Mentiras, patrañas y desvergüenzas en la supresión del delito de sedición

Aparte del aspecto esencial que supone en la práctica la rendición del Estado de derecho ante la hoja de ruta de los independistas, riesgo del que ya había alertado Rubalcaba, contrario a los experimentos que anunciaba Sánchez en ese sentido, hay otros que hacen especialmente perverso el proceso en que nos hallamos en torno no ya a la reforma de las penas asociadas al delito de sedición, sino la supresión del mismo y su conversión, todo lo más, en una algarada callejera, cuando su objetivo es precisamente salirse del Estado y quebrantar la Constitución. Por eso no hay que seguir, para cerciorarse de qué va el asunto, las mentiras del Gobierno, sino lo que afirman los beneficiarios de la reforma y sus apoyadores, como aquellos que iban a quitar el sueño del doctor Sánchez, en caso de tenerlos en su entorno.

Y esos aspectos son, por un lado, el moral y por otro, el del cinismo, especialmente evidente en el presidente Sánchez, aquel que agravaba hasta considerar delito de rebelión los actos que ahora reduce a la nada, y que para colmo afirmaba que su acción de Gobierno estaría regida por sus principios y el cumplimiento de la palabra. El Gobierno miente, sabemos que miente y él sabe que lo sabemos, pero da igual. Miente cuando afirma que el delito de sedición no tiene parangón en Europa; miente cuando afirma que es un delito decimonónico, cuando el actual Código Penal fue reformado en 1995 con el PSOE en el poder. Y miente cuando afirma que esa reforma no es un pago a cuenta de sus compromisos, pactos y componendas como contravalor de los 13 votos de Esquerra Republicana de Cataluña y otros.

En todo este asunto hay una manipulación semántica; es decir, en cualquier otro contexto, la conducta de los sediciosos del procès habría tenido sanción penal, con independencia de cómo esté tipificada en sus códigos, y que en algún caso podría llegar hasta el concepto de traición. Gramaticalmente «traición» significa deslealtad o infidelidad. Desde el punto de vista penal la traición engloba un conjunto de acciones u omisiones lesivas para el Estado quebrantando los deberes de fidelidad de los ciudadanos respecto del Estado del que son nacionales, afectando de este modo la soberanía, la independencia, la seguridad y la defensa nacional. Ya en su día, en su informe contrario a la concesión de los indultos otorgados por Sánchez, el Tribunal Supremo señaló que el delito de sedición no presentaba un «exceso punitivo» en comparación con los tipos penales vigentes en países como Alemania, Italia, Francia, Bélgica y Portugal. Ante el riesgo de que los informes echen por tierra sus pretensiones, Sánchez y sus socios han preferido no arriesgarse y en lugar de proponer la reforma de Código Penal desde el Gobierno, ha presentado una propuesta de ley con sus socios de Podemos, no vaya a salir la cosa mal.

La sustitución del delito de sedición por el de desórdenes públicos, como los que pueden promover los hinchas de un equipo de fútbol es, entre otras cosas, otra tomadura de pelo. El Supremo en su momento nos aclaró que la comparación del delito de sedición en España con otros países no puede fundamentarse –como se hace– «en la simple búsqueda de la palabra sedición en sus leyes: no puede ser el resultado de la comparación semántica de esa figura con tipos penales vigentes en sistemas extranjeros«. En Francia, las penas a los responsables del movimiento insurreccional pueden llegar a cadena perpetua, en el caso de los ataques a los intereses fundamentales de la nación, entendiendo por tal su «independencia, la integridad de su territorio, su seguridad y la forma republicana de sus instituciones». ¿Es que acaso los del procès no tenían y tienen el mismo objetivo de desmontar y salirse del Estado?

Tanto Junqueras como Aragonès nos han aclarado que la desaparición del delito de sedición y sus efectos, aparte de fruto de las negociaciones, es una fase de su hoja de ruta, cuyas metas finales son la amnistía a todos los incursos en los actos del procès y la independencia, previo un referéndum pactado. Pedro Sánchez fue el primero en hacer suya la expresión «desjudicializar» el conflicto catalán, entendiendo que los implicados en la por ahora sedición deberían quedar exentos de reproche penal, y que «judicializa» no quién les aplica la ley vigente, y no ellos cuando la incumplen. En fin, la medida de todas las cosas es la impunidad, y preparar la pista de aterrizaje para el retorno incólume de Puigdemont y otros fugados. Hay que fijarse en las propias palabras de los beneficiados por las acciones de Sánchez para hacerse una idea cabal de la realidad. «El acuerdo para impulsar la derogación del delito de sedición es una clara muestra de que perseverar en tus objetivos da frutos. Un paso importantísimo para poner fin a la represión sobre el movimiento independentista, profundizar en el proceso de desjudicialización y retornar el conflicto con el Estado a la política», dice Pere Aragonès

Hay que agradecer que, al menos, el presidente del grupo parlamentario de Unidad Podemos, Jaume Asens, aclara nuestras dudas y que aparte de la supresión del delito de sedición es quedarse corto y que se debe añadir la reforma del de malversación, que también pende sobre Puigdemont, será el camino hacia su exoneración y regreso. Sólo es cuestión de esperar. Atentos a Aragonès que anuncia «otros acuerdos con el Gobierno».

Fernando Ramos es periodista.

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