expresión están en el punto de mira de estas instituciones. Precisamente su rechazo a las cuotas de refugiados ha motivado la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Justicia, que las ha convalidado; una decisión contra la que Budapest ha protestado con virulencia.

La UE es la organización de la integración política y económica y el Consejo de Europa, la que garantiza y desarrolla los estándares en materia de derechos humanos que, por cierto, la Unión asumió como propios. Se configura así un espacio jurídico europeo común como base de la cultura constitucional europea —en palabras de Pedro Cruz Villalón— y de la que traen causa estas organizaciones trasnacionales. Por ello las instituciones que las rigen y los Estados que las conforman deben utilizar todos los mecanismos jurídicos y políticos a su alcance para impedir la deriva autoritaria de algunos de nuestros vecinos.

Argelia Queralt Jiménez es profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona y directora editorial de Agenda Pública.

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