Precios, márgenes y agricultura

Los medios de comunicación recogen las protestas de los agricultores ante unos precios desajustados. Tras esta realidad, la palabra volatilidad parece resumir todo lo que pasa. Tanto la Unión Europea (UE) como, por primera vez, el G-20 tratan de la variabilidad de los precios agrícolas como problema de primera magnitud. La preocupación procede del alto poder desestabilizador del incremento agudo del precio de los alimentos básicos. Sin embargo, ni todo son precios, ni todo es volatilidad. Bajo una misma etiqueta se identifican problemas muy distintos, que requieren respuestas ajustadas a cada tema.

La alta volatilidad es intrínseca a la agricultura. Los alimentos tienen una demanda muy inelástica y pequeñas modificaciones de oferta generan respuestas multiplicadas en los precios. Acompañando a esta característica, los alimentos tienen una oferta errática por razones climáticas, sanitarias, por el carácter perecedero del producto, etcétera. Así, una demanda inelástica y una oferta variable forman una pareja explosiva. Ante esta realidad, se dispone de diversos tipos de medidas reguladoras de los mercados agrarios. Medidas que pueden dirigirse a controlar la oferta, a puentear ciclos bajistas, a controlar el riesgo, a estabilizar la renta, a estabilizar la producción, etcétera.

Pero cuando hablamos de volatilidad imaginamos unos mercados perfectos con ciclos que acaban compensándose. La Biblia ya nos lo explica. Se trata de ahorrar en época de vacas gordas para resistir cuando llegan las flacas. El problema está, sin embargo, en que las condiciones de mercado distan mucho de ser perfectas y puede que en estas circunstancias las vacas siempre sean flacas, algo que ya está ocurriendo con la ayuda de una crisis que hace más difícil cualquier margen de negociación.

La cadena alimentaria es altamente asimétrica con marcados signos oligopolistas en el eslabón de la distribución. Por ello, la mayor capacidad de negociación de una de las partes acaba imponiendo unos márgenes desequilibrados. Paradójicamente, las leyes de defensa de la competencia, nacidas para evitar las prácticas distorsionadoras del mercado, dificultan las alianzas comerciales del sector productor frente a unos clientes que no necesitan aliarse, dada su dimensión y alto nivel de integración. En otras palabras, estas leyes acaban defendiendo a los oligopolios. Es necesario romper este sinsentido equilibrando la posición de las partes. Puesto que sería absurdo fragmentar las grandes empresas de distribución, es preciso facilitar las alianzas y la negociación colectiva de precios desde las organizaciones de productores. La legislación comunitaria ya prevé la posible excepción agraria en determinados aspectos de las leyes de competencia. Se trata, pues, de desarrollar esta excepción y aplicarla. En esta misma dirección, conviene otorgar un mayor papel a las organizaciones interprofesionales y fomentar los mecanismos que faciliten las sinergias en toda la cadena alimentaria, tal como los códigos de buenas prácticas comerciales.

Están madurando, también, propuestas encaminadas a exigir que las relaciones comerciales se concreten a través de contratos dilatados en el tiempo, que den seguridad económica a los operadores y estabilidad a los precios. Incluso, dadas las fuertes oscilaciones de precios en materias primas, se está proponiendo vincular, total o parcialmente, durante ciertos periodos de tiempo, el precio pactado a indicadores objetivos de costes.

Otro elemento de distorsión procede de relaciones de comercio exterior no equitativas. Se trata de un tema espinoso y nada fácil de resolver. Por una parte, existe la voluntad de impulsar el comercio internacional como motor de eficiencia, pero ello requiere evitar formas desequilibradas de relación. La Organización Mundial del Comercio (OMC) ha fijado normas claras contra el dumping y ha establecido restricciones para el uso de limitaciones o barreras de acceso.

Sin embargo, la UE ha establecido crecientes requerimientos en el ámbito de la sanidad alimentaria, condicionantes medioambientales y normas sobre bienestar animal hacia una alimentación europea con altos estándares de calidad y sostenibilidad. Estas normas europeas (excepto las sanitarias) son muy difíciles de controlar en proveedores extranjeros y son difícilmente exigibles en el marco de las normas internacionales de comercio internacional, hecho que puede crear unas condiciones seriamente desiguales entre los agricultores europeos y sus competidores.

En el seno de la OMC debe revisarse la aceptación de estos condicionantes. Los países, por razones culturales, de calidad o sanidad, tienen derecho a fijar sus propias condiciones de producción y comercialización de alimentos. No se trata en absoluto de una barrera técnica impropia si los mismos condicionantes que se exigen al proveedor exterior son exigidos a los productores internos. No se trata de dificultar el comercio, sino de establecer relaciones equivalentes.

Por Francesc Reguant, economista.

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