Los jueces ante el proceso de paz

El Congreso de los Diputados aprobó el 20 de mayo del 2006 un acuerdo en el que, desde el presupuesto del absoluto rechazo de la violencia terrorista en cualquiera de sus formas, se afirmaba: "Apoyamos procesos de diálogos entre los poderes competentes del Estado y quienes decidan abandonar la violencia". Asimismo, se expresaba la "plena determinación de trabajar juntos en la finalización definitiva de la violencia terrorista". Naturalmente, el acuerdo y el compromiso adoptados solo podían afectar, por razón del principio de división de poderes, a las instituciones que representan la soberanía nacional. La inmediata pregunta es si el poder judicial, los jueces --parte sustancial del Estado democrático--, pueden ser indiferentes y hasta oponerse a esa voluntad, es decir, a las vías para alcanzar el final del terrorismo y la paz. Evidentemente, creemos que no.

Ciertamente, el proceso atraviesa dificultades previsibles. En primer lugar, porque ETA sigue activa y Batasuna continúa sin condenar la violencia, resistiéndose a emprender la vía de la legalización. Pero, además, concurren otras dificultades, procedentes de otras instancias, que sin tardanza deberían ser superadas.

Así, entre otras circunstancias, hoy la situación no es la misma que determinó la aprobación de la ley de partidos. ETA lleva más de tres años sin asesinar y ha declarado un alto el fuego permanente que hoy por hoy sigue vigente. En este nuevo contexto, el diálogo con Batasuna y con ETA no solo no es delictivo, sino que resulta necesario para alcanzar un fin superior y legitimo: la paz.

Sobre toda esta situación planea la ley de partidos políticos, planteada de forma fraudulenta para un caso único, la ilegalización de Batasuna, cuando debía haber sido objeto, en su caso, de una decisión jurisdiccional penal, si constituía una asociación ilícita. La vigencia de esa ley, las consecuencias de la ilegalización de Batasuna y las normas penales excepcionales aprobadas bajo Gobierno del PP están favoreciendo dificultades que concretan ciertas resoluciones judiciales.

La magistratura está mostrando en ciertos momentos una posición que, objetivamente, no favorece dicho proceso de paz, que es la voluntad mayoritaria del pueblo del que emana la justicia que sus jueces administran. Los ejemplos son muy significativos. Hace tres años, un juzgado central de instrucción acordó el cierre del diario Egunkaria y la detención y el procesamiento por colaboración con banda armada de varios directivos del rotativo. Ahora, el fiscal pide el archivo de la causa por ausencia de responsabilidades penales. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) absuelve a Juan María Atutxa y otros miembros de la Mesa del Parlamento Vasco de los delitos por los que fueron acusados, por negarse a disolver el grupo parlamentario de Batasuna, y recientemente el Tribunal Supremo anula dicha sentencia y obliga al tribunal a dictar otra por considerar insuficientemente fundada la absolución.

Ya abierto el proceso de paz, la Sala Especial del Supremo, que acordó la ilegalización de Batasuna, decide la liquidación patrimonial de los bienes de las entidades vinculadas a Batasuna, concretamente de las herriko tabernas, y procede al registro y ocupación de los bienes de dichas entidades. Días después, el fiscal general del Estado dictamina que la resolución del Supremo fue precipitada, infundada e improcedente. En el marco del proceso de paz y con el propósito de dialogar y avanzar hacia ella, los dirigentes políticos del PNV y el PSE celebran sendos encuentros con Arnaldo Otegi como representante de Batasuna. El PP y otras entidades formulan querellas criminales contra aquellas personas por diversos delitos, que el TSJPV admite a trámite, en ambos casos con un voto particular discordante que mantiene la absoluta licitud de dichos encuentros. En fecha muy reciente, el Supremo rechaza la querella presentada por Manos Limpias contra el presidente del Gobierno y otros altos cargos del PSOE por su relación con aquellos encuentros. Ante el acuerdo del Supremo, cabe preguntarse cómo el TSJPV mantiene los procedimientos penales incoados contra los dirigentes políticos del PNV y PSE.

El condenado por gravísimos delitos de terrorismo De Juana Chaos es juzgado por un delito de amenazas terroristas por el contenido de las cartas publicadas en el diario Gara. Aun dando por cierto que el contenido de dichas cartas fuera punible --lo que es ciertamente discutible--, dicho acusado fue condenado por un delito de "amenazas terroristas" a 12 años y un día de prisión, por lo que resulta que la amenaza de un mal futuro, por grave que este fuera, se castiga con más dureza que un delito de homicidio, con grave quebranto del principio de proporcionalidad que debe presidir un derecho penal simplemente liberal.

Ciertos representantes del Consejo General del Poder Judicial han dicho en más de una ocasión que los jueces y fiscales no están "en tregua", con una actitud que ha expresado a veces un cierto desdén hacia las instituciones democráticas. Evidentemente que no. Pero si la banda terrorista ETA ha abandonado provisionalmente la violencia y ha cesado en la actividad delictiva más grave, los jueces y fiscales deben actuar, en el marco de la legalidad democrática y dentro de sus competencias, atemperando la aplicación de las leyes para no obstaculizar una vía que puede y debe conducir a la eliminación del terrorismo y a la paz. En este sentido, la justicia está directamente afectada por el alto el fuego, y su compromiso activo es necesario para alcanzar la paz.

Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal anticorrupción.