Religión en la LOE, una oportunidad perdida

Por Jorge Otaduy, profesor de la Universidad de Navarra. Miembro de la Comisión asesora de la Junta Jurídica de la Conferencia Episcopal Española. (ABC, 10/04/06):

EL pasado día 2, el cardenal Cañizares aún decía que esperaba un gesto del Gobierno que contribuyera a encauzar las relaciones con la Iglesia. La referencia encajaba en el trámite final de aprobación de la LOE y de las expectativas de mantenimiento de las enmiendas introducidas en el Senado sobre la enseñanza religiosa. Los guiños gubernamentales a la Iglesia, sin embargo, se habían agotado la semana anterior, con ocasión de la visita de la vicepresidenta a la embajada de piazza di Spagna, porque en la carrera de San Jerónimo queda poco margen para florituras diplomáticas. El revolcón de la LOE en el Congreso ha sido considerable y el desmantelamiento de las aportaciones del Senado, casi completo.

La solución que la enseñanza de la religión ha encontrado en la LOE, por decirlo de una vez, me parece decepcionante, aunque, como casi siempre, podría haber sido peor; hubiera bastado mantener la redacción del proyecto remitido por el Gobierno a las Cortes en el mes de julio. En ese texto, en efecto, el cumplimiento de la legalidad en materia de enseñanza religiosa se reducía a su expresión mínima. Liquidaba el problema de esta asignatura mediante la remisión genérica a los acuerdos celebrados con las confesiones religiosas. Era tanto como decir, por expresarlo llanamente, que el Gobierno se reservaba la interpretación de las cláusulas de tales convenios, con el riesgo de judicializar otra vez -no es tan lejano el precedente de los primeros años noventa- el desarrollo reglamentario de la ley.

El texto aprobado el 6 de abril mejora algo la redacción del proyecto, porque añade a la genérica declaración de ajuste a lo establecido en el Acuerdo con la Santa Sede -en el caso de la Iglesia católica- un segundo párrafo, en el que se garantiza la inclusión de la asignatura en el currículo y su oferta obligatoria en todos los centros. Supone la vuelta al texto que aprobó el Pleno del Congreso el pasado 15 de diciembre, en virtud de una enmienda transaccional entre PSOE y CiU. En su momento, aquello pretendió venderse como un éxito sin precedentes, cuando en realidad es la fórmula de la primera LOGSE.

Si se compara el texto citado con la enmienda original de CiU, es fácil advertir que quienes transigieron fueron los catalanes. La propuesta de Convergencia, en efecto, planteaba el modelo de asignatura única -Sociedad, Cultura y Religión- con dos opciones de desarrollo, confesional y no confesional, en igualdad de condiciones académicas. También el PNV, por cierto, presentó una enmienda en el Congreso defendiendo el carácter académico de la enseñanza religiosa, con referencia expresa a la condición de materia evaluable de la asignatura y a la necesidad de establecer una alternativa, igualmente académica, que evitara desequilibrios en las actividades escolares entre los estudiantes.

En el Senado se introdujeron cambios de entidad en el tema de la docencia religiosa, a través de las enmiendas del PP. Por una parte, se puso de relieve la conexión constitucional de la materia, mediante la referencia expresa a que el nuevo régimen se establece «a tenor del artículo 27.3 de la Constitución» -que reconoce el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones- y no como mero cumplimiento de ciertos compromisos con el Vaticano. Se estableció, seguidamente, la fórmula de la asignatura única con dos modalidades de desarrollo, confesional y no confesional, en condiciones académicas iguales a todos los efectos. Los votos del PP y dos estratégicas abstenciones nacionalistas fueron suficientes para que se aprobara la propuesta en Comisión y posteriormente en el Pleno del Senado. Nada quedó de todo ello, sin embargo, el día 6.

La redacción final, como he hecho notar, mejora el texto del Proyecto. La disposición adicional segunda se refiere ahora separadamente a la enseñanza religiosa católica y a la de las otras confesiones con Acuerdo, lo que resulta más acorde con la efectiva diversidad de régimen jurídico. También acierta la LOE al separar el régimen de la asignatura de Religión y el estatuto del profesorado de esa disciplina, que pasa a ocupar en solitario la disposición adicional tercera. Con todo, sería ingenuo detenerse ahora a cantar las bondades de la nueva fórmula de enseñanza de la religión. La aparente mejora introducida en el Congreso en la primera vuelta, que a la postre ha resultado definitiva, podría no responder a una disposición de apertura por parte del legislador, sino, más bien, a la fijación estratégica de los límites del desarrollo reglamentario. La recepción de los contenidos del Acuerdo con la Santa Sede resulta, en efecto, tan parcial y selectiva que se produce el curioso fenómeno de que la atención se dirige no tanto a lo que está sino a lo que falta: no hay rastro de la consideración de la asignatura como equiparada a las fundamentales, ni del mandato de que el hecho de recibir o no la enseñanza religiosa no genere diferentes cargas escolares entre los estudiantes. Todo apunta, desgraciadamente, a que esta última lectura refleja mejor la actitud del Partido Socialista. Si hubiera deseado reconocer en la ley el contenido del Acuerdo con la Santa Sede podría, sencillamente, haber apoyado el texto que venía del Senado, y habría contado con el respaldo abrumador de la Cámara.

El Partido Socialista ha dejado pasar esta gran oportunidad de zanjar la cuestión de la enseñanza religiosa. La clave quizá haya que encontrarla en la referencia política republicana, llamada a convertirse, según parece, en la estrella polar de nuestra próxima vida colectiva. En ese horizonte, el pacto educativo tiene que esperar.