Reflexiones jurídicas de la declaración unilateral de independencia de Cataluña

El peculiar contexto político en el que se celebran las elecciones autonómicas del próximo 27 de septiembre al Parlamento de Cataluña, como consecuencia directa del planteamiento realizado por la candidatura que aboga por iniciar un proceso hacia la independencia, ha reavivado el debate jurídico a propósito de la viabilidad legal de tal posibilidad. Merece la pena, pues, detenerse a examinar el preciso marco jurídico en el que se debe insertar cualquier análisis a propósito de una hipotética declaración unilateral de independencia por parte de Cataluña; y merece la pena intentar hacerlo a través de lo que Pérez Royo, al tratar esta misma cuestión, denominaba un 'debate jurídico honesto'.

Precisamente por ello, antes de nada, conviene comenzar por poner de relieve dos cuestiones previas que condicionan el análisis. En primer lugar, este análisis jurídico está forzosamente revestido de una cierta dosis de indeterminación como consecuencia de que el escenario político objeto de estudio se fundamenta en una mera especulación de la que (obviamente) se desconocen sus contornos precisos y respecto de la que las posibles variables y futuribles son inciertas. Dicho análisis ha de basarse, en realidad, en una hipótesis de trabajo que, para anclar el estudio de alguna manera a un objeto mínimamente determinado, presume un eventual escenario de declaración unilateral de independencia por parte de Cataluña. Se prescinde, pues, a los efectos analíticos del improbable contexto en el que la separación de Cataluña del Estado español se basara en un acuerdo expreso entre las partes, ya que lógicamente el régimen jurídico resultante sería el pactado y no le sería de aplicación buena parte de las afirmaciones que a continuación se verterán. Se considera igualmente que el escenario en cuestión sólo afecta a Cataluña, ya que si fueran varias las Comunidades Autónomas españolas que se adentraran en un proceso de tal naturaleza algunas de las conclusiones también podrían exigir algún tipo de matización. Nos encontramos, así, ante el más complejo de los escenarios imaginables, a saber, el hipotético empleo de una declaración de independencia realizada de manera abrupta y unilateral al margen de la voluntad (política, constitucional y jurídica) del Estado del que se forma parte.

Y, en segundo lugar, no puede obviarse tampoco el hecho de que esta compleja y delicada temática es susceptible de ser tratada desde perspectivas muy diversas (política, económica, monetaria, sociológica, etc.), todas ellas a su vez con derivadas de diferente índole. No obstante, dentro de lo posible, este trabajo tratará de centrarse única y exclusivamente en los elementos de carácter jurídico. Pero, aun el análisis jurídico admite diversos enfoques, ya que se concatenan elementos de dispar naturaleza, tanto de Derecho interno como de Derecho Internacional. En este sentido, es igualmente intención de este trabajo circunscribirse fundamentalmente a las cuestiones de Derecho Internacional (III) y de Derecho de la Unión Europea (IV), si bien, como consecuencia del propio contenido material de las normas iusinternacionales en juego, resultará inevitable tener que realizar también algunas breves referencias previas de Derecho interno (II). Sobre esa base se concluirá con unas sucintas consideraciones finales (V).

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José Martín y Pérez de Nanclares, Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad de Salamanca. Actualmente es Jefe de la Asesoría Jurídica Internacional del MAEC.

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