Mejorando la gobernanza económica en la UE

Tema: Este documento examina las críticas y soluciones formuladas en los últimos años con respecto a la gobernanza económica de Europa y formula algunas propuestas sobre el camino a seguir.

Resumen: En este ARI se estudian las críticas a la gobernanza económica de Europa en los últimos años, así como las soluciones planteadas al respecto, y se ofrece una breve reflexión sobre las ligeras mejoras introducidas en el Tratado de Lisboa (2007), aún por ratificar. El documento concluye con algunas reflexiones sobre las lecciones que podrían extraerse de la actual crisis financiera y formula algunas propuestas sobre el camino a seguir.[1]

Análisis

Introducción

El debate sobre la gobernanza económica de Europa se ha centrado siempre en las cuestiones relativas a la coordinación entre los distintos Estados miembros, una cuestión que ha cambiado recientemente.

En 2007, el debate giró en torno a la necesidad de consensuar un nuevo Tratado institucional que pudiera superar el “no” francés y neerlandés a la Constitución. En ese contexto, todos los debates sobre la gobernanza económica se refirieron a las limitaciones económicas a las que la UE tendría que hacer frente como resultado del mal desempeño de la coordinación económica y fiscal necesaria en una unión monetaria. Muchos analistas estuvieron de acuerdo en que esto estaba ocasionando déficit fiscales asimétricos, unos tipos de interés que no respondían a la situación económica real y una divergencia negativa en el coste unitario de la mano de obra. También se expresaron quejas por la no aplicación de reformas económicas, probablemente porque el diseño institucional favorecía la inacción (una actitud de esperar a ver qué pasa), en particular si las medidas que debían adoptarse resultaban impopulares. Como resultado, la economía europea estaba respondiendo lenta y débilmente a los desafíos de la globalización y, por tanto, estaba debilitando el proyecto europeo a ojos de los ciudadanos de Europa.

En la primavera de 2008, la Comisión Europea abordó algunos de estos problemas en su Informe sobre los 10 primeros años de la Unión Económica y Monetaria (UEM), pero la prudencia de su enfoque respecto a una posible reforma de la gobernanza económica de la zona euro se vio rápidamente cuestionada por la necesidad de adoptar medidas más enérgicas para responder a la amenaza de un colapso financiero. Desde entonces, y durante el último trimestre de 2008, el debate sobre la gobernanza económica se ha ido alejando cada vez más de los aspectos relativos a una reforma estructural conjunta y se ha centrado en otros aspectos importantes como el papel del Banco Central Europeo (BCE), la necesidad de armonizar la regulación bancaria y, lo que es más importante, la necesidad de reforzar la coordinación de las respuestas fiscales lideradas por el Ecofin y el Eurogrupo.

Independientemente de la motivación del debate sobre la gobernanza económica de Europa, el objeto de debate siempre ha sido uno de sus tres elementos básicos: (1) la política monetaria independiente formulada por el BCE; (2) la política fiscal formulada por los Estados miembros pero coordinada mediante el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC); y/o (3) las diversas reformas vagamente coordinadas por las Orientaciones generales de política económica (OGPE) en el marco de la Estrategia de Lisboa.

La estructura de tres pilares de la gobernanza económica se diseñó en el Tratado de Maastricht (1991), pero desde el inicio de la Unión Monetaria en 1999 se han detectado ciertos problemas graves en el sistema, en general relacionados con las importantes asimetrías observadas entre los tres elementos citados. El fallido Tratado Constitucional no contenía ninguna novedad con respecto a la estructura original diseñada en Maastricht 14 años antes en relación a la gobernanza económica de Europa.

En las siguientes páginas se examinan las críticas y soluciones formuladas en los últimos años con respecto a la gobernanza económica de Europa y se ofrece una breve reflexión sobre las ligeras mejoras introducidas en el Tratado de Lisboa (2007), aún por ratificar. El documento concluye con algunas reflexiones personales sobre las lecciones que podrían extraerse de la actual crisis financiera, además de formular algunas propuestas sobre el camino a seguir.

Debate sobre la gobernanza de la política monetaria europea

De los tres elementos que conforman el sistema de gobernanza económica, la política monetaria es el que menos críticas ha recibido en los últimos años. Las principales objeciones planteadas con respecto a la política monetaria independiente del BCE pueden resumirse de la siguiente manera: (1) centrándose exclusivamente en la estabilidad de precios, el BCE podría agravar los problemas de crecimiento de las principales economías europeas; y (2) el BCE ha actuado de forma “demasiado independiente” con respecto a las opiniones políticas de los ministros de Finanzas del Eurogrupo y las opiniones de los mercados respecto al tipo de cambio y el valor del euro. Tampoco ha sido capaz de adaptar su política monetaria a su orientación de política fiscal, ni de desempeñar un posible papel concomitante para facilitar las reformas estructurales.

Básicamente, las soluciones propuestas pasan por incluir el crecimiento y el empleo entre los objetivos de la UE (y quizá incluso en los estatutos del BCE), junto con la estabilidad de precios, de forma similar a la Reserva Federal de EEUU. Se ha propuesto también la modificación de los métodos de selección del Comité Ejecutivo del BCE, dada la creciente nacionalización de la que el banco está siendo objeto. Algunos autores también han defendido la posibilidad de crear un mecanismo institucionalizado de diálogo entre los ministros de Economía de la UE (que se reúnen en el Ecofin) y el BCE, de forma que puedan acordar cada tres años un objetivo adecuado de inflación para la zona euro.

Más allá de este debate, y en exclusiva relación con la reciente crisis financiera, debería producirse un nuevo debate sobre la posibilidad de conferir más competencias al BCE, no sólo en relación con la política monetaria sino también en lo que respecta a un papel de supervisión del sistema financiero europeo. Se han esgrimido argumentos en favor y en contra de un mayor papel del BCE en la supervisión del sistema financiero. Lo que parece evidente tras los acontecimientos de 2008 es que en el futuro será necesario un sistema más sólido y coordinado de supervisión e intercambio de información bancaria para evitar repentinas crisis transnacionales sistémicas, bien en forma de un nuevo Sistema Europeo de Supervisión Financiera (basado en una nueva agencia financiera) o de un nuevo papel para el BCE.

Debate sobre la gobernanza de la política fiscal

Ésta es el área más criticada por los expertos. En algunos casos, la implicación más directa de esas críticas ha sido que la unión monetaria habría funcionado perfectamente en el seno de una unión fiscal. Para entender estos argumentos hay que analizar brevemente el diseño original del pilar de política fiscal de la UEM.

Las negociaciones que condujeron al Tratado de Maastricht estuvieron dominadas por las distintas visiones de Francia y Alemania con respecto al papel que debería desempeñar la política fiscal en la unión monetaria. Mientras que Francia proponía un “gobierno económico” que asegurara la coordinación “esencial” de las políticas fiscales en la UEM, Alemania hizo hincapié en mantener la estabilidad de precios mediante sólidos mecanismos de disciplina fiscal. De hecho, ambas posturas se incluyeron en el Informe Delors (1989), donde se subrayaban tanto la necesidad de decidir de forma coordinada cuál sería la orientación de la política fiscal de la UEM como la necesidad de limitar la magnitud de los déficit presupuestarios. Finalmente, ambas exigencias se convirtieron en la base de los dos pilares (el de la coordinación y el de la disciplina fiscal) del Tratado de Maastricht firmado en diciembre de 1991.

Aun así, la fuerza legal del pilar de la coordinación fiscal era mucho más débil que la del pilar de la disciplina fiscal. Aunque el artículo 104 del Tratado de Maastricht incluía un objetivo específico (un límite del 3%) y detallaba un procedimiento concreto de sanciones en caso de incumplimiento (reforzado posteriormente mediante derecho derivado incorporado al PEC), el artículo 99 reducía la fuerza del pilar de coordinación mediante una propuesta general. Posteriormente, la creación del Eurogrupo en 1997 (como foro informal de debate en el marco del Ecofin) para compensar la firma del estricto y detallado PEC agravó aún más el desequilibrio entre los dos pilares.

La experiencia con la gobernanza económica del euro desde su creación ha demostrado que, paradójicamente, el pilar de la disciplina fiscal no ha funcionado tan bien como se había previsto y que la coordinación, en cambio, ha funcionado mejor de lo esperado. En realidad, la reforma del PEC en 2005 se inspiró en esta experiencia inicial, aunque aún hay muchos académicos que siguen criticándolo por considerarlo un instrumento obsesionado con la disciplina fiscal, pero completamente inútil en lo que a coordinación fiscal se refiere.

Las soluciones propuestas a este respecto adoptan diferentes enfoques. Las más proeuropeas parecen no estar a la altura de la actual situación política de la UE, pero sí tratan de resolver varios problemas a la vez. Las menos ambiciosas, por otro lado, quizá gocen de mayor aceptación pero requerirían varias enmiendas legislativas simultáneas, lo que complicaría su aplicación.

La opción más evidente para mejorar el funcionamiento del pilar de la disciplina fiscal sería mejorar el PEC reformado en 2005, incorporando incentivos positivos para el cumplimiento de los límites establecidos y reforzando el mecanismo de sanciones en casos de incumplimiento. Para generar incentivos positivos, el acceso a determinados fondos europeos (quizá los relacionados con la Estrategia de Lisboa) podrían vincularse al cumplimiento de la disciplina fiscal. También podría crearse un mecanismo por el que las multas pagadas por quienes incumplieran el Pacto se emplearan para financiar un nuevo fondo específico destinado a las políticas de Lisboa en los países que sí lo cumplieran. Con ello se eliminaría el riesgo de connivencias entre países del Consejo generado por el actual sistema (como pudo observarse cuando Francia y Alemania hicieron uso de su veto en el Consejo para frenar la propuesta de la Comisión de castigarlos por sus excesivos déficit en 2003). Por último, para mejorar el mecanismo de sanciones todas las propuestas deberían estar encaminadas a otorgar un mayor papel a la Comisión en esta esfera.

Las principales iniciativas para tratar de resolver el problema de la coordinación de las políticas fiscales de los distintos Estados miembros hacen referencia a la creación de una política fiscal verdaderamente europea diseñada y aplicada por una autoridad fiscal supranacional independiente de los Estados miembros, similar al BCE en cuestiones de política monetaria.

Aunque algunos expertos afirman que en Europa no habrá coordinación fiscal hasta que la UE disponga de una autoridad fiscal supranacional, esta idea no es nueva y puede encontrarse ya en el proyecto original que esbozaba la unión monetaria. En el Informe Werner (1970) se afirmaba que, en una unión monetaria europea, los márgenes dentro de los cuales debería moverse la política fiscal cada año se decidirían a nivel comunitario. En el Informe McDougall (1977) también se abogaba por una centralización parcial del presupuesto y se sugería que una unión monetaria requeriría un presupuesto común que cubriera al menos el 5% del PIB europeo.

A pesar de estas referencias iniciales, en el Informe Delors (1989), en el que se basó finalmente el Tratado de Maastricht, se abandonaban esas ideas y se abrazaba lo que se conoce como el consenso Bruselas-Frankfurt. Según ese consenso, la forma de hacer frente a los choques asimétricos sería aumentar la flexibilidad mediante reformas estructurales. Esto haría innecesario disponer de una política fiscal europea que estabilizara los ciclos económicos, puesto que el PEC dejaría un margen razonable para el registro de déficit cíclicos y la política monetaria del BCE podría fácilmente hacerles frente mediante un uso activo de los tipos de interés.

Este consenso Bruselas-Frankfurt se basa, de hecho, en dos teorías académicas distintas pero complementarias: la teoría monetarista, que aboga por un Banco Central de competencias limitadas para estabilizar la economía y centrado en controlar la inflación; y la teoría de los ciclos de negocios reales (real business cycles), según la cual los ciclos tienen su origen en los choques tecnológicos basados en el lado de la oferta y en los cambios de preferencias de los actores económicos (el desempleo se consideraría resultado de una mayor preferencia por el ocio que por el trabajo). En los mundos concebidos por estas dos teorías, la mejor forma de reaccionar a los ciclos sería mantener una política monetaria centrada en la estabilidad de precios y una política fiscal equilibrada a lo largo de todo el ciclo.

Sin embargo, existe una visión alternativa del mundo, de raíces neokeynesianas, que ha cobrado relevancia a partir de la última crisis económica de Europa, y aún más durante la reciente crisis financiera. Según esta visión, los ciclos económicos también pueden ser resultado de choques de la demanda originados por “oleadas de optimismo o pesimismo” de los actores económicos, que influyen de forma decisiva en sus decisiones de consumo, ahorro e inversión. Estos choques de demanda son similares a los experimentados por algunas de las principales economías de la UE entre 2002 y 2005 (especialmente en Alemania). Asimismo, las “oleadas de pesimismo” pueden actuar también como profecías que entrañan su propio cumplimiento, dado que el miedo a una recesión paraliza el consumo y las inversiones y produce por tanto una recesión. Los ejemplos más recientes pueden encontrarse, claramente, en la reciente crisis financiera, en la que los bancos se mostraron reticentes a prestarse dinero entre sí por desconfianza mutua. Esto condujo de forma inmediata a una trampa de liquidez, un pesimismo masivo en los mercados de valores y, por último, una recesión en las economías más avanzadas del mundo.

En un escenario como éste, lo que haría falta sería una autoridad fiscal europea de carácter supranacional capaz de contrarrestar la desaceleración del consumo y de las inversiones privadas adoptando medidas públicas por medio de un gobierno central. A su vez, si la crisis de demanda se manifestara de forma asimétrica en distintos países, sería necesario establecer un mecanismo automático de redistribución mediante un presupuesto común centralizado con gran capacidad estabilizadora y financiado mediante algún tipo de impuesto europeo independiente de las contribuciones de los Estados miembros. Por último, bajo estos supuestos, el papel del Banco Central no se limitaría a mantener una estabilidad de precios, sino que también trataría de contribuir al crecimiento y al empleo, suavizando los tipos de interés y abaratando el tipo de cambio para relanzar el crecimiento mediante un aumento del consumo, la inversión y las exportaciones. Es en este segundo escenario en el que cobra fuerza la idea de que una unión monetaria no resulta sostenible sin una Autoridad Fiscal Europea supranacional. Por un lado, la necesidad de coordinar una respuesta fiscal europea para salir de la recesión provocada por la crisis financiera de 2008 por medio del gasto ha hecho que este enfoque gane adeptos. Sin embargo, por otro lado, la necesidad de desarrollar un gobierno económico (quizá como primer paso hacia una unión política) para legitimar las acciones de esta Autoridad Fiscal Europea, así como las consiguientes modificaciones del Tratado, impide que la mayoría de las personas defiendan firmemente esta idea. Éste es un punto al que volveremos al final del documento.

