Perplejidades y parajodas (sic) judiciales

Pese al título de este artículo -la errata es del genial Guillermo Cabrera Infante-, no se trata de exponer afirmaciones categóricas ni de proponer soluciones definitivas, sino de una invitación a la reflexión. Muchas de las cosas que desde hace meses y en especial durante las últimas y frenéticas semanas están sucediendo en relación a determinadas cuestiones judiciales, sobre todo con motivo del denominado "caso Gürtel", producen en el ciudadano común y corriente, al menos en mí, cierto estupor y rechazo, a partes iguales. No obstante, quien esto escribe cree en la Justicia, en el sentido orteguiano y se siente orgulloso de hacer pública su fe. Es un convencimiento adquirido desde la razón. Después de haber vivido desde dentro lo que la Justicia es, va para ocho años que la contemplo atento, mirándola desde fuera, pero desde muy cerca; tan cerca como el estrado de la abogacía. Desde este emplazamiento, comienzo.

1. A propósito del caso Gürtel, en el que debo aclarar que ejerzo la defensa de algunos imputados, creo que como en todos los que llegan a los tribunales, estamos obligados a la claridad, aunque también sospecho que esa claridad deseada se está empañando con la eclosión de algunas malas prácticas. Apuesto por una claridad condicionada, esto es, servida poco a poco y sin pausa. Recuérdese a Goethe cuando nos dice que si la justicia pierde su frialdad, puede devenir en venganza, cosa tan indeseable como la ilegalidad a la que, en Derecho, se debe investigar y, llegado el caso, castigar.

2. Vaya por delante que me parece injusta la acusación general de que todos o la mayoría de los políticos son corruptos. Falso. Son muchos los políticos que actúan por generosidad y no por ánimo de lucro y tampoco es verdad que los partidos sean un semillero de delincuentes, aunque se me ocurre si acaso no sería útil que en cada sede se instalara un mecanismo para detectar a quienes se acerquen a él con intenciones aviesas.

3. Puestos a hablar de responsabilidades, me parece que entre el corruptor y el corrompido es mucho más grave la responsabilidad del segundo. El hombre público ha de ser ejemplar y quien no lo es deja en cueros a quien lo nombró para el cargo y, lo que es mucho peor, al pueblo que lo votó. El político también es responsable por omisiones o negligencias cometidas in eligendo o in vigilando.

4. Hay que perseguir al corrupto, pero la caza -o montería, según señala el último auto del TSJ de Valencia- tiene sus normas. Cada día están más confusas las lindes que distinguen lo válido, de lo que no vale; lo plausible de lo deleznable. La teoría de que el fin justifica los medios, quebró por su base hace años. En buena ley moral, creer lo contrario conduce a aceptar la siempre peligrosa razón de Estado -ese mal absoluto que se disfraza de mal menor- y admitir la siempre escurridiza y tortuosa postura de Maquiavelo, de quien Cela decía que no fue más que un practicón de la política que tanto éxito cosecha como mentor de políticos de medio pelo.

5. La eficacia en la persecución y la severidad deben ser compatibles con el respeto. No lo son cuando lo que prevalece es el afán de aplastar y denigrar al adversario. Aunque a algunos les parezca absurdo, también los delincuentes tienen derechos fundamentales y no son pocos los que se han proclamado pensando en ellos.

6. Un sumario o un procedimiento judicial, por más que se convierta en un secreto a voces, no puede ser la base de un juicio paralelo periodístico y a priori condenatorio, sin que se resquebrajen los cimientos del Estado democrático de Derecho. También conviene recordar que los indicios sumariales no son pruebas hasta que son debatidos en un juicio público, contradictorio y con todas las garantías, incluida la imparcialidad del tribunal. Precisamente por eso, no enervan la presunción de inocencia de los imputados ni de quienes no lo son.

7. El secreto de las actuaciones, cuando se decreta, es la cámara blindada del proceso penal en su fase de instrucción. Si las filtraciones proceden de fuentes judiciales, ningún sentido tiene mantener el sigilo, y el juez ha de levantarlo y permitir que las partes personadas accedan a las diligencias para evitar la indefensión. Si lo aparecido en los medios de comunicación sólo fuera aparentemente judicial, en ese caso habría que corregir lo que sin duda constituye un desafuero.

8. Si las declaraciones de unos o las conversaciones telefónicas interceptadas salen de un procedimiento secreto, no puede extrañar que poco después los acusados en el proceso paralelo y periodístico se defiendan acusando en otro u otros medios de comunicación.

