Reformar la LOPJ: por qué esto y por qué ahora

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria ha decidido promover, junto con las asociaciones que se quieran sumar, una propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lo relativo al modo de designación de los vocales de origen judicial; son doce, designados desde 1985 en su totalidad, junto con los ocho que les atribuía el artículo 122 de la Constitución, por Congreso y Senado. Se pretende que sean elegidos por sufragio directo por jueces y magistrados.

Y lo ha hecho, por un lado, por ser algo que ha venido defendiendo desde siempre, en coherencia con el principio general de que en el gobierno de todo organismo o corporación intervienen sus miembros, que participan en la elección de sus órganos rectores. Por otro lado, ante la constatación de que el mercadeo de los políticos sume una y otra vez en el descrédito al Consejo General del Poder Judicial y, por extensión, a todo el Poder Judicial, encarnado por jueces y magistrados, como lo ha demostrado el reciente episodio del anuncio, sin rubor, de quién habría de presidir el CGPJ cuando el colegio electoral del mismo, los futuros consejeros, aún no había sido nombrado.

No vamos a echar culpas ni a lamentarnos más del funcionamiento del sistema, ese tiempo ya ha pasado, y los resultados son tan evidentes que no merece más la pena incidir en ello. Dicho sistema es perverso, y por ello, por bienintencionados que sean los políticos que intervienen en la designación, el resultado siempre será malo. Es mucho pedir a los políticos de partidos enfrentados, a menudo muy hostiles, que se sienten a votar a los futuros consejeros sin atender al cálculo de si entran más de los proclives a sus adversarios y menos de los proclives a sí mismos, y esa lógica conduce a la negociación, y ésta al mercadeo. A partir de ahí, la elección se centra en hacer valer el peso parlamentario en el resultado en el CGPJ, montando un auténtico mecano en el que cada uno coloca sus piezas o lo que considera que son sus piezas. Es decir, una ley perversa produce un efecto perverso.

Decía Kant que una sociedad poblada por demonios racionales se puede constituir en un estado angelical si sus leyes son de tal modo que el propio interés les conduzca, aunque no sea su primordial objetivo, a producir un bien común, si con él se satisface primordialmente dicho propio interés. Por ello, una buena ley -que nunca debe presumir, para conseguir su eficacia, la buena fe de sus destinatarios- puede producir un buen resultado, por encima de la actuación egoísta de aquellos a quienes está dirigida, al ser obedecida no por la buena voluntad de aquellos, que no siempre existe, sino por la mutua conveniencia.

No pretendemos que la propuesta que, modestamente, promovemos, sea perfecta, ni vaya a solucionar todos los problemas de la Justicia si sigue adelante, pero sí reducirá enormemente la exposición a la contaminación política que ahora sufre el CGPJ y, sobre todo, mejorará la mala imagen que tienen los ciudadanos debido a esas extrañas coyundas entre Justicia y Política, y que afecta a todos los jueces.

Tampoco ignoramos que siempre que hay un órgano de cierto contenido político, y el CGPJ lo tiene, puede haber cierta actividad política, y que de salir adelante esta propuesta puede haber también ciertos resultados viciosos, con pugnas entre asociaciones, y cierto intento de manejo político, pues seguirá habiendo ocho consejeros de origen político. Pero no es lo mismo que éste se quede en un nivel y contenido esencialmente administrativo, y centrado en los aspectos profesionales, que, como ocurre ahora, se mezcle con los grandes asuntos de política nacional. Es decir, el alcance y gravedad del problema se reducirá enormemente. Los Colegios de Abogados eligen a sus juntas de gobierno, y a veces hay problemas, e incluso se airean mediáticamente, pero no pasa de ahí la cosa.

Hay otro motivo que, ahora, nos lleva a promover esta iniciativa, y es que ha habido cambios en la situación jurídica, ante las diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que arrogan a éste la posibilidad de exigir la garantía de la tutela judicial, Art. 47 Carta de derechos Fundamentales, en cuanto consideran al juez como juez comunitario, STJUE 27-2-2018; o del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que han venido a invalidar actuaciones de organismos similares al CGPJ por haber tomado decisiones que afectaban a jueces y magistrados y no haber una mayoría de magistrados y jueces elegidos en los órganos decisorios, por ejemplo el asunto de las juezas portuguesas. Es decir, la Unión Europea considera fundamental garantizar la separación de poderes como modo de garantizar la tutela judicial efectiva, eliminando o reduciendo la intervención política en los órganos de gobierno de los jueces y, directa o indirectamente, en los jueces y tribunales. Ha sido contundente con Polonia, Recomendación de 26-7-2017, a la que ha obligado a echar marcha atrás una ley en la que había una intensísima intervención política. El Estado polaco defendía su sistema esgrimiendo, como legislación comparada, la española.

En cuanto a la propuesta concreta, sabemos que se ha presentado una enmienda por el PP, fruto sin duda del oportunismo, aunque bienvenida sea, pero es una copia de la ley de 1980, imposible de encajar tal cual en la LOPJ, que es como se ha dicho, posterior, de 1985, requiriendo además regularse otros aspectos. Estamos tratando de plantear un sistema que permita, respetando que se puedan hacer valer en la proporción debida las tendencias mayoritarias, dar cabida a las minoritarias, al mismo tiempo que permitiendo la irrupción en el CGPJ de quienes no están en asociaciones, siendo conscientes de que la mitad de la Carrera no está asociada. Es decir, se busca algo que permita una plasmación proporcional y no mayoritaria de todas las sensibilidades y tendencias. Al mismo tiempo, se precisa un sistema de avales factible, pues en 1980, con una Carrera mucho más pequeña, se exigía un 10% de avales, lo que hoy serían unos 550, prácticamente imposibles de conseguir para un juez aislado, y que supera el número de algunas asociaciones.

Es una propuesta por fuerza apresurada, y por ello susceptible de mejoras, sin dogmatismos, poniendo negro sobre blanco lo que queremos, y creemos que puede llegarse a una concreción común con las demás asociaciones, confiando en que ninguna dé un portazo a la iniciativa. Aunque lo esencial es que los partidos políticos, asumiendo que lo esencial para la prosperidad de un Estado es que funcionen sus instituciones, lleguen a la conclusión, como los demonios racionales de Kant, que es mejor para todos un buen funcionamiento del CGPJ, alejado lo más posible de tensiones partidistas, aunque en un momento concreto puedan perder tal o cual parcelita de poder, tal o cual influencia. Con ello, ganaría la Carrera, ganaría la Sociedad, y, aunque les cueste verlo, ganarían los propios partidos políticos.

Javier Albar García es magistrado y miembro del Comité Nacional de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria.

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