Debate sobre la gobernanza de las reformas económicas

Desde la puesta en marcha de la Estrategia de Lisboa en el año 2000, la agenda de reformas económicas de la UE se ha llevado a cabo en paralelo a los programas de cohesión social y desarrollo sostenible promovidos durante los años posteriores y en ocasiones de forma contradictoria a éstos. Además, la confusión generada por la proliferación de objetivos de reforma y la debilidad mostrada por el Método Abierto de Coordinación impulsaron una revisión de la Estrategia de Lisboa en 2005. En aquel momento, se decidió reforzar los aspectos económicos de la Estrategia, puesto que todo el mundo se mostró de acuerdo en que sólo mediante el crecimiento y el empleo podría la UE garantizar la sostenibilidad a largo plazo de su modelo social y ambiental. En esta fase de renovación de la Estrategia se decidió también agrupar todos los informes de seguimiento de los distintos programas previos bajo un único formato (los Programas Nacionales de Reforma, PNR), que se coordinaría en los Estados miembros mediante la creación de una nueva figura (un Sr o Sra Lisboa) que daría visibilidad pública al proceso.

Desde entonces, los Estados miembros han nombrado a coordinadores Lisboa y elaborado sus PNR de forma anual, al igual que la Comisión ha evaluado esos programas (con mayor contundencia cada año). Sin lugar a dudas, desde 2005 el nuevo proceso ha reducido la falta de coordinación entre los diferentes programas de reforma, pero no ha conseguido dar a la Estrategia toda la visibilidad esperada. Además, el progreso registrado en muchas áreas sigue siendo limitado.

A pesar de los avances, el riesgo de que todos los procesos de reforma vuelvan a sufrir una falta de coordinación es considerable, por dos motivos: (1) desde el punto de vista comunitario, las competencias en el área de la reforma microeconómica y laboral (el núcleo de la Estrategia de Lisboa) recae en los Estados miembros y la Comisión no dispone de instrumentos suficientes para liderarla; y (2) desde el punto de vista intergubernamental, el actual solapamiento en muchas áreas entre las distintas formaciones del Consejo induce a la dispersión, más que al agrupamiento.

Para solventar algunas de estas debilidades, se han ideado una serie de medidas menores de carácter técnico, casi todas para reforzar el papel de la Comisión en este proceso y evitar las contradicciones generadas por el propio Consejo en torno a su papel. Las propuestas, que se basan en la obra de Murray “Closing the Delivery Deficit: the Future of Economic Governance in Europe” (Centro para la Reforma Europea) pero incorporan también otros estudios, pueden dividirse en cuatro grupos:

  • Los ministros de Finanzas que se reúnen en el Ecofin deberían elegir a su propio presidente, de forma que éste pueda elaborar un programa a medio plazo para esa formación del Consejo y cooperar estrechamente con el comisario de Asuntos Económicos y Monetarios en todas las áreas de la reforma económica.
  • El Ecofin debería transformarse en un “superconsejo” con mayor autoridad que el Consejo de Asuntos Generales en todos los asuntos económicos. De esta forma, el Ecofin supervisaría todas las formaciones sectoriales del Consejo encargadas de tratar aspectos económicos y que en la actualidad se las arreglan para poner en práctica iniciativas rechazadas por el Ecofin, haciendo caso omiso de sus criterios y pasando por el Consejo de Asuntos Generales (que es siempre la última etapa antes del Consejo Europeo).
  • La UE debería integrar los Consejos de Industria, Mercado Interior, Energía y Telecomunicaciones en un único Consejo de Asuntos Empresariales, en el que participaran los ministros de Industria de todos los países. Esta nueva formación del Consejo tendría de esta forma más capacidad para coordinar todas las reformas macroeconómicas de las que depende la competitividad europea. Este Consejo de Asuntos Empresariales se situaría bajo la égida del nuevo Consejo Ecofin.
  • La Comisión debería elegir a su propio Sr o Sra Lisboa de entre sus comisarios y esa persona debería recibir el rango de vicepresidente de la Comisión. El Sr o Sra Lisboa realizaría las funciones que actualmente realiza el grupo de comisarios Lisboa y sería responsable de proponer al Consejo las directrices integradas, elaborar el Programa Comunitario de Lisboa y supervisar la aplicación de los PNR. La totalidad del proceso debería mejorarse mediante clasificaciones adicionales que contribuyeran a poner en evidencia a quienes incumplieran sus compromisos.

Algunas mejoras de la gobernanza económica en el marco del Tratado de Lisboa (2007)

Con todos los problemas y propuestas de mejora descritos en los apartados anteriores, es evidente que una reforma ambiciosa del sistema de gobernanza económica de la UE habría requerido un capítulo entero en la CIG puesta en marcha en junio de 2007 y que condujo al acuerdo final alcanzado seis meses más tarde en Lisboa.

Sin embargo, no fue así. Dada la necesidad de salvar aspectos cruciales de la Constitución, como la distribución de los votos en el Consejo y los escaños en el Parlamento, el reparto de responsabilidades entre la UE y los Estados miembros, la presidencia de la UE y la figura del representante de Asuntos Exteriores, las cuestiones fundamentales de gobernanza económica se pospusieron. A pesar de esto, y aunque no se llevaron a cabo modificaciones en la gobernanza de la política monetaria, sí se introdujeron algunas mejoras dignas de mención en la gobernanza de la política fiscal y los procesos de reforma económica:

  • Por lo que respecta a la política fiscal, es importante señalar la modificación introducida para reforzar el papel de la Comisión en la aplicación del PEC. Para lograr esto se modificó el artículo 104.6 sustituyendo la palabra “recomendación” por la palabra “propuesta”. Con esta pequeña modificación hará falta unanimidad (todos salvo el país al que se quiera sancionar) para rechazar las multas de la Comisión que se propongan. De esta forma, a partir de ahora, cuando la Comisión proponga (y no sólo recomiende) multas en el marco de la aplicación de los procedimientos previstos para casos de déficit excesivos, la probabilidad de que se aplique la sanción será mucho mayor y se evitarán situaciones como el veto franco-alemán de 2003.
  • Por lo que respecta a la coordinación de las políticas económicas, el nuevo Tratado ha introducido una modificación en el artículo 99 para reforzar el papel de la Comisión a este respecto. Para ello, se ha añadido la siguiente resolución: “Cuando (...) se compruebe que la política económica de un Estado miembro contradice las orientaciones generales (...) o puede poner en peligro el correcto funcionamiento de la unión económica y monetaria, la Comisión podrá dirigir una advertencia a dicho Estado miembro”. También se ha reforzado la coordinación mediante la elaboración de un nuevo artículo 114 que, entre otras cosas, otorga al Consejo la responsabilidad de “reforzar la coordinación y supervisión de su disciplina presupuestaria” y de “elaborar las orientaciones de política económica” referentes a los Estados miembros, velando por que sean compatibles con las adoptadas para el conjunto de la Unión, y garantizar su vigilancia.
  • Por último, otro avance importante ha sido la inclusión de medidas que otorgan capacidad legal al Eurogrupo, como las incluidas en dos nuevos artículos (115 y 115 bis). En ambos se reconoce la existencia y la composición del Eurogrupo pero, ante todo, se le encomienda una misión fundamental: “que se determinen las posiciones comunes sobre las cuestiones que revistan especial interés para la unión económica y monetaria en las instituciones y conferencias financieras internacionales competentes, (...) previa consulta al Banco Central Europeo”. Con el objetivo de que el euro tenga una sola voz en el sistema monetario mundial, también se menciona la posibilidad de que, a propuesta de la Comisión, el Consejo adopte las medidas adecuadas para contar con “una representación única en las instituciones y conferencias financieras internacionales”. En otras palabras, nombrar a un Sr o una Sra Euro para que desempeñe esas funciones de representación internacional de la moneda única podría ser ya una posibilidad real.

Conclusiones: Es evidente que el avance hacia una gobernanza económica se ha ido posponiendo, pero aun así se han registrado algunos avances limitados en la resolución de ciertos problemas del actual sistema de gobernanza económica.

Los acontecimientos de los últimos meses han demostrado a los Estados miembros y al público la inutilidad de las respuestas individuales a las crisis mundiales. La situación en Europa no empezó a estabilizarse hasta que el Eurogrupo se reunió al más alto nivel a principios de octubre de 2008 y decidió coordinar un marco común para resolver la crisis financiera. En mi opinión, esto ha supuesto la legitimación política definitiva del papel del Eurogrupo y abre las puertas a distintas velocidades en la coordinación económica de la UE-27.

La reciente crisis financiera probablemente haya cambiado la forma de pensar de muchos y debería permitirnos volver a examinar algunos de los aspectos de la integración europea que habían sido vetados. Por el momento, opino que deberían considerarse una serie de reformas, de menor y mayor envergadura:

Reformas de menor envergadura (no exigen modificar el Tratado)

  • El Eurogrupo debería convertirse en el principal órgano de coordinación de las políticas económicas de la zona euro, especialmente cuando la aparición de choques repentinos haga necesarias políticas fiscales inmediatas y sólidamente coordinadas.
  • El Eurogrupo debería tener una sola voz y contar con una única representación en el FMI y otras instituciones económicas y financieras internacionales.
  • El Consejo Ecofin debería, por tanto, reorientarse hacia la discusión de una legislación más amplia en relación con el mercado único a nivel de la UE-27. Podría incorporar algunas de las actuales formaciones del Consejo para centrarse en la competitividad europea.
  • Podría establecerse, en las próximas perspectivas financieras, un nuevo Fondo europeo para choques profundos en la zona euro (similar al actual Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización) para facilitar respuestas conjuntas a las crisis sistémicas.
  • Posteriormente, podría introducirse un mecanismo oficial de diálogo permanente entre el BCE y el Eurogrupo para coordinar mejor la política monetaria y fiscal.
  • El BCE podría asumir mayores competencias de supervisión financiera en virtud de las actuales disposiciones del Tratado.

Reformas de mayor envergadura (exigen modificar el Tratado)

  • Una nueva regulación armonizada para el sector financiero, que podría requerir un mayor papel de supervisión del BCE o la introducción de una nueva Autoridad Europea de Supervisión Financiera en el marco de un nuevo Sistema Europeo de Supervisión Financiera.
  • Podría considerarse la posibilidad de crear una nueva Autoridad Fiscal Europea (o un Tesoro Europeo) a medio plazo. Esta nueva autoridad encabezaría las respuestas coordinadas a las crisis sistémicas y desempeñaría un papel complementario de ayuda a las autoridades nacionales en momentos de choques asimétricos.
  • Un nuevo Presupuesto Federal de la UE aumentaría su tamaño actual desde un 1% hasta un 5% del PIB de la UE y se financiaría mediante impuestos de sociedades paneuropeos y otras fuentes de financiación supranacional (como los impuestos sobre las emisiones de carbono). El nuevo presupuesto federal financiaría nuevos programas transnacionales en el lado de la oferta (de I+D, educación, energía, medio ambiente e infraestructuras), que aumentarían el potencial de crecimiento de la UE. Este nuevo presupuesto incluiría nuevos mecanismos para vincular las perspectivas financieras, las reformas de Lisboa y el cumplimiento del PEC.

Europa ha estado construyéndose paso a paso en los últimos 50 años en todas las esferas y este caso no será ninguna excepción. Durante la anterior recesión europea (a principios de la década de 1990), muchos cuestionaron la viabilidad de la unión monetaria; actualmente, el euro ha protegido a sus miembros de una importante turbulencia financiera. La plena integración económica se producirá en distintas etapas, y la unión política, de llegar a producirse, también será un proceso gradual; la lentitud de su ritmo podría ser la garantía de un futuro estable.

Carlos Mulas-Granados, director de Economía Internacional del Instituto Complutense de Estudios Internacionales, Universidad Complutense de Madrid.

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Notas:
[1] Algunas de las ideas contenidas en este documento fueron presentadas por primera vez en Superar la crisis constitucional profundizando en la integración europea: cuatro propuestas, Informe Elcano nº 9, Real Instituto Elcano, 2007.