Ser ambiciosos y predicar con el ejemplo

La reciente renuncia de Chile (por su convulsa situación política actual) a ser la sede oficial de la COP25, esto es, la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), ha situado a nuestro país en el epicentro mundial en materia de lucha contra el cambio climático.

Una oportunidad que no podemos desaprovechar. Para ello, debemos ser ambiciosos y predicar con el ejemplo.

Más allá de ser unos buenos anfitriones (está más que demostrada la capacidad de Madrid para acoger cualquier convención de ámbito internacional), y de la declaración por el Consejo de Ministros del evento como un “acontecimiento de excepcional interés público”, se trata de poner el acento en la posición privilegiada de nuestro país en esta materia, debido a diversas causas, algunas exógenas y otras que debemos impulsar si queremos ser vanguardia en este tema.

Hablar de lucha contra el cambio climático es hablar, en esencia, de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) por un lado, y de fomento decidido de las energías limpias o renovables, por otro. Y en ambos casos la seguridad jurídica y los marcos normativos estables son fundamentales.

En los últimos lustros el sector energético español ha sufrido un aluvión de cambios normativos que, lamentablemente, no ha sido producto de un pacto energético —una y otra vez demandado por los especialistas y que los partidos dicen querer alcanzar— sino que ha venido motivado por el deseo de paliar el “déficit de tarifa” (que tanto lastra nuestra productividad, más incluso que los costes laborales). Como consecuencia de todo ello, hemos sufrido una situación de riesgo regulatorio e inseguridad jurídica en un sector tan estratégico en la economía de cualquier país desarrollado como es el energético. Además, y producto de la paradoja regulatoria que rige en estos tiempos de globalización, donde las transacciones comerciales y financieras se suceden continuamente a través de las fronteras nacionales, pero su regulación sigue efectuándose en compartimentos jurídicos estancos y a distintos niveles (internacional, regional y nacional) hemos padecido también lo que parte de la doctrina denomina “poliarquía normativa”. Así, distintos sistemas normativos, desarrollados entorno a diferentes premisas y que se rigen por principios y normas distintas, se han estado aplicando a un mismo sector, el energético.

Estos efectos perniciosos se han comenzado a revertir en nuestro país en los últimos meses, con decisiones regulatorias importantes como el Decreto de Autoconsumo (Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica) y el anunciado Real Decreto Ley para fijar la tasa de retribución en el periodo 2020-2025 a las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos, con el que se garantizará el pago vía costes regulados en la factura de la luz de alrededor de 7.000 millones de euros al año en primas estatales.

Con estos dos Reales Decretos se cumplirán tres funciones fundamentales: dar seguridad jurídica (de hecho, la actual normativa se presta a diferentes interpretaciones sobre cuál será la tasa de retribución financiera en los próximos seis años), otorgarán instrumentos jurídicos realmente útiles para paliar el déficit de tarifa y conseguir que en España se pueda desarrollar lo que algunos denominan la “industria del sol” (producir un megavatio de fotovoltaica en España cuesta unos 30 euros, un 40% por debajo del precio del mercado —en Francia y Alemania 40 euros y en Reino Unido 60—) y sobre todo posicionarán a nuestro país como un anfitrión de la COP25 que está haciendo los deberes, y que por tanto está en condiciones de poder predicar con el ejemplo.

Pero no debemos quedarnos ahí, en la autocomplacencia de saber que a nivel estatal se están dando los pasos precisos, sino que deberíamos ser algo más ambiciosos y exigir, como país anfitrión, que en la COP25 de Madrid se aprueben regulaciones efectivas y vinculantes para todos los Estados, en la línea de evitar la temida poliarquía normativa.

El camino es claro: el nuevo Derecho Administrativo Global ofrece algunos instrumentos que podrían aplicarse a este sector a modo de “lex mercatoria”. Los instrumentos jurídicos están ahí, ahora falta que el compromiso político de los Estados también aparezca y se materialice en decisiones realmente efectivas y vinculantes. Esperemos que así sea.

Pilar Navarro es socia de sectores regulados en Cremades & Calvo-Sotelo y profesora doctora de Derecho Administrativo en UNIR.

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