Nueva prueba para el Constitucional

La Constitución, base fundamental de nuestro Estado de Derecho, se convertiría en mero papel mojado, si no hubiese un órgano jurisdiccional encargado de cumplirla y de hacerla cumplir. Este órgano en España es, como es sabido, el Tribunal Constitucional, que se ha convertido, a causa de la irresponsabilidad de los políticos, en un órgano politizado, porque no se respetan los plazos para su renovación y porque se le someten cuestiones que no han sabido solucionar los gobernantes, con lo cual se le ha ido debilitando cada vez más.

En efecto, tras haber pasado, mal que bien, la disparatada prueba del enjuiciamiento de la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña, le llega ahora una nueva prueba decisiva, de la que no basta con juzgar si existen violaciones de derechos fundamentales o no, tras la sentencia del Tribunal Supremo sobre la coalición Bildu, sino que además deberá resolver algo que el Gobierno ha embarullado con su política antiterrorista, pues no sabemos si está en la ceca o en la meca, con respecto a la banda terrorista ETA. Esto es, sin que sepamos si continúa el proceso negociador con la banda, como afirman algunos, o si, por el contrario, ya ha dejado toda veleidad utópica y ha decidido caminar por el sendero de las medidas legales que permite del Estado de Derecho para reprimir a los que son partidarios de la violencia. Esta ambivalencia del Gobierno, es la que se quiere que resuelva ahora un Tribunal Constitucional diezmado, politizado y con escasa credibilidad ante los ciudadanos.

Por una parte, el ministro del Interior y el fiscal general del Estado han llevado a cabo la denuncia ante el Tribunal Supremo de esa coalición de partidos (EA, Alternatiba, más una legión de partidarios de la ilegalizada Batasuna, que han acabado copando la mayor parte de las listas). Y, por otra, el Gobierno parece recular ahora según lo que se trasluce, y es partidario de que el Tribunal Constitucional considere que la Coalición Bildu pueda presentarse a las elecciones. Sin embargo, existen tres razones para mantener que el Tribunal Constitucional dejaría de ser el árbitro supremo de nuestro Estado de Derecho, si permitiese la legalización de esa coalición: un nuevo choque con el Tribunal Supremo, un error en cuanto al fondo del asunto y, por último, unos defectos de forma, que podrían invalidar la decisión que se tome.

En primer lugar, una sentencia contraria a la que acaba de dictar la sala especial del Tribunal Supremo, no haría sino empeorar el funcionamiento de nuestra democracia. Ciertamente, la Ley de Partidos Políticos establece que el Tribunal Supremo, en la sala del artículo 61, es la que resuelve la licitud o ilicitud de los partidos políticos, por lo que después de su reciente sentencia, sólo cabe un recurso posterior ante el Tribunal Constitucional en lo que se refiere únicamente a la vulneración de ciertos derechos fundamentales de los miembros y seguidores de esa coalición. Ahora bien, lo importante es comprobar si esta coalición, formada por dos partidos legalizados,más los seguidores de Batasuna, no es sino una franquicia de la banda ETA. Pues, en ese caso, los derechos fundamentales serían una cuestión en la que ya no cabría entrar. En este sentido, la sentencia del Tribunal Supremo ofrece unos argumentos irreprochables en lo que se refiere a la identidad de gran parte de los candidatos de las listas con ETA-Batasuna. Por consiguiente, el Tribunal Constitucional tendría que exponer muy sólidos argumentos para desarmar las razones jurídicas que ofrece el Tribunal Supremo en su fallo.

En segundo lugar, hay que examinar el fondo de la cuestión que plantea el recurso de Bildu ante el Tribunal Constitucional. Las razones que dan los defensores de su legalización son esencialmente dos. Por una parte, se señala que es posible que personas que han pertenecido a un partido como Batasuna, es decir, defensores de la violencia y de su clara conexión con los terroristas de ETA, se hayan convertido a la democracia, lo mismo que le ocurrió a San Pablo al caerse del caballo camino de Damasco. Cuando se afirma que no es posible realizar un proceso de intenciones sobre cualquier persona u organización, quiere decirse que no es justo, por decirlo así, pensar mal de las futuras acciones de alguien. Pero si este proceso de intenciones no se debe utilizar para pensar mal de las intenciones de alguien, tampoco cabe aplicarlo cuando se trate de juzgar buenas intenciones prometidas. Pues nadie debe dar por válida una intención, sea buena o mala, si no va acompañada de acciones.

