Cada vez que se anima en España el debate sobre la reforma constitucional reaparecen los mismos lugares comunes para oponerse a ella. Nunca es el momento político adecuado y siempre hay cuestiones que preocupan más a los españoles. El resultado es que nuestra Constitución sólo se ha reformado por imposición jurídica o política de la Unión Europea, siguiendo el procedimiento de urgencia y sin debate público previo. Esto no es sólo una anomalía desde una perspectiva comparada sino que está dañando la identificación de la ciudadanía con su Constitución.
Entre los mencionados lugares comunes hay dos que se repiten continuamente: por un lado, no existe el consenso necesario para abordar la reforma y, por otro, no serviría para solucionar la crisis territorial de Cataluña, que es el principal problema constitucional.
En relación al primero procede aclarar equívocos. El consenso no puede ser el punto de partida sino el punto de llegada, esto es, se trata de alcanzar acuerdos a partir de posiciones de inicio distintas. Si no se logra el acuerdo no habrá reforma pero es algo que no se puede predecir antes de haberlo intentado, con cesiones por parte de todos. Además, el consenso que debe lograrse para la reforma no es el de 1978 sino el que prevé la propia Constitución cuando regula su reforma en el título X. No se pretende abrir un proceso constituyente para hacer una nueva Constitución. Se trata simplemente de iniciar el procedimiento para reformar determinados contenidos constitucionales y adaptarlos a la nueva realidad sociopolítica; lo mismo que hacen cada cierto tiempo en Alemania, Francia, Bélgica, Italia, Portugal, etc. pero no en España.
El otro lugar común se refiere a que la reforma constitucional no solucionará el problema de Cataluña. Claro que no. Un conflicto político no se soluciona con un cambio normativo. Sin embargo, ese cambio del marco constitucional puede ayudar a encauzar el conflicto y facilitar el acuerdo. Si la agudización de la crisis territorial se produjo con la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, es evidente que muchos de los contenidos cuestionados por incluirse en un Estatuto de Autonomía pueden ser reconocidos directamente en la Constitución. De la misma forma, la previsión constitucional de lugares de encuentro entre el Estado y las comunidades autónomas, instrumentos de colaboración y participación en las decisiones del Estado o una mejor delimitación de las competencias pueden allanar el terreno a un pacto político aceptado por la mayoría de los catalanes.
Por tanto, no debe perderse nuevamente la oportunidad en espera de un momento político idóneo que nunca va a llegar. En el ámbito académico ya se ha debatido prácticamente todo sobre la reforma desde hace muchos años. Lo que ha faltado siempre ha sido la voluntad política para llevarla a cabo. Por ello, son los actores políticos quienes deben tomar la iniciativa.
En este sentido, el punto de inicio debería ser la concreción de los ámbitos que van a ser objeto de estudio para su posible reforma; lo que se ha llamado el “perímetro”. A partir de ahí, deberían analizarse de forma separada los diversos contenidos constitucionales susceptibles de reforma y cuando exista el acuerdo para modificar un aspecto concreto debería culminarse, sin mezclarlo con otros ni esperar a más acuerdos. La reciente experiencia italiana nos ha mostrado que son preferibles varias reformas puntuales que una gran reforma, ante la que se aúnan opositores de la más distinta condición. Pero para poder avanzar en el proceso es necesario que nuestros diputados lo inicien.
José Antonio Montilla Martos es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada.