¿Qué falla en el Pacto por la Ciencia?

Hace sólo unos días aparecía en EL PAÍS un atinado artículo de la Sociedad de Científicos Españoles en el Reino Unido, “Tiempo de Pactos en Ciencia”,  que repasa distintos problemas de la ciencia en España, las propuestas electorales de los partidos y su actuación durante los cien primeros días de legislatura. Concluye que es imprescindible y acuciante alcanzar un pacto por la ciencia. En esa línea, señala que Unidos Podemos (UP) y Ciudadanos (C’s) han presentado sendas iniciativas parlamentarias orientadas, respectivamente, a impulsar la I+D+i y a propiciar un Pacto por la Ciencia.

A diferencia de lo ocurrido con las políticas de educación, en las de ciencia, tecnología e innovación disponemos de un precedente de consenso general relativamente reciente: la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología y la Innovación, auspiciada por la ministra Garmendia, que fue aprobada en mayo de 2011 prácticamente por unanimidad, tanto en el Congreso como en el Senado.

Analizando la gestación de la Ley, resulta muy ilustrativo consultar en las hemerotecas las declaraciones de los entonces portavoces parlamentarios, felicitándose por el texto aprobado. Gabriel Elorriaga, portavoz y negociador del Partido Popular (PP), destacó entonces la profunda transformación que había experimentado el borrador inicialmente enviado por el Gobierno al Parlamento, queriendo poner el acento, sin duda, en la contribución significativa de su propio grupo al texto definitivo de consenso. “Contiene los instrumentos que van a permitir la gestión eficaz del sistema de I+D+i”, decía, si bien “queda mucho trabajo por hacer en su desarrollo”.

Ciertamente, eran muchas las medidas que había que adoptar para desarrollar la Ley y su análisis exhaustivo queda fuera del reducido espacio de este artículo. Por ello, analizaremos únicamente el devenir de varias de ellas que, por su urgencia, importancia y servir de base para otras reformas posteriores enunciadas en la Ley, se presentan en forma de mandatos imperativos, con plazos de ejecución tasados que expresamente se especifican en la misma. El primero de tales mandatos dispone que la Agencia Estatal de Investigación, piedra angular del sistema de evaluación y asignación de recursos a la investigación, debía constituirse en el plazo máximo de un año. Pese a las continuas denuncias en sede parlamentaria, lideradas por el principal partido de la oposición, la Agencia no llegaría a ver la luz hasta poco antes de las elecciones del 20D, más de cuatro años después de aprobarse la Ley.

El segundo mandato tasado en el tiempo se refiere a la reorganización y unificación de las escalas de personal científico de los organismos públicos de investigación (OPIS). Un aspecto crucial de dicha reorganización tiene que ver con la universalización de la evaluación del desempeño, de forma que la actividad de todos los científicos sería objeto de evaluación periódica por comisiones independientes, atendiendo a criterios públicos y objetivos, cuyos resultados condicionarían sus retribuciones. La Ley otorgaba al Gobierno un par de años para implementar el sistema de evaluación, que debía empezar a aplicarse –inexcusablemente- a partir del 1 de enero de 2014. Han pasado más de cinco años y el sistema de evaluación aún no tiene visos de establecerse, por lo que –obviamente- no pudo aplicarse en la fecha prevista en la Ley, ni tampoco puede aplicarse en el día de hoy.

Hace apenas unos días, representantes del grupo parlamentario de C’s y del Grupo Socialista (PSOE) en el Congreso de los Diputados registraron, independientemente, sendas proposiciones no de ley (PNL) denunciando, nuevamente, el incumplimiento flagrante de la Ley 14/2011 e instando, otra vez, al Gobierno a que ponga inmediatamente en práctica medidas correctoras.

Así pues, el único “pacto nacional” por la Ciencia, la Tecnología y la Innovación que ha llegado a materializarse en una Ley, ha quedado bloqueado durante un lustro en aspectos esenciales por la mera inactividad del Gobierno. Es probable que si determinadas medidas nucleares de la Ley, como la creación de la Agencia Estatal de Investigación, la reorganización de los OPIS, o la plena integración de los científicos en el sistema de evaluación del desempeño ya existente, hubieran quedado explicitados en la propia Ley no hubiéramos tenido que lamentar todos estos años perdidos.

El corolario de nuestro escueto repaso al prolongado devenir de nuestra norma estrella, en cuanto a la amplitud del consenso alcanzado, no puede ser otro que un aviso a navegantes. Un aviso para todos los que hoy confían en los “pactos nacionales”. Si dichos pactos llegaran a materializarse –y ojalá que así sea- no estaría de más preguntarse si se puede confiar en que las leyes que eventualmente se deriven de los mismos llegarán a aplicarse con diligencia o si, por el contrario, su redacción permite que su cumplimiento pueda quedar durante años al arbitrio del gobierno de turno.

Luis V. García es científico titular del Departamento de Biogeoquímica, Ecología Vegetal y Microbiana del Instituto de Recursos Naturales y Agrobiología de Sevilla (IRNAS). Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO).

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