¿Monarquía republicana o república coronada?

A lo largo de nuestra era constitucional, especialmente desde la segunda mitad del siglo XIX hasta hoy, se destacan dos cuestiones constantes que no acabamos de resolver y que parecen irremediablemente unidas. En efecto, la dicotomía monarquía versus república y la de centralismo versus regionalismo explican sobremanera el sentido de nuestro constante movimiento pendular constitucional, así como la orientación de nuestra vida política en definitiva. En principio, la Constitución de 1978 esbozó sendas propuestas de solución para los dos problemas y creo que podían haber constituido una fórmula si no definitiva, al menos válida para muchos años.

¿Monarquía republicana o república coronada?Sin embargo, no tenemos más remedio que confesar que en los momentos actuales tanto la Monarquía, como el Estado de las autonomías, se hallan por diversas causas en una situación extremamente delicada. Una vez más la estabilidad constitucional y política corre el peligro de naufragar porque unos no aceptan la Monarquía, reivindicando lisa y llanamente la república, ni tampoco otros el Estado de las autonomías, blandiendo bien una nueva forma de Estado, bien exigiendo la independencia de territorios que secularmente han configurado la nación española. Sea lo que sea, en esta hora histórica la crisis de ambas cuestiones han cristalizado, por un lado, en la abdicación del Rey Juan Carlos I y, por otro, en el ya institucionalizado separatismo catalán, el cual considera este año como el año triunfal del viaje a su particular Itaca, con los nacionalistas vascos dispuestos a imitar ese ejemplo. La sombra de una grave crisis nacional, como en otros momentos de nuestra Historia, se proyecta sobre nuestra realidad más inmediata. Así las cosas, semejante panorama se convertirá en desolador si no sabemos reaccionar a tiempo, después del tiempo perdido por los últimos gobiernos. Pues bien, en lo que respecta a este artículo me voy a centrar exclusivamente en el primer problema, dejando para otra ocasión el segundo del que ya me he ocupado en numerosas ocasiones.

La Monarquía en España ha sido, por razones históricas, una de las piezas básicas del eterno rompecabezas constitucional. Ahora bien, el concepto de monarquía ha pasado por tres etapas claramente diferenciadas: primero, como forma de Estado, es decir, como una monarquía absoluta en la que todas las instituciones irradiaban del centro soberano, que era el rey. En segundo lugar, surgió la monarquía constitucional que limitaba en cierta medida los poderes absolutos del rey por medio de una norma fundamental. Y, en tercer lugar, se impuso la forma de la monarquía parlamentaria en la que la soberanía radica en la nación, representada por las Cortes, mientras que el rey no es más que un símbolo de la unidad de España con funciones representativas, de arbitraje y moderación.

En esta tercera versión, la monarquía ya no es ni una forma de Estado ni una forma de Gobierno, es simplemente la forma que adopta la Jefatura del Estado. De este modo, con la Constitución de 1978, en la que el centro neurálgico de la política reside en las Cortes y en el Gobierno que emana de ellas, entramos en una fase que se podría definir, ciñéndonos exclusivamente al Jefe del Estado, tanto como monarquía republicana que como república coronada. En todo lo demás, en todo lo que se refiere a las demás instituciones del Estado, no existe ninguna diferencia con respecto a una república parlamentaria. Es más: si nos atenemos a la protección de los derechos fundamentales, o al nivel del desarrollo económico alcanzado, es claro que las monarquías europeas están por encima de la mayoría de las repúblicas existentes hoy en el mundo. Por tanto, mantener la polémica entre la monarquía, propia de las derechas, y la república, propia de las izquierdas, es absolutamente estéril y corresponde a otras épocas. Porque si antes las monarquías daban lugar a un régimen de concentración del poder o supremacía del rey, en la actualidad el rey no tiene poderes, sino únicamente funciones que están tasadas y que necesitan refrendo. Por supuesto, se puede defender la república aunque sólo fuese por razones estéticas y si hubiera que partir de cero yo también elegiría la república. Pero estamos en España y en el año 2014, lo que implica que tenemos una Jefatura del Estado de tipo monárquico en un régimen que permite la democracia más avanzada. Por consiguiente, no se trata de cambiar de Constitución, sino simplemente de reformar la que hay.

