No es país para leyes

Artur Mas, tras conocer la sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Cataluña (TSJC), ha afirmado con toda rotundidad que "la ley no es igual para todos". Y tiene toda la razón. La ley no es igual para todos, especialmente en Cataluña, donde su clase gobernante piensa que la obligatoriedad de las normas, incluso las que aprueba el propio Parlament, no les concierne. Por lo tanto, para los independentistas catalanes, hoy desgraciadamente en el Govern, la única legitimidad a la que dicen someterse es la que emana del territorio catalán, según el número de votos que ellos decidan como válido. Cataluña no es país para leyes.

Tan es así que hace unos días un grupo de juristas demócratas catalanes presentaron un manifiesto titulado El Derecho, al servicio de las libertades, preocupados por el cariz que está adquiriendo la vida pública en Cataluña. En él se afirma, entre otras cosas, que "no hay auténtica democracia fuera del Estado de Derecho y del imperio de la ley", que "cuestionar los fundamentos del Estado de Derecho, menospreciando a los órganos encargados de aplicar las leyes, sea mediante sus resoluciones de carácter jurisdiccional, como a través de aquellas emanadas del máximo intérprete de la Constitución, no es nunca una opción lícita ni legítima" y finalizan diciendo: "En consecuencia, debemos exigir que el debate público recupere, en primer lugar, el rigor jurídico perdido, y, en segundo lugar, que se desarrolle en el marco del necesario respeto a las leyes y a las decisiones de los tribunales encargados de hacerlas cumplir, garantes de nuestra convivencia pacífica y de los derechos y libertades de todos". Este grupo de firmantes del manifiesto está compuesto por catedráticos, abogados o juristas en general entre los que sobresale Eugeni Gay, que fue vicepresidente del Tribunal Constitucional, siendo así coherente con su pasado.

De ahí, por el contrario, que llame la atención que el cerebro de la orgía jurídico-política denominada procés sea otro jurista catalán, Carles Viver, que también fue vicepresidente del Constitucional, pero que ha evolucionado tanto que ni cree en la institución en la que sirvió nueve años, ni tampoco respeta la Constitución española de la que él fue guardián. No merece la pena recordar lo que decía en algunas de las sentencias en que fue ponente, pero sí puede ser útil, para conocer al personaje, lo que escribía en sus artículos mientras era magistrado del Constitucional. Decía, por ejemplo, en un trabajo de 1993: "Tanto la argumentación doctrinal mayoritaria, como la del Tribunal Constitucional que le sirve de base, se construyen a partir de la proclamación de la soberanía de los órganos centrales o generales del Estado, derivada de su condición de garantes de un interés general superior al de las Comunidades Autónomas. Éstas, en consecuencia, no serían titulares de la soberanía, sino de una autonomía política que sólo hallaría sentido en el marco de la unidad estatal". El profesor Viver, ex presidente del llamado Consejo Asesor para la Transición Nacional, es decir, el que dirige el proceso para la independencia de Cataluña, ha debido de sufrir un desarrollo parcial de la enfermedad de Alzheimer que le ha afectado a la memoria.

El hecho es, por tanto, como denuncia el citado manifiesto de juristas, que en Cataluña no se cumple la Constitución, no se cumplen las decisiones del Tribunal Constitucional o de otros tribunales y no se cumplen las leyes con frecuencia. Pero naturalmente sí se cumplen, y se obliga a cumplir, las leyes o normas de carácter totalitario que obligan, verbigracia, a rotular en castellano, como ocurría en los inicios de la España de Franco, cuando se prohibió rotular en idiomas extranjeros y hubo que españolizar comercios o salas de cine.

Ahora bien, esta situación de arbitrariedad jurídica en Cataluña, concepto que conduce al totalitarismo y a la dictadura, es uno de los principios en que se basa nuestra Constitución cuando señala en su artículo 9 "la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos". Sea como sea, el hecho es que por fin el TSJC ha hecho pública su sentencia sobre el referéndum ilegal del 9 de noviembre de 2014. Con su celebración tenemos un ejemplo perfecto de la arbitrariedad que reina en Cataluña en los últimos 10 años, incluso antes, según expuse en un artículo con el título expresivo de Golpe de Estado permanente. Como es sabido, el artículo 149.1.32 de la CE indica que se necesita autorización del Estado para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. En este caso ni siquiera era posible la autorización del Estado porque la materia de ese referéndum violaba claramente el artículo 2, que establece que «la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española». Por tanto, cuando Artur Mas convocó dicho referéndum sobre la independencia de Cataluña obró arbitraria e inconstitucionalmente. Pero le daba igual. El Gobierno de Madrid no tuvo más remedio que recurrir ante el TC la Ley del Parlamento de Cataluña de 26 de septiembre de 2014 sobre consultas populares, por considerar que los artículos 3 a 39 eran inconstitucionales y, por tanto, no podían regir esa consulta, que fue prohibida por providencia del TC de 29 de septiembre de 2014. Pero es más: el artículo 161.2 de la Constitución señala de forma general, que si el Gobierno impugna ante el TC una disposición o resolución de una comunidad, ésta queda en suspenso provisionalmente. Por consiguiente, dicha consulta no se podía celebrar por este doble motivo.

