Más brecha de clase y de género

La propuesta efectuada por la ministra de Empleo, Fátima Báñez, consistente en ampliar el cálculo de la base reguladora con toda la vida laboral del trabajador, aunque tenga su apoyo en el tantas veces cacareado esfuerzo contributivo del trabajador, en realidad es una figura que ahondaría aún más en las diferencias entre las pensiones de los trabajadores muy cualificados y los poco cualificados o precarios. Pero aún más con respecto al colectivo de mujeres. Vamos por partes.

Aunque es el salario el que marca la base de cotización del trabajador, es más que evidente que nadie cotiza con bases “bajas” por elección —salvo algunos autónomos, quizás, y es porque su esfuerzo contributivo es superior—. Así, las diferencias entre un trabajador con salarios que lleguen al actual tope de cotización (3.751,20 euros en 2018) frente a un trabajador con base mínima (858,60 euros) supone que el cálculo con más o menos tiempo de cotización —los actuales 21 años para jubilación en 2018 y en el futuro 25 años— puede ser absolutamente irrelevante para el primero, pero no para el segundo. ¿Por qué? Debido a que la precariedad en el salario va de la mano de otros factores negativos del mercado laboral, como son la parcialidad, pero muy especialmente la temporalidad, con épocas de desempleo, incluso en ocasiones no subsidiado.

Cierto es que, frente a las situaciones de falta de cotización, en el momento de efectuar el cálculo de la pensión de jubilación, se aplica la figura conocida como “integración de lagunas” —ojo, no en todos los regímenes de Seguridad Social—, que supone integrar los meses sin cotización con la base mínima del sistema. La perversión del sistema es que dicha figura solo se aplica durante las lagunas de 48 meses, el resto lo será al 50% de la base mínima. Eso, en un sistema de jubilación que permite acceder con 15 años de cotización, y efectuar el cálculo con 25 años, supone una reducción importante de la pensión de jubilación final. Ampliemos a toda la vida laboral del trabajador el cálculo y la pensión será, no pequeña, sino prácticamente invisible.

Por ejemplo. Una persona que percibe el Salario Mínimo Interprofesional, con el cálculo de la base reguladora de los últimos 25 años, y diez de ellos sin cotización, con la base reguladora anterior a la reforma percibiría 707,66 euros. Con la reforma: 622,74 euros. Y sin integración (como las empleadas del hogar, RETA): 424,59 euros.

Por tanto, esto nos sitúa en que tenemos a casi cuatro millones y medio de pensionistas por debajo de los 800 euros mensuales. De los cuales, 1.800.000 son hombres y más de 2.600.000 son mujeres. La pensión con complemento de mínimos la recibirían unos 2.430.000 pensionistas. De ellos, habría 862.000 hombres y más de 1.500.000 de mujeres. La nueva forma de cálculo ahondaría aún más en esa diferencia de clase, incrementando el número de pensiones por debajo de la media del sistema e incluso que solo alcanzaran el importe mínimo.

Pero la lectura del nuevo cálculo propuesto por la ministra Báñez no es mejor si se lee en clave de género. Todos los grandes males del mercado laboral afectan a las mujeres aún con más virulencia —precariedad, parcialidad, temporalidad—. Esta, y es muy gráfica, es la situación actual.

Las mujeres tienen una mayor dificultad para acceder a la pensión de jubilación, como demuestran los últimos datos. Del total de pensionistas por jubilación (5.858.984), el 62,3% son hombres y el 37,7%, mujeres. Y, estas, cuando acceden a la jubilación, lo hacen con peor pensión. Si el total de media de pensión por jubilación es de 1.068,38 euros, los hombres cobran de media 1.237,77 mientras que las mujeres perciben una media de 787,39.

Si ya existe esa gran brecha para las mujeres, tanto en el acceso a la pensión (1.500.000 menos de pensionistas de jubilación), como en la pensión final (más de 450 euros de diferencia), si se incrementa el periodo para realizar el cálculo de la pensión a toda la vida laboral, no es difícil prever que el mecanismo del actual sistema de integración de lagunas reducirá en muchos casos su pensión a la mínima expresión.

Miguel Arenas es abogado del Colectivo Ronda.

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