Dicho de otra manera, la simple diferencia entre nuestra actual Monarquía y una eventual república, se limitaría exclusivamente a la forma de nombrar al Jefe del Estado. En efecto, el Jefe del Estado en una monarquía parlamentaria lo señala la historia, puesto que se trata de una persona que pertenece a una dinastía que ha venido reinando en un país determinado. Por el contrario, en una república parlamentaria el Jefe del Estado no lo elige directamente el pueblo, como ocurre en una república presidencialista como es la americana, sino que el presidente es elegido normalmente por las Cámaras que forman el Parlamento o por una asamblea de delegados que se disuelve una vez elegido el Jefe del Estado.

Ésta es la diferencia sustancial entre una monarquía parlamentaria y una república parlamentaria, pues en lo que respecta a todas las demás instituciones no es que puedan ser idénticas en ambos casos, es que realmente lo son. De ahí que exista mucha más diferencia entre una monarquía absoluta, como la que existe hoy en Arabia Saudí, y la monarquía parlamentaria española, que entre una Monarquía parlamentaria y una república parlamentaria que prácticamente, como he dicho, pueden ser hermanas gemelas.

Ahora bien, si la única diferencia esencial es la forma de elegir al Jefe del Estado, así como el tiempo de su permanencia en el cargo, lo que habría que dilucidar es si existen más ventajas que inconvenientes en cada uno de los dos modelos. En lo que se refiere al Jefe del Estado de una monarquía es evidente que no es elegido democráticamente, sino que viene elegido por la tradición. Eso significa que se siguen las leyes biológicas de la sucesión y que el tiempo de su permanencia en el trono es normalmente el periodo de su vida. Las ventajas de esta situación del rey como Jefe del Estado son varias: primero que se trata de una persona que desde su niñez, sea varón o mujer, ha sido educada para moverse en el terreno de las alturas del Estado. Naturalmente, su permanencia en el puesto durante toda su vida puede ser también una ventaja para el propio Estado, puesto que, por ejemplo, utilizando el caso español, el Rey Juan Carlos I, que ha estado 39 años en su puesto, se ha convertido por el mero hecho de permanecer en una figura histórica que es conocida en todo el mundo.

ES MÁS: existe un inconveniente, convertible en ventaja, respecto a la no elección democrática del rey. En efecto, precisamente porque no es elegido democráticamente, tiene una virtud que difícilmente se alcanza en el caso de una república, porque no es, teóricamente hablando, de ningún partido político, lo que le sitúa por encima de todas las controversias políticas. En añadidura, recordemos que el monarca, en este tipo de régimen constitucional, tiene unas funciones tasadas, que no le permiten salirse de lo establecido y que necesitan siempre del refrendo de otra persona que asume la responsabilidad del acto. Por supuesto, puede haber monarcas mejor o peor preparados, más o menos inteligentes, y más o menos demócratas. Todo eso es importante, pero lo es menos si como he dicho sus funciones están tasadas y requieren el refrendo y, sobre todo, si mantiene una conducta ejemplar.

La crisis actual que afecta a la Monarquía es consecuencia de los escándalos que han cometido miembros hasta ahora de la Familia Real, de ahí que la cuestión es si el cambio en la Jefatura del Estado puede detener el deterioro de la institución monárquica. Para ello no sólo hay que hacer las cosas bien procesalmente, sino que se deberían hacer también determinados gestos coincidiendo con el nuevo Monarca para convencer a la mayoría de los españoles de que se deber mantener la Monarquía, al menos mientras no se supere la crisis generalizada que padecemos y no se encauce mínimamente el problema del separatismo.

En definitiva, creo que en la actual situación de emergencia nacional bien valdría la pena dar un voto de confianza al nuevo Rey. Pero, a su vez, el Gobierno debería también hacer algún gesto que nos convenciese de que algo va a cambiar. Para conseguir tal objetivo sería necesario que el presidente Rajoy, previo acuerdo con el nuevo Rey, realizase una profunda crisis de Gobierno, presentando al mismo tiempo un programa social para lo que resta de legislatura. Si es cierto que la economía comienza a remontar, estas medidas serían el mejor pasaporte para el nuevo Monarca, dejando también abierta la puerta a la esperanza para una negociación con Cataluña y el País Vasco. Comenzar un nuevo reinado no sucede todos los días, sobre todo cuando partimos de una situación de crisis generalizada en todas las instituciones del Estado.

Jorge de Esteban es catedrático de Derecho Constitucional y presidente del Consejo Editorial de EL MUNDO.

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