Sefarad reabre sus puertas

El pasado 7 de febrero, el Consejo de Ministros acordó la tramitación parlamentaria de un anteproyecto de ley que reforma el artículo 23 del Código Civil para conceder la nacionalidad española a quienes acrediten ser descendientes de los judeo españoles expulsados en 1492 y una especial vinculación con nuestro país, aun cuando no tengan residencia legal en España, cualquiera que sea su ideología, religión o creencias, todo ello sin necesidad de renunciar a su nacionalidad anterior.

522 años después, España podría sellar la definitiva reconciliación con nuestros hermanos sefardíes, españoles sin patria cuyos antepasados fueron injustamente perseguidos y desterrados. España no solo está obligada a reparar uno de los errores históricos más importantes, sino que debe reabrir sus puertas y animar a los sefardíes a que vuelvan para que ayuden a reconstruir un país en crisis.

El Gobierno debe explicar los argumentos históricos. Entre los muchos episodios de persecución previos a la expulsión, destacan las matanzas en 1391 de judíos en Barcelona, Lérida, Valencia, Mallorca o Sevilla. Los «Estatutos de Limpieza de Sangre» de 1449, que excluyeron a judíos conversos de los puestos de responsabilidad de Toledo. Los acuerdos de las Cortes de Toledo de 1480, que sancionaron la prohibición de convivencia entre judíos y cristianos, la asignación de barrios separados o aljamas y la obligación de tributar bajo un régimen fiscal más gravoso. El «Edicto de Gracia» de 1481, al que se tuvieron que acoger 20.000 judíos conversos en Castilla para escapar de los tribunales de la Inquisición. La expulsión de los judíos de Andalucía en 1485. Las medidas represivas adoptadas por Vitoria contra los judíos de su aljama en 1486 o la implantación en todo el reino de los Estatutos de Limpieza de Sangre en 1490.

Tras la toma de Granada, los Reyes Católicos decidieron culminar la reconquista imponiendo la uniformidad religiosa en el Reino. Para ello, encargaron la redacción de un edicto de expulsión de los judíos al inquisidor general Tomás de Torquemada. El llamado decreto de la Alhambra de 31 de marzo de 1492 extendió a todo el pueblo judío la comisión por algunos de dos graves delitos: la usura y la herética pravedad (que acusaba a los judíos de incitar a los conversos a volver a las prácticas de su antigua religión). Se otorgó un plazo de cuatro meses, ampliado hasta el 10 de agosto de 1492, para que los judíos optaran entre el bautismo o el exilio, bajo pena de muerte y confiscación de sus bienes.

Durante ese tiempo se permitió a los judíos a liquidar su negocios y vender sus bienes, aunque sin poder llevarse el producto de la venta en oro y plata. Solo una minoría de judíos aceptó la conversión. La mayoría, unos 180.000 sefardíes, se vieron abocados al exilio, tras un siglo de durísimas persecuciones, terminando en Portugal (de donde fueron expulsados en 1497), Navarra (expulsados en 1498), Flandes, Francia, Italia, Marruecos, Turquía o América.

Pese al tiempo transcurrido, los hijos de Sefarad han mantenido especiales vínculos con España, al conservar intacta su cultura, sus costumbres y la lengua –el ladino, la haketía–. Por ello, España ha desarrollado una corriente de opinión favorable y acercamiento a los sefardíes que proviene de los tiempos de Isabel II, cuando los judíos obtuvieron licencias para cementerios propios. Los impulsos de Mateo Sagasta en 1886 y del senador Pulido en 1900 resultaron en la apertura de sinagogas en España, la fundación de la Alianza Hispano-Hebrea en Madrid (1910) o la constitución de la Casa Universal de los Sefardíes (1920). Luego, el Real Decreto de 21 de diciembre de 1924 permitiría la naturalización de unos 3.000 sefardíes, sirviendo durante la Segunda Guerra Mundial como instrumento para salvar a muchos judíos de la cámara de gas, gracias a la labor humanitaria que realizaron diplomáticos españoles en Budapest, Atenas, Sofía, Bucarest, Lisboa, París o Burdeos. El 1 de octubre de 1987 se producía la primera visita de un Rey español a una sinagoga, la del templo sefardí Tifereth Israel de Los Angeles, California. En 1990, la memoria y fidelidad de los sefardíes les hizo merecedores del Premio Príncipe de Asturias de la Concordia. Y el 31 de marzo de 1992 tenía lugar la definitiva reconciliación con los sefardíes en España, en un acto celebrado en la Sinagoga de Madrid al que asistieron los Reyes de España, el Presidente de Israel y otras autoridades judías.

En la actualidad, los sefardíes pueden adquirir la nacionalidad española por dos vías: después de llevar dos años residiendo legalmente en España (artículo 22, del Código Civil) o por carta de naturaleza (artículo 21), aunque en este último caso queda al arbitrio del Gobierno al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros en el que se valoran las excepcionales circunstancias de su vinculación con España.

Respecto a la nueva Ley, las Cortes deben resolver dos preocupantes cuestiones. Primera, el malestar por la lentitud en el proceso. Gallardón anunció el 22 de noviembre de 2012 que la condición de sefardí garantizaría el derecho a la ciudadanía española; un año y cuatro meses después solo existe un anteproyecto. Y la cuestión clave, que pasa por la rigurosidad en las formas de autentificar la condición de sefardí para evitar el fraude. En este sentido, sería aconsejable que el certificado de la autoridad rabínica competente reconocida en el país de residencia habitual del solicitante despliegue efectos probatorios solo si se acompaña del visto bueno de la Federación de Comunidades Judías de España.

La nueva ley debe tenerlo en cuenta para que Sefarad (España en lengua hebrea) vuelva a ser la madre patria de los sefardíes, que no la «madastra» o «la de la Inquisición». Debemos facilitar un retorno que además de generar riqueza, supondrá importantes aportaciones a la literatura o al Derecho y hará que España obtenga más Premios Nobel en Ciencias.

Luis Portero, abogado.

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