Sin embargo, Artur Mas desconociendo algo tan evidente, anunció que el referéndum se celebraría el 9 de noviembre, llevándose a cabo todos los preparativos. En vista de lo cual, el Gobierno vuelve a recurrir ante el TC y éste dicta una segunda Providencia de 4 de noviembre en la que reitera la prohibición de la celebración de la consulta y la envía directamente, junto con una carta del Presidente del TC, al presidente de la Generalitat, lo que le entró por un oído y le salió por otro.

El 9-N, en consecuencia, se lleva a cabo la consulta de manera no sólo ilegal, sino también alegal, pues no había ningunas normas que la regulasen. Los políticos nacionalistas catalanes, que tienen tanta prisa para lograr la independencia, no han sido capaces de aprobar una propia ley electoral como sucede en otras CCAA. Eso significa que la LOREG es la que debe regir en cualquier consulta electoral. Sin embargo, se hizo según las normas que les vino en gana. Así, hubo cosas tan grotescas como que el propio Oriol Junqueras presidiese una de las mesas del pueblo del que era alcalde; no había un censo electoral fiable; no hubo sorteo para la composición de las mesas; no hubo interventores, sino que se utilizaron 45.000 voluntarios todos independentistas; las preguntas no eran correctas; las papeletas no eran oficiales; podían votar los residentes en Cataluña, fueran o no españoles; se permitió votar a menores de 16 a 18 años, etc. Todo eso se pudo hacer porque no había Junta Electoral ni Juntas de zona. Se pueden deducir dos consecuencias. La primera, es que a pesar de todas las ilegalidades y triquiñuelas, cabe pensar que un 40% de los residentes en Cataluña parecía que desea las independencia. Y la segunda, que este grupo aproximativo está dispuesto a infringir las leyes para lograr su objetivo. En cualquier caso, no hacen más que seguir las directrices de los dirigentes nacionalistas que subordinan la legalidad constitucional a la pseudolegitimidad democrática, lo que es una enorme falacia.

Pues bien, ante esta descripción dantesca del 9-N, se suponía que habría una sentencia ejemplar. Pero no ha sido así. La sentencia curiosamente detalla con todo rigor los detalles de organización de una consulta tan compleja, y lo primero que salta a la vista es que tal zapatiesta debió costar una fortuna. A la vista de la sentencia, no habría más remedio que definir ese despilfarro inútil como malversación de caudales públicos. Pero de esto el Tribunal se llama andana.

El segundo delito que se achacaba a Mas y a dos de sus colaboradoras era el de la desobediencia a las resoluciones del Constitucional y, sobre todo, a lo establecido en el artículo 161.2 CE. En este caso, se podría perfilar más la pena, pero es aceptable la que ha establecido el Tribunal, porque habla de un dolo desobediente.

El gran escándalo de la sentencia es que no se impute a Mas, como pedía la acusación, de un delito de prevaricación, pues la argumentación que expone para rechazarlo es confusa, profusa y difusa. Alega, entre otras cosas, el principio de non bis in ídem, es decir, no castigar dos veces por lo mismo. Pero el Tribunal se equivoca, porque en este caso hay un concurso ideal de delitos, desobediencia y prevaricación, y en supuestos semejantes se impone ciertamente el delito más grave, en su mitad superior. Artur Mas tenía razón: en España la ley no es igual para todos.

Por lo demás, insisto en que la situación de arbitrariedad jurídica que reina hoy en Cataluña no puede continuar. El Gobierno sabrá -esperemos- lo que tiene que hacer. Pero, por el momento, siguen sin cumplirse las normas democráticas y, así, utilizan el Parlament para reformar su Reglamento, a efectos de permitir a los independentistas que voten la ruptura con España sin debate previo y en pocas horas. Algo propio de los países totalitarios. Y, para acabar, otra prueba más de que en Cataluña no se cumplen las leyes: la diputada Irene Rigau, aunque es condenada a 1 año y 9 meses de inhabilitación, ha dicho que piensa seguir en su puesto. En cualquier caso, hay que esperar también a la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Francesc Homs, que se enfrenta a 9 años de inhabilitación por haber mantenido los preparativos de la consulta del 9-N, pese a haber sido suspendida por el TC. Sin el cumplimiento de las leyes, especialmente en Cataluña, no hay democracia posible, ni independencia que valga.

Jorge de Esteban es catedrático de Derecho Constitucional y presidente del Consejo Editorial de EL MUNDO.

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