9. El extremado fortalecimiento del Estado conduce al mal uso y peor abuso de su poder, en detrimento de los derechos de los ciudadanos y de los inabdicables principios exigibles al responsable de turno. Eso de que unas conversaciones interceptadas policialmente, y supongo que con autorización judicial, pero rechazadas por el juez instructor y con orden de destrucción, salgan publicadas a bombo y platillo es señal alarmante de delito. Lo que ha pasado, está pasando y mucho me temo que puede seguir pasando en algunos procesos penales es vergonzoso, aunque aquí no se avergüenzan más que los que todavía tienen capacidad para la vergüenza. Baltasar Gracián, con el elíptico valor que a veces da a las palabras, recomienda siempre esforzarse en distinguir lo válido de lo cierto y lo justo de lo eficaz.

10. Aunque creíamos enterrada la semilla de la denuncia anónima y cobarde, desde hace algún tiempo los fantasmas de la delación han resucitado. Buen ejemplo es el de un fiscal que para apuntalar sus débiles tesis echa mano de un narcotraficante condenado a largas penas y en estado terminal por un cáncer galopante, para que cuente, previa concesión del estatuto de testigo protegido, lo que el acusador público quiere oír. Cuidado, porque el cómplice o coautor convertido en acusador agazapado suele dirigir sus dardos contra tirios y troyanos y el tiro, normalmente, le sale por la culata.

11. No sé con precisión qué podemos hacer para evitar este estado de cosas. Sin embargo, creo que algunos remedios caseros hay. Como escribió Francisco Tomás y Valiente, los principios y más si son constitucionales, no se discuten. Si se acepta un determinado sistema no es posible cuestionar los fundamentos en que aquél descansa. Entre otros consejos, quien fue presidente del Tribunal Constitucional recomendaba que la justicia tenía que recuperar su autonomía respecto a la política; que las causas, las normales y las especiales, esto es, las que afectan a aforados, se instruyesen con celeridad y discreción; que los jueces instructores procuraran ser escrupulosos en grado sumo, porque los escrúpulos propios son garantías ajenas; que esos mismos jueces guardasen y protegiesen con el máximo celo el secreto sumarial, llegasen al fondo de sus indagaciones y que cuanto antes fuera posible, sin perjuicio de la investigación, cerrasen la fase de instrucción para pasar a la siguiente, o sea, la del juicio oral con todas sus garantías. Para mí que no era mucho lo que pedía.

12. Vivimos una época enturbiada por el «barra libre procesal», en la que los principios constitucionales parecen haber prescrito. En este panorama salpicado de extravagancias de rábulas y leguleyos no es fácil conservar ni la perspectiva ni la serenidad necesarias. No se trata de poner en duda la honradez profesional de nadie, sino de criticar las incoherencias de ciertos comportamientos procesales que no tienen cabida en el modelo de proceso penal constitucional.

Otrosí digo: «La primera condición del Estado fuerte es la fe del pueblo en la Justicia». Así, con esta cita del gran jurista Piero Calamadrei, Fernando Gómez de Liaño, catedrático de Derecho Procesal y juez en excedencia, comienza un extenso y jugoso análisis que titula La Justicia invertebrada, en el que pone el dedo en la llaga con el propósito de despertar bastantes espíritus adormecidos en la comodidad o en la conformidad desesperada. Tiene razón mi pariente en sus lamentos. Sí; la Justicia tiene mala fama. Es verdad que tampoco la tienen buena -incluso en algún caso, peor- los partidos políticos, el Gobierno o la prensa. Será que cuando el viento del descrédito azota, no queda nada y hasta pagan justos por pecadores.

Segundo otrosí digo. Aunque agosto es tiempo en el que el país cierra y menos mal que no por defunción irreparable y pese a la previsión legal de que ese mes es inhábil a efectos judiciales, con las debidas consideraciones y no menor aprecio, me permito quejarme de la indolencia de un tribunal que prefiere irse de vacaciones antes de celebrar juicio a una persona que lleva en prisión provisional cerca de cuatro años. Con el mismo interés felicito a esos jueces que sacrifican buena parte de sus vacaciones para atender a quienes las tienen pagadas por el Estado dentro de un penal. Y es que está demostrado que cuando nos gusta nuestro oficio, lo ejercemos con respeto. Y viceversa.

Tercer otrosí digo: ¿Qué pasa en el Consejo General del Poder Judicial para que algunos de sus miembros, en unos momentos en los que la gente está con el agua al cuello, se sitúen en el polo opuesto y tengan como inmediata preocupación subirse el sueldo? El venerable don José Castán Tobeñas, aquel gran presidente del Tribunal Supremo, afirmaba que una de las más firmes características del juez español era su falta de apego a los bienes materiales. Nuestra judicatura siempre supo distinguir lo adjetivo de lo sustantivo. A un gran magistrado ya muerto varias veces le oí decir que para un juez la mejor receta era la de no tener jamás un duro de sobra ni cuatro reales en falta.

Javier Gómez de Liaño, abogado y magistrado excedente.