Por supuesto, que es lógico cambiar de opinión y convertirse en auténticos demócratas, rechazando la violencia claramente, pero la única manera de comprobarlo, sería mediante la disolución previa de la banda ETA, porque sólo a partir de ahí los partidos abertzales dejarían de ser radicales para poder convertirse en demócratas. Mientras no ocurra esto, la experiencia nos señala que todas las treguas o conversiones de Batasuna en su camino a Damasco, han resultado auténticos fraudes. Basta para demostrarlo, lo que ocurrió cuando el ingenuo presidente Zapatero, exclamó gozoso, a fines de aquel año, que la pacificación del País Vasco no sólo era deseable sino posible. Unos días después, la Terminal 4 del nuevo y flamante aeropuerto de Barajas, se derrumbó como un castillo de naipes a causa de las bombas de ETA.

Por otro lado, se mantiene también que es necesario reconocer a esta coalición su legalidad, porque si no fuese así se estaría restringiendo derechos fundamentales como son los de la participación política, el derecho de asociación, o el de la libertad ideológica, reconocidos en la Constitución. Respecto a esta objeción, hay que señalar dos cuestiones: en primer término, que ciertamente se deben reconocer estos derechos fundamentales a todos los ciudadanos, pero cuando no existe la certeza de que se va a acabar la violencia de ETA, el Tribunal Constitucional tiene que dar prioridad a los derechos fundamentales de todos los españoles, especialmente el derecho a la vida, que se le ha negado a las víctimas del terrorismo de ETA. Y, en segundo término, es absurdo afirmar que si no se legaliza Bildu en las próximas elecciones, se estaría suprimiendo el derecho de sufragio activo a todos los que se presentan con esta franquicia de ETA, así como el derecho de sufragio pasivo, a todos los electores de esa coalición. A buen seguro, si cada español, para ejercer su derecho de sufragio, tuviera que votar al partido que desea tal y como lo contempla en su pensamiento, no habría suficientes partidos para todas las personas.

Los partidos democráticos se definen sobre todo por los objetivos más importantes que desea la población y, en este sentido, los posibles electores de una coalición nacionalista, tienen la posibilidad de votar a otros partidos del mismo signo, como el PNV, lo cual permitiría a este electorado ejercer su derecho al voto. Además, si como dice el ex lehendakari Garaikoetxea, los miembros «independientes» que se han incluido mayoritariamente en la coalición, aceptan la ideología de EA, que no es más que una escisión del PNV, podrían votar también a éste. Porque si no es así, sería verdad lo contrario, es decir, que el partido EA y el partido Alternatiba, han aceptado la ideología radical de Batasuna y, por consiguiente, además de un grave error sería un ejemplo fraudulento de lo que señala el artículo 12.3 de la Ley de Partidos.

Y, por último, existen serias dudas sobre la legalidad de la sala 2ª del Tribunal Constitucional, que es la encargada de resolver el recurso de amparo, salvo que se acabe dirimiendo en el Pleno. En la última renovación del Tribunal, en la que entraron cuatro magistrados a propuesta del Senado, había que elegir nuevo presidente y vicepresidente del Tribunal. A este respecto, el artículo 9.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, señala que «el Pleno elegirá entre sus miembros y por un periodo de tres años, un vicepresidente, al que incumbe sustituir al presidente en caso de vacante, ausencia u otro motivo legal y presidir la sala 2ª».

Pues bien el magistrado que ha sido designado como vicepresidente, Eugenio Gay, acabó su mandato de nueve años en noviembre pasado, lo cual significa que goza de una prórroga hasta en tanto se nombre a los cuatro magistrados que faltan para completar el Tribunal por el Congreso de los Diputados, y que deberían haber sido elegidos hace ya mucho tiempo. Es sorprendente que un magistrado, que no podrá estar en su prórroga más que unos meses, haya sido elegido vicepresidente para un mandato de tres años. Porque además lo aclara el artículo 16.4 de la misma Ley, al señalar que «ningún magistrado podrá ser propuesto al Rey para otro periodo inmediato, salvo que hubiera ocupado el cargo por un plazo no superior a tres años».

En consecuencia, nos encontramos ante un fraude de ley cometido por el mismo Tribunal que tiene como misión cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Si, como se dice, la sala 2ª, que es la que le corresponde resolver esta cuestión, estaría empatada a tres en sus opiniones divergentes, sería el presidente de la misma, el propio vicepresidente del Tribunal, nombrado en fraude de ley, quien tendría que desempatar por su voto de calidad.

Es curioso comprobar que el Gobierno haya imputado al PP, en lo que se refiere a la renovación de los magistrados del Tribunal Constitucional que faltan por nombrar, que un candidato que proponía este partido, no tenía los 15 años exigidos de ejercicio profesional y, de esta manera, entre unos y otros, se bloqueó la renovación total del Tribunal. Por eso, es inadmisible que si se regatea unos meses a un candidato del PP para evitar ser nombrado magistrado, se le regalen tres años a otro, que estando ya en prórroga al nombrársele vicepresidente del Tribunal para ese periodo, según lo que dice el artículo citado. A ver cómo resuelven este embrollo, los que lo han creado.

Por Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional y presidente del Consejo Editorial de El Mundo.

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