¿Realmente importa la Justicia?

Cada vez con más frecuencia oímos en medios de comunicación, en debates parlamentarios, en tertulias... continuas invocaciones a la Justicia. Se habla del déficit de jueces en nuestro país, de la falta de medios, de una organización caduca, con una tecnología anticuada, no sólo incapaz de atender a las demandas y necesidades de una sociedad moderna, sino incluso desligada o poco sensible a las inquietudes de la ciudadanía. En definitiva, se cuestiona el funcionamiento de la Justicia y su capacidad y actitud para lograr el objetivo que todos pretendemos.

Que el funcionamiento de esta Administración es deficiente no deja lugar a dudas. La pregunta es si la situación tiene solución y, en su caso, si está a nuestro alcance. Para el Consejo General del Poder Judicial la respuesta es afirmativa, siempre que todos, poderes públicos y ciudadanos, estemos convencidos de que la Justicia es una prioridad y exista la voluntad política de diagnosticar los problemas y buscar las soluciones, que no en todo caso pasan por mayor esfuerzo económico.

Dejando al margen otras cuestiones que requieren su propio análisis (como la falta de credibilidad o pérdida de confianza de los ciudadanos en el sistema o el sentimiento de frustración de los propios jueces al no poder desarrollar su función en las condiciones indispensables para dedicar a cada asunto el tiempo y la atención necesarias), podríamos distinguir tres factores que inciden de modo directo en el incorrecto funcionamiento de la Administración de Justicia: el exceso de litigiosidad, el déficit de planta judicial y las carencias e ineficiencia de la organización en que se apoya.

En cuanto al primer punto, baste recordar que frente a los casi 9.400.000 asuntos para una población de 46 millones de habitantes en España, nos encontramos un volumen de 6.000.000 asuntos para 65 millones de habitantes en Francia, lo que pone de relieve que algo no se está haciendo correctamente. Si a ello se añade que cada asunto tiene un coste para el erario público de entre 1.500 y 1.800 euros, deberíamos plantearnos si no se estará haciendo un uso abusivo del sistema y si este modelo es sostenible en el tiempo, porque no parece lógico que para impugnar una multa de 50 euros o reclamar 100, generemos al Estado un gasto que exceda más de 10 veces el hipotético beneficio. Volviendo a los ejemplos, si en el ámbito doméstico nadie repararía un electrodoméstico cuando el coste de la reparación supera el de uno nuevo, ¿es lógico que tratándose de un servicio público actuemos de forma inversa? Y si es así, ¿hasta cuando puede aguantar este modelo que pagamos todos?

Y respecto del segundo extremo, España tiene una de las ratios de jueces/habitantes más bajas de la Unión Europea, pero se sitúa entre las que tienen mayor ratio de funcionarios de la Administración de Justicia. Los estudios sobre la Eficiencia de la Justicia del Consejo de Europa revelan que ocupamos el puesto 38 sobre 47 países, con una media de 10,28 jueces por cada 100.000 habitantes, frente a los 11 de Italia, 12 de Francia, 15 de Bélgica, 20 de Austria o 24,5 de Alemania.

Consciente de esta situación, el CGPJ creó distintos grupos de trabajo con los órganos de gobierno interno del Poder Judicial. Fruto de estos trabajos fue la elaboración de una serie de propuestas que se centraron en la búsqueda de fórmulas que permitiesen racionalizar la litigiosidad y adecuar la planta judicial a las necesidades de nuestro país, si bien dada la urgencia y ante la constatación de que la legislatura se agotaba, se optó en el informe del Consejo al anteproyecto de Ley de Medidas de agilización procesal civil y contencioso-administrativas por seleccionar y proponer aquellas que habían despertado mayor consenso en los grupos de trabajo, al tiempo que, considerando que los asuntos penales (el 71% del total) no debían quedar al margen de estas medidas de agilización, el Pleno expresó la conveniencia de extender el proyecto a este orden jurisdiccional.

Mucho se ha hablado en los últimos días sobre la actuación del Consejo General del Poder Judicial y sobre la bondad de las medidas propuestas. Ciertamente, el Consejo podía haber seguido en la actitud resignada y conformista que secularmente ha caracterizado al órgano de gobierno de los jueces y magistrados. Sin embargo, no podemos compartir un modelo de Consejo pasivo y sin iniciativas.

De entrada, el Poder Judicial no puede confundirse con su órgano de gobierno, que es un órgano político desde el momento en que hace política judicial. En segundo lugar, la razón que motivó la creación del CGPJ fue justamente la voluntad del constituyente de contar con un órgano encargado de salvaguardar la independencia de los Jueces frente a cualesquiera injerencias o presiones que pudieran sufrir en el ejercicio de la labor jurisdiccional, garantizar el respeto de los derechos fundamentales y en particular el derecho a la tutela judicial efectiva, y, por su íntima relación con ambas funciones, trabajar con los demás poderes y velar por la mejora de la calidad y el funcionamiento de la Administración de Justicia. Por último, la situación de la Justicia ha llegado a tal extremo que no puede esperar más la aprobación de medidas que nunca llegan.

En mi opinión, el CGPJ no podía ni puede permanecer callado ante los problemas que padece nuestra Administración de Justicia, máxime cuando tales problemas tienen solución. Seguir en silencio equivaldría a hacerse cómplices de un deterioro que, aunque afecta sin distinción a todos los sectores sociales, se ceba siempre y especialmente en los más desfavorecidos.

NO VALE continuar mirando hacia otra parte o trasladar la culpa a los otros. Existe una responsabilidad institucional y personal que hay que asumir. De ahí la decisión de coadyuvar impulsando medidas que puedan mejorar y agilizar el funcionamiento de los juzgados y tribunales, analizando soluciones y proponiendo alternativas.

Entre estas propuestas, ya conocidas por todos, se encuentran algunas que han despertado serias reticencias, como las relativas a la elevación de la cuantía del recurso de casación, la limitación del recurso de apelación en el juicio verbal civil, la introducción del principio del vencimiento en materia de costas procesales en el ámbito contencioso-administrativo o el secreto de actuaciones.

Tales propuestas no agotan todas las posibilidades, pueden ser o no compartidas y en todo caso están sujetas a la crítica, pero ni su rechazo debe comportar la paralización o abandono de las que suscitan consenso, ni ese rechazo por sí solo justifica la inacción ni anula la responsabilidad de gobernar, ni cabe admitir la mera crítica destructiva sin alternativa de ningún tipo (y no es alternativa el esperar a un tren que nunca llega o a un anteproyecto que nunca será aprobado o tardará años en ver la luz).

En suma, la idea que entiendo que ha de inspirar la actuación del CGPJ es que España no puede permitirse perder otra legislatura para conseguir una Justicia mejor y más eficaz, con un volumen de trabajo racional, una planta judicial suficiente y una estructura organizada y ágil al servicio de la función jurisdiccional. No se trata de asumir un papel protagonista ni invadir competencias ajenas, como tampoco de pretender que se resuelva en unos meses toda la problemática que ahoga a la Justicia, sino de interiorizar que la Justicia es una prioridad y que invertir en ella es hacerlo en el futuro de nuestro país y de sus ciudadanos.

Manuel Almenar Belenguer, vocal del Consejo General del Poder Judicial.

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